Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/2/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 27

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE PLANIFICACION, COORDINACION
Y DESARROLLO ESTRATEGICO
INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO
SOCIOECONOMICO Y TECNOLOGICO IEDT
CONVOCATORIA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
DE CINCO SUBVENCIONES 5 BECAS PARA LA MATRÍCULA PARA
ALUMNOS/AS DEL SEGUNDO CURSO DE EXPERTO UNIVERSITARIO
Y/O CURSO DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL MASTERÑAM, CUARTA
EDICIÓN, ORGANIZADOS POR LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ UCA EN
COLABORACIÓN CON EL INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO
SOCIOECONÓMICO Y TECNOLÓGICO IEDT.
BDNSIdentif.:742371

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/742371
INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y
TECNOLÓGICO IEDT
CONVOCATORIA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE
CINCO SUBVENCIONES 5 BECAS PARA LA MATRÍCULA PARAALUMNOS/
AS DEL 2º CURSO DE EXPERTO UNIVERSITARIO DENOMINADO "GESTIÓN
DE PROYECTOS GASTRONÓMICOS: CREAR, DIRIGIR, INNOVAR", Y/O
DEL CURSO DE FORMACIÓN PERMANENTE DENOMINADO "GESTIÓN
APLICADA DE PROYECTOS GASTRONÓMICOS: CREAR, DIRIGIR, INNOVAR", CUARTA EDICIÓN, AMBOS DEL MÁSTER DE INNOVACIÓN Y CULTURA
GASTRONÓMICA MASTERÑAM, ORGANIZADO POR LA UNIVERSIDAD
DE CÁDIZ UCA EN COLABORACIÓN CON EL INSTITUTO DE EMPLEO Y
DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y TECNOLÓGICO IEDT DE LA EXCMA.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ Y FINANCIADO EN UN 100% POR EL
IEDT 2024_SUBCSC_00001.

BDNS: Identific.----------
1. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.

La Diputación Provincial de Cádiz, a través de su Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico en adelante IEDT, presenta esta nueva convocatoria con objeto de regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, de CINCO 5 SUBVENCIONES BECAS por un importe de 1.164,00
€ cada una de ellas, equivalentes al importe de la matrícula del segundo curso de experto universitario denominado Gestión de proyectos gastronómicos: crear, dirigir, innovar y/o curso de formación permanente, denominado Gestión aplicada de proyectos gastronómicos: crear, dirigir, innovar en adelante 2º curso del Máster de Innovación y Cultura Gastronómica Masterñam, Máster que se está celebrando actualmente.

La Universidad de Cádiz en colaboración con el Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico IEDT de la Excma. Diputación provincial de Cádiz, está llevando a cabo por cuarto año consecutivo el Máster de Innovación y Cultura Gastronómica Masterñam formación no reglada.

La Diputación cede, para el desarrollo del mismo, las instalaciones, gestionadas por el IEDT, del Campus de Excelencia Profesional para el Turismo, la Hostelería y la Innovación El Madrugador, sito en carretera de El Portal Km 07 de la localidad de El Puerto de Santa María Cádiz.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de becas para acceder tanto a las becas para la matrícula del Máster como a las becas para la matrícula del 1º Curso de Experto Universitario y/o Curso de Formación Permanente, es intención de este IEDT iniciar una nueva convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de cara a conceder cinco 5 becas para sufragar el coste del 100% de la matrícula del 2º curso de experto universitario y/o curso de formación permanente.

Con el objetivo de facilitar el acceso a dicho curso a personas preferentemente desempleadas y que no necesariamente dispongan de un Grado, Licenciatura o Diplomatura, la Diputación provincial de Cádiz, a través de su IEDT, va a iniciar una convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, conforme a lo preceptuado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y a su Reglamento de desarrollo Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y para la concesión a dichos/as destinatarios/as de cinco 5 subvenciones becas equivalentes al pago de cinco 5 matrículas para el mencionado 2º curso de experto universitario y/o Curso de Formación Permanente de dicho Máster.

Se mantiene la novedad de permitir el acceso a las becas para el curso de experto, a personas sin titulación académica, cursándolo como Curso de Formación Permanente, al amparo del Real Decreto 822/2021 de 28 de septiembre por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y cuya finalidad es la ampliación y actualización de conocimientos, competencias y habilidades formativas o profesionales que contribuyan a una mejor inserción laboral de los ciudadanos y las ciudadanas sin titulación universitaria art. 37 del precitado Real Decreto.

A través de estas becas se persigue apoyar preferentemente a jóvenes desempleados/as para que accedan a una formación de calidad fomentando la mejora de su empleabilidad y, en general, su inserción sociolaboral, consiguiendo así un doble objetivo: ayudar a mejorar las condiciones demográficas y fortalecer las capacidades emprendedoras en un sector, como la Gastronomía, que presenta muchas potencialidades y donde es necesario desarrollar una cultura gastronómica, el conocimiento de los productos alimentarios españoles y formar profesionales en esta área, insistiendo en la importancia de enseñar a pensar, a crear, a dirigir y a innovar con responsabilidad.

