Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 28/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 072 xoves, 28 de marzo de 2019

BOP de Lugo
Anuncio Expediente: A/27/26181
De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico aprobado por Real decreto 849/1986 de 11 de abril B.O.E. del día 30, se hace público, para general conocimiento, que por resolución de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., de fecha 27/12/2018
y como resultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada a Granxa Fontao, S.C., la oportuna concesión para aprovechamiento 0,131 l/s de agua procedente de la fuente "Fonte das Lágrimas", en el lugar de Ribas de Miño, parroquia de Ribas de Miño Santiago, término municipal de O Páramo Lugo, con destino a usos ganaderos.
Lugo, 14 de marzo de 2019.- EL JEFE DE SERVICIO, José Manuel Blanco López.
R. 0841

ADMINISTRACIÓN DE XUSTIZA
XULGADO DO SOCIAL N.º 3 LUGO
Anuncio DOÑA MARÍA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ CARBALLO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 3 de LUGO, HAGO SABER:

Dispongo: Se tiene por ampliada la presente ejecución por importe de 600,00 EUROS en concepto de costas fijadas por resolución firme dictada en fecha 30-11-2018 en los autos nº 927/2015 de los que deriva la presente pieza de ejecución.
En caso de ser abonada a través de esta Oficina Judicial, deberá ser ingresada en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad BANCO SANTANDER bajo el nº 2324/0000/64/0162/17.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado , prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 abierta en BANCO SANTANDER, cuenta nº 2324/0000/30/0162/17 debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30 SocialReposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 SocialReposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EMP. HORUS, C.B., DON FERNANDO TRIGO MÉNDEZ
y DOÑA MARÍA DEL CORAL FERNÁNDEZ ARIAS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de LUGO.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
LUGO, quince de marzo de dos mil diecinueve.- LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
R. 0842

Anuncio publicado en: Num BOP 72 año 2019 28/03/2019 07:41:38
08:00:00

Que en el procedimiento de EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 162/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA SHEILA CABANA MONTES contra la EMP. HORUS, C.B., DON FERNANDO TRIGO
MÉNDEZ y DOÑA MARÍA DEL CORAL FERNÁNDEZ ARIAS, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, se ha dictado AUTO de fecha 15-03-2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 28/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

PaísEspaña

Fecha28/03/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones3289

Primera edición01/03/2013

Ultima edición29/04/2024

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