Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

19 de agosto de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 157

Todas las retribuciones serán actualizadas anualmente según se determine en la Ley de Presupuestos del Estado para los funcionarios de la Administración Local.

No se contempla indemnización económica alguna por las vacaciones no disfrutadas.

La Alcaldía Presidencia mediante Decreto acordará quienes desempeñarán sus cargo en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
ASISTENCIAS A LAS SESIONES DE PLENO.

Solo los miembros de la Corporación que no desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial podrán percibir asistencias a las sesiones del Pleno a la que efectivamente asistan:
- Sesiones ordinarias:

75 euros
- Sesiones extraordinarias:

75 euros.

INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO.

Todos los miembros de la Corporación tendrán derecho a ser indemnizados por los gastos que les ocasionen el desempeño de su cargo, cuando acredite de manera efectiva los mismos y se refieran a gastos de desplazamiento, manutención, estancia o participación en cursos o jornadas, con la autorización de la Alcaldía y en la cuantía establecida en la normativa reguladora de indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración General del Estado respecto de funcionarios del Subgrupo A1.
Segundo.
Los efectos económicos de este acuerdo serán aplicables desde la fecha de adopción de este acuerdo, salvo causa legal que lo impida.
Tercero.
Dar de alta en el régimen de la Seguridad Social a los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen dedicación exclusiva o parcial, asumiendo el Ayuntamiento el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
Cuarto.
Notificar el presente acuerdo a los interesados para que presenten la aceptación expresa del cargo y se de cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre.

En La Línea de la Concepción, 23 de Julio de 2019. EL ALCALDE, Fdo:
José Juan Franco Rodríguez.
Nº 58.566


Ayuntamiento de La Linea de la Concepcion ANUNCIO

Con fecha 20 de Junio de 2019, el Sr. Alcalde-Presidente ha dictado Decreto nº 2863/19 del siguiente tenor literal:

Visto que el pasado 15 de junio de 2019 se constituyó la nueva Corporación para el mandato 2019/2023, de conformidad con los resultados electorales de las elecciones celebradas el 26 de mayo de 2019.

Visto lo dispuesto en el art. 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, arts. 43, 44 y 45 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

En uso de las atribuciones que otorgan a esta Alcaldía la normativa citada y demás normativa aplicable, vengo en RESOLVER:
Primero.
Crear las siguientes Áreas Municipales de Gobierno para estructurar la organización municipal y efectuar las Delegaciones Genéricas en los miembros de la Junta de Gobierno Local que se señalan:

1.- ÁREA MUNICIPAL DE PRESIDENCIA, BUEN GOBIERNO Y
TRANSPARENCIA

Cuya Delegación Genérica se atribuye al Sr. D. Helenio Lucas Fernández Parrado, Primer Teniente de Alcalde, abarcando las facultades de dirigir y gestionar los servicios correspondientes sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Esta Área Municipal coordinará los servicios de Portavocía del Grupo Municipal; Comunicación y Transparencia y Secretaría General respecto a la coordinación de los asuntos que deban elevarse a los órganos colegiados para su conocimiento, debate y, en su caso, votación.

2.- ÁREA MUNICIPAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y GESTIÓN
INTERNA

Cuya Delegación Genérica se atribuye al Sr. D. Juan Domingo Macías Pérez, Segundo Teniente de Alcalde, abarcando las facultades de dirigir y gestionar los servicios correspondientes sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Esta Área Municipal coordinará los servicios de Personal; Patrimonio, Compras y Contratación; Hacienda y Asesoría Jurídica; Concesiones; Subvenciones;
Sistemas de Información y Telecomunicaciones y la Agencia de Desarrollo Económico.
No obstante, los Servicios de Hacienda y Asesoría Jurídica son asumidos directamente por el Sr. D. José Juan Franco Rodríguez, Alcalde-Presidente, por lo que no se efectúa ninguna delegación genérica ni especial sobre los mismos.

3.- ÁREA MUNICIPAL DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL, JUVENTUD Y DEPORTES.

Cuya Delegación Genérica se atribuye al Sr. D. Mario Helio Fernández Ardanaz, Tercer Teniente de Alcalde, abarcando las facultades de dirigir y gestionar los servicios correspondientes sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Esta Área Municipal coordinará los servicios de Deportes, Juventud, Educación, Mercados y Comercio, Cultura, Turismo y Festejos y Actos Públicos.

