Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2009 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Ucacha, y/o a quien resulte responsable legal del mismo, una multa de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS $
2.900,00 , por incumplimiento a los emplazamientos formulados por esta Repartición para regularizar la descarga de sus efluentes líquidos conforme al Decreto nº 415/99 y su modificatorio nº 2711/01. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0
días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial.- EMPLAZAR al citado Establecimiento para que en el perentorio término de DIEZ 10 días, contados a partir de la fecha de su notificación, presente ante esta Subsecretaría toda la documentación requerida oportunamente, a fin de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales, bajo apercibimiento de aplicar mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º de la Ley nº 5589 y de ordenar el cese definitivo del vertido en forma inmediata.- NOTIFICAR a la MUNICIPALIDAD DE
UCACHA que a los efectos de la HABILITACION del citado Establecimiento, deberá tener en cuenta que el mismo NO HA CUMPLIMENTADO con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estas actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente.RESOLUCION Nº 101 - 4/3/09 - Expediente nº 0416055509/09 - APROBAR el Proyecto relativo a la ejecución de la obra: DESAGE CALLE BUENOS
AIRES - INFRAESTRUCTURA VIAL Y SISTEMATIZACIÓN - CIUDAD DE PILAR - DEPARTAMENTO RIO
SEGUNDO, obrante en estas actuaciones y AUTORIZAR la ejecución de la misma a la MUNICIPALIDAD DE PILAR.- La MUNICIPALIDAD deberá comunicar a esta Subsecretaría la fecha de inicio y finalización de las obras, elevando Planos conforme a obra.- La citada MUNICIPALIDAD será responsable por cualquier daño que se produzca a terceros y/o bienes de los mismos con motivo de la ejecución de la obra, como así también de efectuar el Aviso de Proyecto para ser presentado ante la SECRETARIA DE AMBIENTE, si correspondiere.RESOLUCION Nº 104 - 06/03/09 - expediente nº 0416052382/08 - RECHAZAR la solicitud de pago de horas extras efectuada por los agentes Claudia LOPEZ,Marcelo SOFFRIANTINO, Patricia CABALLERO
y Cristina DEL LLANO, atento las razones antes expresadas.
RESOLUCION Nº 105 - 06/03/09 - expediente nº 0416041792/05 - RECHAZAR -momentáneamente-, el reagrupamiento solicitado por el agente JORGE
RICARDO MORETA, DNI 8.645.693, sin perjuicio de tener a consideración la prioridad del agente para una futura solicitud y vacante.
RESOLUCION Nº 106 - 10/03/09 - Expediente Nº 0416052169/08 - CONCEDER A LA MUNICIPALIDAD DE
VILLA DOLORES, a través de su responsable legal, Señor Intendente Municipal, el CERTIFICADO DE
FACTIBILIDAD DE DESCARGA, de efluentes cloacales adecuadamente tratados en planta depuradora al Río De Los Sauces. El presente Certificado de Factibilidad no significa autorización de descarga de efluentes cloacales al cuerpo receptor previsto, razón por la cual la Municipalidad de Villa Dolores deberá solicitar a ésta Repartición la correspondiente autorización de vertido, como requisito previo a la puesta en marcha de la planta de tratamiento, para lo cual deberá dar cumplimiento a la presentación de la documentación que se exige sobre el particular de acuerdo a lo establecido en el Decreto 415/99 y su modificatorio 2711/01. La calidad de los efluentes cloacales a evacuar al cuerpo receptor deberán satisfacer en todo momento las condiciones de volcamientos fijadas por las Normas para la protección
BOLETÍN OFICIAL
de los Recursos Hídricos Superficiales y Subterráneos de la Provincia de Córdoba Decreto 415/99 y modificatorio debiendo contar con cámara de aforo y toma de muestra. Esta Repartición no se hace responsable de los daños y perjuicios que la disposición de efluentes cloacales genere a terceros, bienes o cosas, los cuales serán de exclusiva cuenta de la Municipalidad de Villa Dolores y no tendrán derecho a reclamo alguno ante este organismo. Queda bajo responsabilidad del proponente la ejecución de las obras adecuadas para el correcto drenaje natural de las aguas pluviales dentro del predio en el que se construya la planta de tratamiento, recomendándose la planificación detallada de éstas a los efectos de no alterar el escurrimiento natural de las aguas superficiales. La Municipalidad de Villa Dolores deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones de la Ley Provincial del Ambiente n7343/85 y sus Decretos Reglamentarios. Los criterios puestos de manifiesto no invalidan otras exigencias de los restantes Organismos Oficiales de la Provincia, que por otras consideraciones ambientales pudieran objetar el desarrollo del citado emprendimiento. Que dicho Certificado de Factibilidad NO IMPLICA AUTORIZACIÓN DE DESCARGA de los efluentes cloacales al cuerpo receptor previsto, motivo por el cual, la Municipalidad de referencia, deberá gestionar la correspondiente autorización de vertido con arreglo a los preceptos del Decreto 415/99 y su modificatorio 2.711/01.
