Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 13/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 60 mércores, 13 de marzo de 2019

BOP de Lugo
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
R. 0679

Anuncio D/D MANUEL J. MARÍN MADRAZO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de SALAMANCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 895/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. RUBEN SANCHEZ MANSO contra GECONSA CB, LUCIA TEJEDO MUIÑA sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/D. MANUEL J.
MARÍN MADRAZO
En SALAMANCA, a veintiuno de febrero de dos mil diecinueve.

Asimismo cítese en legal forma a la demandada D LUCIA TEJEDO MUIÑA mediante exhorto y ad cautelam por medio de edictos que se enviarán al Boletín Oficial de la Provincia de Lugo. Líbrese exhorto al Juzgado de Paz de AS NOGAIS LUGO para su citación. Requiérase al actor para que tras las averiguaciones pertinentes en el Registro Mercantil en su caso u otros que puedan proceder indique nuevo domicilio; manteniéndose todo lo acordado en resoluciones anteriores.
Se requiere a la demandada para que aporte la documental interesa.
Se acuerda citar al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda, para el próximo día 2 de Abril de 2019 a las 10:45 horas a fin de que éste pueda asumir sus obligaciones legales e instar lo que convenga en derecho.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que deberá de ser interpuesto en el plazo de tres días ante este juzgado EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN Y CITACION EN LEGAL FORMA a LUCIA TEJEDO MUIÑA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de LUGO.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En SALAMANCA, a veintiuno de febrero de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda.

Anuncio publicado en: Num BOP 60 año 2019 12/03/2019 10:15:34
13/03/2019 08:00:00

Visto el estado de las actuaciones y acordada la nulidad de las mismas a partir del momento anterior a la celebración del juicio se señala nuevamente para los acto de conciliación y juicio el próximo día 2 de Abril de 2019 a las 10:45 horas con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Magistrado Juez en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda; y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 13/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

PaísEspaña

Fecha13/03/2019

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones3289

Primera edición01/03/2013

Ultima edición29/04/2024

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