7 de febrero de 2024

Esta convocatoria de subvenciones queda encuadrada en el vigente Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Empleo de la Diputación provincial de Cádiz y el Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico de la Diputación provincial de Cádiz, artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones y concretamente en la Línea General de Actuación destinada a la formación, promoción e inserción sociolaboral y en el apartado B.6.2 de su Plan de Acción.

Por otra parte, para optar a la beca de la matrícula del 2º Curso de Experto Universitario y/o Curso de Formación Permanente de dicho Máster, será necesario estar desempleado/a o, si no se diese esta situación, disponer de la tarjeta de mejora de empleo.

Las personas interesadas en dichas becas deberán cumplir los requisitos legales para cursar estos estudios en la Universidad conforme al Real Decreto 822/2021
de 28 de septiembre, art. 37.5 y 37.6 y 7, respectivamente. Esto es, se exige titulación universitaria para el Curso de Experto, y no se exige ninguna titulación para el Curso de Formación Permanente.

Aquellos interesados que no cumplan los requisitos referidos y el resto de los exigidos en la convocatoria quedarán automáticamente descartados, no cabiendo alegación en este sentido.

La UCA, si fuera el caso, se reserva la posibilidad de unir y por tanto sumar a los matriculados tanto del Curso de Experto Universitario como del Curso de Formación Permanente y siempre y cuando el número individualizado de matriculados en cada una de estas formaciones no sea igual o superior a cinco 5.

El único objetivo sería alcanzar el número mínimo de alumnos exigido 5
para realizar el Curso de Formación Permanente.

La concesión y disfrute de la beca no establece ningún tipo de relación laboral con el IEDT o con la Diputación de Cádiz así como ningún compromiso ni preferencia para su incorporación a la plantilla de personal de la Diputación de Cádiz.

Tanto el 2º curso de experto universitario como el de formación permanente se desarrollarán entre el 5 de febrero y el 29 de mayo de 2024.

2. Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes.

Las personas interesadas deberán presentar sus solicitudes, debidamente cumplimentadas, en el Registro General del IEDT, preferentemente a través de su sede electrónica https sede.dipucadiz.es/tramites-de-ciudadania accediendo al formulario disponible a tal efecto y que se adjunta a esta convocatoria como ANEXO 1 o bien en el Registro General del Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico IEDT, sito en la calle JACINTO Nº 4, 11007 Cádiz, o a través de cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 16 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 14 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia BOP. Dicha convocatoria se publicará asimismo en la página web del IEDT www.dipucadiz.es/iedt y en el tablón de anuncios del mismo. A dicha solicitud se acompañará la documentación relacionada en el apartado 10 de la presente convocatoria y/o autorización de consulta, en su caso.

Desde el día siguiente a la conclusión del plazo referido en el apartado anterior, podrán presentarse solicitudes durante los 14 días naturales siguientes, lo cual motivará una segunda propuesta de resolución de concesión en el caso de existir crédito presupuestario sobrante en la convocatoria correspondiente y por haber quedado alguna beca vacante ya sea para el segundo curso de experto universitario y/o curso de formación permanente.

3. Requisitos de las personas aspirantes a las becas.

-Estar desempleado/a, inscrito como demandante de empleo en cualquier servicio público de empleo o disponer de la tarjeta de mejora de empleo a la fecha de la solicitud de la ayuda.

-En el caso de Curso de Experto deberán estar en posesión de título de Grado o Licenciatura de cualquier área de conocimiento y en el caso de Curso de Formación Permanente no se exige titulación universitaria.

La participación en esta convocatoria implica la aceptación de todos los términos de la misma.

La acreditación de tales requisitos se efectuará a través de la documentación exigida en el apartado 10 de esta convocatoria, que habrá de aportarse junto con la solicitud. La no presentación de la documentación exigida junto con la solicitud impedirá la valoración de la misma.

En cualquier caso, para obtener la condición de beneficiario/a, han de cumplirse todos y cada uno de los requisitos reflejados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones tal circunstancia se acreditará mediante declaración expresa contenida en la declaración de responsabilidad de la solicitud de la ayuda.

4. Órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento.

La gestión de estas ayudas corresponde a los servicios del IEDT.

Corresponde a la Vicepresidencia del IEDT, la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento, por delegación de la Presidencia del IEDT.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos y documentos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. A tal efecto solicitará del personal técnico del IEDT, la emisión de cuantos informes sean necesarios para resolver, y específicamente se acreditará la observación del procedimiento establecido en la presente convocatoria y el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario/a de la ayuda.

5. Fases del proceso y criterios de valoración de las solicitudes.

1 FASE: Presentación y recepción de solicitudes a través de los medios dispuestos para ello.

2 FASE: Evaluación
El órgano de instrucción procederá a la evaluación de las solicitudes recibidas conforme a los siguientes criterios:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/2/2024

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha07/02/2024

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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