Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/06/2009 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 3 de junio de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXXIII - Nº 102
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 3 DE JUNIO DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
Secretaría General de la Gobernación
Ministerio de Gobierno
Plan Provincial de Manejo del Fuego
Resolución Nº 117

Otorgan subsidio no reintegrable a favor de las Asociaciones y/o Sociedades de Bomberos Voluntarios.

Resolución Nº 354
Córdoba, 27 de Mayo de 2009
VISTO: El expediente Nº 0165-081638/2009 del Registro de la Dirección General de Administración, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
Que el señor Ministro de Gobierno, Carlos Caserio, remite el trámite destinado al otorgamiento de subsidios para la totalidad de las Instituciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia, tanto las comprendidas en la zona de riesgo como en la zona de llano, en el marco del Programa Córdoba Alerta 2009 Incendios Forestales de la Dirección del Plan Provincial de Manejo del Fuego dependiente ese Ministerio.
Que el mencionado Programa se extenderá desde el mes de mayo a diciembre del corriente año, comprendiendo las actividades de prevención, ataque inicial, coordinación y logística en toda el área de injerencia del Plan Provincial de Manejo del Fuego y los fondos se destinarán a los gastos operacionales de los cuarteles de bomberos voluntarios de la zona de riesgo y zona del llano.
Que el artículo 32 inciso 22 del Decreto N 2174/
2007, ratificado por Ley N 9454 faculta a la Secretaría General de la Gobernación para entender en la aplicación del Título V de la Ley N 8751, o la disposición que en el futuro lo reemplace.
Que el mencionado Título V de la Ley N 8751, modificado por Ley N 9576, regula todo lo atinente al Fondo para la Prevención y Lucha contra el Fuego, el que debe ser utilizado a los fines de solventar los programas y acciones, en especial de difusión, educación
y prevención, tendientes a cumplir los objetivos prescriptos por la Ley N 8751, para la adquisición de aviones hidrantes y todo equipamiento necesario para la lucha contra el fuego y para la prevención o atención de fenómenos, siniestros y catástrofes provocados por causas naturales o humanas, incluida la prevención y gestión de riesgos en seguridad vial en las rutas de la Provincia de Córdoba.
Que el artículo 6 de la Ley N 9191 establece que las Jurisdicciones a las que en virtud de Leyes Especiales o Ley de Presupuesto General se les haya otorgado el carácter de Autoridad de Aplicación, o la Facultad de Administración de Cuentas Especiales o Recursos Afectados, podrán realizar transferencias, otorgar subsidios y autorizar o adjudicar adquisiciones de bienes y servicios, cualquiera sea su monto, siempre que las erogaciones se correspondan con la naturaleza del Recurso Especial o Afectado de que se trate.
Que las Asociaciones y/o Sociedades de Bomberos Voluntarias, detalladas en el Anexo I, que compuesto de seis 6 fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución, ostentan el carácter de Persona Jurídica, otorgada por las Resoluciones y/o Decretos allí indicados.
Que la ayuda económica consiste en el aporte total de la suma de Pesos Siete Millones Cuatrocientos Veinticuatro Mil $ 7.424.000, monto que será distribuido en ocho cuotas mensuales, pagaderas el día quince del mes siguiente del período comprendido entre los meses de mayo a diciembre de 2009 inclusive, conforme el detalle obrante en el Anexo I, que compuesto de seis 6 fojas útiles forma parte integrante del presente instrumento legal.
Que dichos fondos serán solventados con los recursos provenientes del Fondo para la Prevención y Lucha contra el Fuego, creado mediante Ley N 8751.
Que el señor Presidente de cada una de las Asociaciones y/o Sociedades de Bomberos cuyos datos personales y domicilio se encuentran detallados en el Anexo II, que compuesto de cinco 5 fojas útiles forma CONTINÚA EN PÁGINAS 2 A 4

de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo el Nro. 219/09;

Córdoba, 29 de mayo de 2009
VISTO: el Expediente Nº 0423033166/09 en el que se tramita la autorización para efectuar la Licitación Pública, convocada por la Dirección de Jurisdicción de Administración de éste Ministerio de Gobierno, a fin de contratar la adquisición de cien 100 Vehículos para patrulleros 0 Km. Tipo Sedan tricuerpo 4 puertas con baúl, con destino a la Policía Caminera de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que se incorpora en autos la solicitud formulada por la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, fundamentando dicha contratación.
Que el señor Asesor de éste Ministerio de Gobierno otorga Visto Bueno para la mencionada adquisición.
Que se incorpora los Pliegos de Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas.
Que se adjunta Documento de Afectación Preventiva N 1069/09, por el monto de Pesos Cinco Millones Doscientos Mil $5.200.000,00 importe en que se estima ascenderá la presente contratación.
Que la presente convocatoria a Licitación Pública, deberá ser publicada en el Boletín Oficial durante cinco 5 días de conformidad a las previsiones del Art.
19 de la Ley Normativa de Ejecución de Presupuesto N 5901, T.O. Ley 6.300.
Por ello, lo dispuesto por el artículo 13
inc. b de la Ley de Ejecución de Presupuesto N 5901 T.O. por Ley 6.300, y sobre la base de la actualización del Valor Índice Uno 01 que fija la Ley N
9441 y lo dictaminado por la Dirección
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE :
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE el llamado a Licitación Pública, a fin de contratar la adquisición de cien 100 Vehículos para patrulleros 0 Km. Tipo Sedan tricuerpo 4 puertas con baúl, con destino a la Policía Caminera de la Provincia.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Gobierno a fijar fecha y hora del presente llamado.
ARTÍCULO 3º.- AUTORÍZASE a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Gobierno a afectar a la presente Licitación hasta la suma de Pesos Cinco Millones Doscientos Mil $5.200.000,00 conforme Documento de Afectación Preventiva Nº 1069/09.
ARTÍCULO 4º.- La presente Licitación se realizará de acuerdo a las normas legales vigentes y a los Pliegos de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas que se acompañan como Anexo I 18 folios, Anexo II 3 folios y Anexo III 1 folio, respectivamente. Las publicaciones en el Boletín Oficial se efectuarán durante cinco 5 días, conforme lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Normativa de Ejecución de Presupuesto.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Gobierno, Publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/06/2009 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/06/2009

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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