Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 29/8/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 22

B.O.P. DE CADIZ NUM. 165

todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio.

2.1.2.- Segundo ejercicio. Prueba específica según las funciones a desarrollar.

Consistirá en la resolución de cinco supuestos prácticos relacionadas con las funciones a desarrollar durante las contrataciones, con carácter eliminatorio.

El tiempo máximo para la realización de este supuesto será de 60
minutos.

Criterios específicos que deberá ponderar el Tribunal Calificador para la calificación de los supuestos prácticos:

1.- Valoración del conocimiento de la materia objeto del ejercicio:
100 % sobre 2 puntos que vale cada ejercicio, valorando el planteamiento que la persona aspirante hace del caso, si identifica las cuestiones o problemas del supuesto práctico o responde con claridad a las preguntas planteadas por el Tribunal, la capacidad para relacionar conceptos básicos en la materia y su capacidad de síntesis o concreción.

2.- La caligrafía: El Tribunal sancionará con un cero los ejercicios redactados con todo el texto en mayúsculas o que presente una caligrafía ilegible que no permita su comprensión a juicio, por al menos, de la mayoría de los miembros del Tribunal presentes en el acto de calificación.

3.- La ortografía: El ejercicio deberá presentarse sin faltas ortográficas. Se entiende por falta de ortografía, a los efectos de calificación del ejercicio, toda palabra cuya forma no sea reconocida en el diccionario de la RAE. Se penalizará cada falta de ortografía con 0,10 puntos sobre la nota obtenida en el ejercicio.

2.1.3.- Garantías del anonimato de los exámenes escritos.

Para garantizar el anonimato de los exámenes escritos, una vez finalizados, se hará entrega a las personas aspirantes, de forma aleatoria, de dos etiquetas con un código de barras. Una etiqueta se adherirá en el recuadro del enunciado de cada ejercicio y otra en la ficha identificativa, que se introducirá en los correspondientes sobres, que se cerrarán y firmarán en la solapa.

Una vez corregidos los ejercicios, tras fijarse la nota de corte, se procederá a la apertura de los sobres que contienen las fichas identificativas de las personas aspirantes.

2.1.4.- Notas de corte.

El Tribunal, teniendo en cuenta las circunstancias y para un mejor desarrollo de su cometido, queda facultado para la determinación, con anterioridad a la identificación de las personas participantes, del número de aciertos netos necesarios para obtener el aprobado en el tipo test que en ningún caso podrá ser inferior al 45 por ciento de las preguntas.

2.2.- Fase de Concurso.

La fase de concurso podrá alcanzar hasta un máximo de 10 puntos.

Se valorarán los siguientes méritos:

2.2.1.- Experiencia laboral.

Por experiencia laboral en trabajos análogos a los de la convocatoria específica, hasta un máximo de 7 puntos.

1.- Por servicios prestados en la Administración Pública, hasta un máximo de 4,50 puntos:

Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puestos análogos a los de la convocatoria específica, acreditado mediante la correspondiente certificación:
0,05 puntos.

2.- Por servicios prestados en el sector privado, hasta un máximo de 2,50
puntos:

Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto análogos a los de la convocatoria específica, acreditado mediante la correspondiente certificación y contratos de trabajo: 0,025 puntos.

Se entenderá por trabajo análogo el que tenga igual contenido funcional a los de la convocatoria específica.

Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados proporcionalmente;
no obstante se computarán como prestados a tiempo completo cuando tengan su origen en situaciones de excedencias, reducciones de jornada y permisos para facilitar la vida personal, familiar y laboral.

2.2.2.- Titulaciones.

Por estar en posesión de una titulación, hasta un máximo de 2 puntos.

- Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalente 0,50 puntos.

-Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalentes 1 punto.

- Doctorado, Grado, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalentes 2 puntos.

Sólo se valorará la titulación de mayor nivel.

Cuando en una convocatoria específica se exija determinada titulación académica no se valorarán los títulos de los estudios inferiores, ni los exigidos en la convocatoria.

2.2.3.- Cursos de formación relacionados con las funciones del puesto y/o plaza a desarrollar.

- Por haber realizado cursos de formación organizados por Administraciones Públicas o en colaboración con aquellas y que estén relacionados con el puesto al que se aspira de al menos 20 horas de duración: 0,10 por curso con un máximo de 1 punto.

Los méritos a valorar por el Tribunal serán exclusivamente los detallados en el correspondiente Anexo de las bases específicas que serán acreditados documentalmente por las personas aprobadas en la primera fase de la oposición, en un plazo no superior a 5 días hábiles a contar desde la publicación de la lista de personas aprobadas de la fase de oposición.

2.2.4.- Justificación de los méritos alegados:

A Méritos profesionales:

29 de agosto de 2019

- Servicios en Administración Local y resto de Administraciones Públicas:
Certificación expedida por la Administración Pública correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.

Certificado de servicios previos e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

- Experiencia en el sector privado
Certificado de empresa e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado del contrato de trabajo o nómina, o cualquier otro documento con fuerza probatoria tanto del periodo como de la categoría profesional.

B Cursos, Jornadas, Congresos y Seminarios:

Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse el título o el diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

C Méritos académicos:

Título expedido u homologado por el Ministerio con competencias en materia de educación o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de expedición del correspondiente título.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a Tener la nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En este último caso, deberá acreditarse el dominio del idioma castellano escrito y hablado.
b Tener cumplidos dieciséis años de edad, y no exceder, en su caso de la máxima de jubilación forzosa.
c Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Tarifa -BOP CÁDIZ
Nº 110, 12 de junio de 2014-
d Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar.
e Las personas con diversidad funcional con alguna discapacidad reconocida, habrán de acreditar la discapacidad y la capacidad para desempeñar las tareas o funciones de los puestos o plazas a que aspiran, mediante la oportuna certificación del órgano correspondiente.
f No haber sido separada, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administración Público o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por las aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria.

Cuarta.- Forma y plazo de presentación de solitudes.

Las bases específicas se anunciarán, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Tarifa;
y publicarse, completas, en la página Web municipal www.aytotarifa.com.

Las personas interesadas presentarán las instancias dirigidas al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Tarifa y se presentarán en el Registro General Oficina de Atención al Ciudadano, o a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tarifa sede.aytotarifa.com/ o en cualquiera de las formas que determina el art. 16
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Las personas aspirantes, que deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen y que asumen su contenido, acompañarán a la solicitud la siguiente documentación:
1. Documento Nacional de Identidad.
2. Declaración responsable de no estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de las Administraciones Públicas.
3. Declaración responsable de no padecer enfermedad o defecto físico que impida realizar las funciones que tienen asignadas.
4. Título académico exigido.
5. En el caso de extranjeros, acreditación de la nacionalidad para los que resulten ciudadanos de algún país de la UE o del carácter legal de la residencia en España para los restantes.

En el supuesto que se presenten fotocopias, éstas deberán ser compulsadas.
La presentación de la instancia conlleva la aceptación incondicional de las presentes bases.

Quinta.- Admisión de aspirantes y fechas comienzo de la selección.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución declarando aprobada la Lista Provisional de personas admitidas.

Dicha Resolución se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento y en la página web municipal, concediéndose un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación para la subsanación. Si no se presentare ninguna reclamación contra la lista provisional en el

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 29/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha29/08/2019

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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