Periódico Oficial de Tlaxcala del 12/4/2023 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Página 2

Periódico Oficial No. 15 Segunda Sección, Abril 12 del 2023

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Ayuntamiento Constitucional de Tocatlán, Tlax. 2021-2024.
Secretario del Ayuntamiento.

REGLAMENTO DEL ÓRGANO INTERNO
DE CONTROL DEL MUNICIPIO DE
TOCATLN, TLAXCALA.
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público y de observancia general, teniendo como objetivo:
I.

Establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los servidores públicos;

II.

Determinar los mecanismos para la prevención, corrección, investigación de responsabilidades administrativas y sanción de las faltas administrativas no graves;

III.

IV.

Crear las bases para que todo ente público establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público.
Regular la estructura orgánica, funciones y atribuciones del Órgano Interno de Control del Municipio de Tocatlán, Tlaxcala.

Artículo 2. El Órgano Interno de Control del Municipio de Tocatlán, Tlaxcala en lo sucesivo Órgano Interno de Control, es un organismo público centralizado del Ayuntamiento con autonomía técnica. Le corresponde la aplicación en el ámbito de su competencia de acciones de prevención, vigilancia, control, fiscalización, evaluación y anticorrupción, con el objetivo de que los recursos humanos, materiales y financieros del Municipio, se administren y ejerzan adecuadamente conforme a los planes, programas
y presupuesto aprobados, atendiendo a su ámbito de competencia.
Artículo 3. El Órgano Interno de Control, se establece conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para el correcto desempeño de sus funciones; asimismo, cuenta con autonomía técnica, entendida ésta como la independencia en el ejercicio de sus funciones, por lo que a falta de regulación en este Reglamento tendrá plena vigencia y aplicación la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley del Procedimiento Administrativo para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios y el Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.
Artículo 4. Los servidores públicos que integran la administración pública municipal, así como aquellos sujetos obligados de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, tendrán la obligación, en su ámbito de competencia, de atender las instrucciones, requerimientos y resoluciones que emita el Órgano Interno de Control.
Artículo 5. Son sujetos de este Reglamento:
I.

Los Servidores Públicos que laboren en la Administración Pública Municipal de Tocatlán, Tlaxcala.

II.

Aquellas personas que habiendo fungido como Servidores Públicos se ubiquen en los supuestos a que se refiere la Ley General y el presente Reglamento, y
III.

Los particulares vinculados con faltas administrativas no graves.

Artículo 6. Corresponde al Presidente Municipal:
I.

Coadyuvar en el ámbito de su competencia con dependencias Federales y Estatales en acciones y programas relacionados con el Sistema Nacional y Estatal Anticorrupción y con el Sistema Nacional de Fiscalización.

II.

A petición de la persona titular del Órgano Interno de Control, instruir a las

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 12/4/2023 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha12/04/2023

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones441

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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