Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/01/2009 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 7 de enero de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXVIII - Nº 3
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 7 DE ENERO DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

Modifican la Resolución Normativa Nº 1/2007 y modificatorias Publicada en el Boletín Oficial el 15 de agosto de 2007.

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN NORMATIVA N 30

pagina WEB del Gobierno de la Provincia de Córdoba www.cba.gov.ar, apartado Dirección General de Rentas.
Las respectivas Actualizaciones de Tablas Paramétricas serán obligatorias previamente a toda presentación y/o pago que realicen los contribuyentes según lo establece el Anexo XXI de la presente Resolución.

Córdoba, 23 de Diciembre de 2008
VISTO: La Ley Impositiva N 9577 vigente para el año 2009, B.O. 22-12-2008 y la Resolución Normativa N 1/2007 y modificatorias B.O. 15-08-2007, Y CONSIDERANDO:

En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, se considerarán no válidas dichas presentaciones y/o pagos.
II.- SUSTITUIR las Secciones F, G y K del ANEXO XV CÓDIGO ÚNICO DE ACTIVIDADES
DEL CONVENIO MULTILATERAL CUACM - EQUIVALENCIAS Y OBSERVACIONES ART.
288º Y 289º R.N. 1/2007, por el siguiente:

QUE por medio de la Ley N 9577 se efectúan modificaciones e incorporaciones de códigos, descripciones y alícuotas para la actividades mencionadas en su Artículo 17 en relación a las vigentes para el año 2008, como así también en su Artículo 22 establece los montos mínimos a tributar por parte de los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
QUE en virtud del inicio de año calendario, los cambios expuestos precedentemente y los vencimientos para el 2009, es preciso exigir la actualización de Tablas Paramétricas contenidas en la Versión 6 release 2.0 y en la Versión 7 del Aplicativo de contribuyentes APIB.CBA, estableciéndolo en el Artículo 2751 y en el Anexo XXI de la Resolución Normativa N 1/2007.
QUE resulta necesario actualizar los Anexos XIV, XV, XVI, XVIII, XIX, XXI y LIV de la Resolución Normativa N 1/2007 y modificatorias.
POR ELLO, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 18 del Código Tributario Provincial vigente, Ley Nº 6006 - T.O. 2004 y modificatorias, y el Artículo 14 de la Ley Nº 9505, EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- MODIFICAR la Resolución Normativa N 1/2007 y modificatorias, publicada en el Boletín Oficial de fecha 15-08-07, de la siguiente manera:
I.- SUSTITUIR el Artículo 2751 por el siguiente:
ACTUALIZACIÓN DE TABLAS PARAMÉTRICAS
ARTÍCULO 2751.- ESTABLECER que los Contribuyentes Locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que deban utilizar el software domiciliario APIB.CBA conforme los Artículos 275 y 276 de la presente Resolución, deberán efectuar la Actualización de Tablas Paramétricas contenidas en la Versión 6 release 2.0 y en la Versión 7 del Sistema APIB.CBA conforme el instructivo aprobado por la Resolución General N 1553/2007 de esta Dirección, el cual está publicado en la
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/01/2009 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha07/01/2009

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4153

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/06/2024

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