RESOLUCION Nº 113 - 17/03/09 - APROBAR la elección de la Comisión Directiva del Consorcio de Riego del Dique Cruz del Eje - Departamento Cruz del Eje, la que se encuentra integrada de la siguiente manera: Presidente ROBERTO VICTORIO DELLAFIORE, Vicepresidente MIGUEL ESTEBAN GARAY
Secretario FERNANDO ARTURO JUÁREZ, Tesorero MARIO ANTONIO RIZZO, Vocal 1º ANGEL LUIS
ACOSTA, Vocal 2º MIGUEL LEIVA, Vocal 3º MIGUEL
ANGEL GARCIA, C.I. Nº 529700024433608.
RESOLUCION Nº 114 - 17/03/09 - AUTORIZAR a la Empresa ECOGAS DISTRIBUIDORA DE GAS DEL
CENTRO, a través de AGASCOR S.R.L. - EMPRESA
CONSTRUCTORA DE REDES, para realizar el cruce de curso de agua debajo del Arroyo Huerta Grande, ubicado en cruce perpendicular a Av. San Martín - Huerta Grande - Provincia de Córdoba, para la Obra: Provisión de Gas Natural a DC Nº 01054/001 - Huerta Grande - Provincia de Córdoba, conforme a la documentación técnica obrante en estas actuaciones y bajo las siguientes condiciones: A La obra propuesta no interrumpirá el escurrimiento natural de las aguas.- B Las obras se construirán de acuerdo con los planos y especificaciones del proyecto respectivo. C Los trabajos se realizarán a exclusiva cuenta y cargo de la recurrente, quedando esta Repartición liberada de toda responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados a terceros Y/o a esta Subsecretaría. D Se deberá efectuar el Aviso de Proyecto para ser presentado ante la Secretaría de Ambiente, si así correspondiere. ESTABLECER que la recurrente será la única responsable por los daños y/o perjuicios que pudieren ocasionarse a terceros y/o instalaciones existentes, con motivo de la ejecución de la obra de referencia y posterior a la misma, liberándose a esta Repartición de cualquier responsabilidad. La citada Empresa deberá notificar a la SUBSECRETARIA, con una semana de anticipación, la fecha de inicio de los trabajos y de finalización de los mismos como así también elevar copia de los Planos conforme a Obra.
Nota Nº 01433002436108.
RESOLUCION Nº 115 - 17/03/09 - expediente nº 0416055315/09 - DECLARAR la extinción de la autorización precaria otorgada por Resolución nº 00109/88 y declarar extinguidos de pleno derecho los poderes y facultades de la prestadora particular autorizada COOPERATIVA
DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS, CONSUMO Y
VIVIENDA NORCOR LTDA, en relación con la operación del servicio de provisión de agua potable a Bº Marcelo T.
