Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/2/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 8

B.O. P. DE CADIZ NUM. 31

Segundo.- Nombrar Tenientes de Alcalde a las personas miembros de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Los Barrios a:
- Primer Teniente Alcalde: D Sara Lobato Herrera - Segundo Teniente Alcalde: D. M. de los Ángeles Gallego Gavira - Tercer Teniente Alcalde: D. Daniel Pérez Cumbre - Cuarto Teniente Alcalde: D. Cristina Silva Espinosa - Quinto Teniente Alcalde: D. Manuel Muñoz García - Sexto Teniente Alcalde: D. José Antonio Gómez Gómez - Séptimo Teniente Alcalde: D. Carlos Torres Revert
Tercero.- Los señores y señoras Tenientes de Alcalde sustituirán en la totalidad de sus funciones, y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.

En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del Alcalde no podrán ser asumidas por el/la Teniente de Alcalde a quien corresponda sin expresa delegación que reúna los requisitos de los número 1 y 2 del artículo 44 del ROF.

Cuando el Alcalde se ausente del término municipal por más de veinticuatro horas, sin haber conferido la delegación, por causa imprevista le hubiere resultado imposible otorgarla, y no pueda desarrollar adecuadamente sus funciones propias, le sustituirá en la totalidad de sus funciones, el/la Teniente de Alcalde a quien corresponda, dando cuenta al resto de la Corporación.

Cuarto.- Cuando durante la celebración de una sesión hubiere de abstenerse de intervenir, en relación con algún punto concreto de la misma, el Presidente, conforme a lo prevenido en el artículo 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, le sustituirá automáticamente en la presidencia de la misma el Teniente de Alcalde a quien corresponda.

Quinto.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Tablón electrónico de Anuncios y en el Portal de Transparencia.

Sexto.- Notificar esta Resolución a las personas interesadas referidas en el apartado primero de la parte dispositiva de este Decreto.

Séptimo.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Así lo dijo, manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Los Barrios en la fecha de la firma electrónica que figura en el presente Documento.
De lo que como Secretaria-Interventora doy fe y se procede a su transcripción al Libro de Resoluciones.

02/02/24. EL ALCALDE, Fdo.: Miguel Fermín Alconchel Jiménez. LA
SECRETARIA-INTERVENTORA, P.D. 1725 de 26/09/2023 Fdo.: Julia Hidalgo Franco.
Nº 16.299


AYUNTAMIENTO DE CADIZ
ANUNCIO

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de agosto de 2023, al punto 3º, del orden del día, adoptó el acuerdo del tenor literal siguiente:

3º.- Propuesta de delimitación de la franja de playa para la práctica del naturismo.

Se da cuenta de la siguiente propuesta del Teniente de Alcalde Delegado de Medio Ambiente y Limpieza, dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Desarrollo Urbano Sostenible y Medio Ambiente, en sesión ordinaria celebrada con fecha 28 de agosto de 2023, al punto 2º del orden del día, que a continuación se transcribe:

El pasado 1 de agosto del 2023, se publicó en el BOP la nueva Ordenanza Municipal de Uso y Disfrute de las Playas de la Ciudad de Cádiz.

En el capítulo 13. Playas Naturistas, en su artículo 33 dice lo siguiente:

1. Todas las playas del término municipal son susceptibles de ser frecuentadas por cualquier personal que desee hacer uso de las mismas, sin que prevalezca como criterio excluyente ninguna consideración respecto a la indumentaria.

2.- El término municipal de Cádiz dispone de un tramo de playa en el cual se ha venido practicando de forma habitual el naturismo, concretamente el tramo de Cortadura comprendido entre el Ventorrillo de El Chato y las Instalaciones Militares de Torregorda.

3.- El ejercicio de naturismo se llevará a cabo en toda la franja de la playa señalizada al efecto, exceptuando los cordones dunares, cuyo límite que mira al mar será delimitado por el Ayuntamiento de Cádiz, en orden a evitar su deterioro por tránsito y pisoteo, para facilitar la preservación de este ecosistema.

4.- El Ayuntamiento proporcionará visibilidad al carácter naturista del tramo de playas referido en el párrafo anterior, mediante señalética adecuada a esta finalidad, así como a través de los distintos canales y medios de difusión a su alcance, incluyendo las oficinas de información turística del Ayuntamiento.

La citada Ordenanza permite la práctica del naturismo en la franja de playa delimitada por el Ayuntamiento de Cádiz. No permitiéndose en el resto de las playas.

Por todo ello, el Teniente Alcalde Delegado de Medio Ambiente, propone al Excmo. Ayuntamiento Pleno adoptar el siguiente acuerdo:

La práctica del naturismo se llevará a cabo en la franja de la playa de Cortadura, a partir del Ventorrillo El chato, en dirección a Torregorda y en una longitud de 700 metros.

La práctica del naturismo sólo estará permitida en dicho tramo que se señalizará conforme a lo previsto en el artículo 33.4 de la Ordenanza.

Se adjunta planos del tramo de Playa naturista.

El presente acuerdo deberá publicarse en el BOP para general conocimiento.

14 de febrero de 2024

Tras debate, por la Presidencia se somete a votación dicha propuesta, que es aprobada por veintiún votos a favor, emitidos por los Concejales de los Grupos:
Popular 14 y Socialista 7; y seis en contra del Grupo Adelante Izquierda Gaditana.

Lo que se publica para general conocimiento.

Cádiz, a 30/01/24. EL SECRETARIO GENERAL, Fdo.: Marcos Mariscal Ruíz.
Nº 16.355


AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL EN EL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión Ordinaria celebrada el día 29 de enero de 2024, acordó la aprobación inicial de la modificación de la base 41.2 de las Bases de Ejecución del Presupuesto en vigor y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales de Intervención para que se formulen las alegaciones que estimen pertinentes.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Arcos de la Frontera, a 02/02/24. El Alcalde. Fdo.- Miguel Rodríguez Rodríguez.
Nº 16.382


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
ANUNCIO

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día tres de noviembre de dos mil veintitrés en el Punto Quinto, acordó aprobar el PROYECTO DE ACTUACION EN SUELO RUSTICO PARA LA IMPLANTACION
DE ACTIVIDADES ENOTURISTICAS EN BODEGA EN CARRETERA JEREZROTA KM. 5, POLIGONO 20. PARCELA 47, presentado por la entidad BODEGA
DE FORLONG, S.L., con C.I.F.: B7213153.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose con carácter general que contra dicho acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, sin que pueda simultanearse, los siguientes recursos:

1.-Reposición: con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su presentación sin notificarse su resolución. artº 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.

2.- Contencioso-Administrativo: en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a esta notificación, o bien en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución del Recurso de Reposición, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Cádiz, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.

El Puerto de Santa María a veintitrés de noviembre de dos veintitrés. EL
ALCALDE-PRESIDENTE. Germán Beardo Caro. Firmado.
Nº 20.402

VARIOS
COLEGIO NOTARIAL DE ANDALUCIA
SEVILLA

Tramitándose expediente de devolución de fianza del que fuera Notario de Chiclana de la Frontera, D. Manuel Gómez Ruiz, y antes de Aracena, Alcaudete y Alcalá la Real, se hace público para que cuantas personas tengan que deducir alguna reclamación la formalicen ante el Colegio Notarial de Andalucía en el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente edicto.

Sevilla, 22 de enero de 2024. El Vicedecano. Fdo. Manuel A. Seda Hermosín.
Nº 13.197

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/2/2024

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha14/02/2024

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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