de Alvear de la ciudad de Córdoba. INCORPORAR el área territorial de Bº Marcelo T. de Alvear al sector del
CÓRDOBA, 22 de junio de 2009
radio servido por la Concesionaria Aguas Cordobesas S.A. con los alcances y condiciones previstos en el contrato de concesión vigente, poniendo a disposición de la misma el servicio en la fecha en que se firme el Acta de Transferencia correspondiente. Oportunamente se firmará dicha Acta de Transferencia, en la que se fijarán las condiciones de la transferencia, a partir de la cual la Cooperativa de Obras, Servicios Públicos, Consumo y Vivienda NORCOR LTDA. queda desvinculada del servicio y la Concesionaria AGUA CORDOBESAS.A.
asume todas las responsabilidades y derechos para esa zona concedida, en un todo de acuerdo al Contrato de Concesión del Servicio de Provisión de Agua Potable a la ciudad de Córdoba. AUTORIZAR a la Empresa AGUAS
CORDOBESAS S.A. a facturar con el coeficiente Zonal 2
Z a partir de la fecha de efectiva prestación del servicio al Barrio de referencia.
RESOLUCION Nº 117 - 17/03/09 - Expediente nº 0416039184/04 - APROBAR el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra SISTEMATIZACION
CUENCA DE APORTE HUANCHILLA - PACHECO DE
MELO - ETAPA I - DPTO. JUAREZ CELMAN, cuya contratista es el CONSORCIO CANALERO ARROYO
ALGODÓN, obrante a fs. 126 de autos, suscrita con fecha 14 de octubre de 2008 por el Sr. Carlos Noetinger en representación de la contratista y por el Sr. Pedro Gamulín en representación de esta Repartición.
AUTORIZAR la devolución de los Fondos de Reparo en los términos del Art. 57º de la Ley nº 8614.RESOLUCIÓN Nº 118 - 17/03/09 - expediente nº 0416048647/07 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución N 559.766, emitida por ALBACAUCION COMPAÑÍA
ARGENTINA DE SEGUROS S.A., por la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL CINCUENTA Y TRES $
52.053,00, con vigencia a partir del día 29 de Diciembre de 2008, en Garantía de Anticipo Financiero de la obra ALIMENTACIÓN LAGUNA LA HELVECIA, que ha sido presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO
ACUEDUCTO CENTRO LTDA.
RESOLUCIÓN Nº 119 - 17/03/09 - expediente nº 0416054360/08 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución N 559.409, emitida por ALBACAUCION COMPAÑÍA
ARGENTINA DE SEGUROS S.A., por la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVENTA Y DOS $ 110.092,00, con vigencia a partir del día 22 de Diciembre de 2008, en Garantía de Anticipo Financiero de la obra PROVISION
DE AGUA POTABLE Y PERFORACIÓN A BARRIO 1º DE
JULIO - DPTO. CAPITAL, que ha sido presentado por la Empresa EMELEC S.R.L.RESOLUCIÓN Nº 120 - 17/03/09 - expediente nº 0416048692/07 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución en Garantía de sustitución de Fondos de Reparo nº 722.960, emitida por ASEGURADORES DE
CAUCIONES S.A. CÍA DE SEGUROS, por la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y
OCHO $ 11.438,00, con vigencia a partir del día 02 de febrero de 2009, como medio para sustituir las retenciones en tal concepto correspondientes al Certificado nº 9 de la obra: OBRAS DE EMERGENCIA
COMPLEMENTARIAS - COMPLETAMIENTO CONTROL
DE CARCAVA ARROYO LAS LAJAS - DPTO. RÍO
CUARTO, que ha sido presentado por la Empresa MARINELLI S.A.RESOLUCIÓN Nº 121 - 17/03/09 - expediente nº 0416052602/08 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución N 718.918, emitida por ASEGURADORES DE
CAUCIONES S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y TRES CON CINCUENTA
CENTAVOS $ 145.543,50, con vigencia a partir del día 19 de Diciembre de 2008, en Garantía de Anticipo Financiero de la obra PROVISION DE AGUA POTABLE
A PIEDRAS COLORADAS, CHURQUI CAÑADA, EL
RODEO, PARAJE BENEGAS, LA ESPERANZA Y EL
BAÑADO, que ha sido presentado por la Empresa ARC
S.R.L.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2009 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/06/2009

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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