Página 3

4.- ÁREA MUNICIPAL DE SALUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Y BIENESTAR SOCIAL.

Cuya Delegación Genérica se atribuye a la Sra. D Ceferina Peño Gutiérrez, Cuarto Teniente de Alcalde, abarcando las facultades de dirigir y gestionar los servicios correspondientes sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Esta Área Municipal coordinará los servicios de Participación Ciudadana;
Atención a la Ciudadanía; Consumo; Asuntos Sociales y Vivienda; Empleo; Igualdad;
Salud e Instituto Municipal de Empleo y Formación.

5.- ÁREA MUNICIPAL DE SERVICIOS OPERATIVOS Y
MANTENIMIENTO URBANO.

Cuya Delegación Genérica se atribuye al Sr. D. Juan Antonio Valle Lima, Quinto Teniente de Alcalde, abarcando las facultades de dirigir y gestionar los servicios correspondientes sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Esta Área Municipal coordinará los servicios de Infraestructuras y Obras;
Mantenimiento Urbano; Playas; Parques y Jardines; Limpieza; Seguridad Ciudadana;
Cementerio y Servicios Generales.

6.- ÁREA MUNICIPAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y
DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE.

Cuya Delegación Genérica se atribuye al Sr. D. Daniel Martínez Andrades, Sexto Teniente de Alcalde, abarcando las facultades de dirigir y gestionar los servicios correspondientes sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Esta Área Municipal coordinará los servicios de Urbanismo; Medio Ambiente y Pesca; Movilidad Urbana y Empresa Municipal de Vivienda y Suelo.
Segundo.
De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, notificándose además personalmente a los designados y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz para general conocimiento y página web corporativa sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha del presente Decreto.
Tercero.
Las Delegaciones de atribuciones requieren aceptación expresa por parte del Concejal Delegado. Se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación el destinatario no hace manifestación expresa de no aceptación de la delegación.
Cuarto.
Dar cuenta de la Presente Resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 38/d y 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

En La Línea de la Concepción, 23 de Julio de 2019. EL ALCALDE, Fdo:
José Juan Franco Rodríguez.
Nº 58.568


AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO
ANUNCIO

Por la Secretaría General se ha certificado acuerdo adoptado en sesión extraordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día 1 de julio de 2019, cuyo tenor literal es el siguiente:

DÑA. M. DOLORES LARRÁN OYA SECRETARIA GENERAL DEL
EXCMO. E ILTMO. AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO CÁDIZ.
CERTIFICO: Que en el borrador del acta de la sesión extraordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día 1 de julio de 2019, en 1 convocatoria, se adoptó el acuerdo, entre otros, cuya parte expositiva y resolutiva es del siguiente tenor literal:

PUNTO NUMERO QUINCE.- DETERMINACIÓN RÉGIMEN
RETRIBUTIVO DE CONCEJALES CON DEDICACIÓN EXCLUSIVAY PARCIAL, ASISTENCIAS YASIGNACIONES ECONÓMICAS DE LOS GRUPOS POLÍTICOS
MUNICIPALES.

Constituido el nuevo Ayuntamiento en sesión celebrada el 15 de junio de 2019, ha de procederse de acuerdo con la normativa vigente al establecimiento del régimen retributivo de los Concejales y Concejalas que desempeñarán el cargo con dedicación exclusiva y parcial, régimen de asistencias e indemnizaciones, así como las asignaciones a los grupos políticos municipales.

Considerado.- Las disposiciones que resultan de aplicación, en lo que al régimen de dedicación, exclusiva y parcial, se refiere, con las consecuentes retribuciones, así como a las asistencias e indemnizaciones, esencialmente según lo establecido en los artículos 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 16 a 18 del Reglamento Orgánico Municipal y 13 del Real Decreto 2.568/1986, de 28
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Considerando.- Lo establecido en el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en lo que a las asignaciones a los grupos políticos se refiere, según el cual:

A El Pleno de la Corporación, con cargo a los Presupuestos anuales de la misma, podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que deberá contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos, y otro variable, en función del número de cada uno de ellos, dentro de los límites que, en su caso, se establezcan con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, y sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la Corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial. Segundo párrafo del artículo 73.3 LRBRL.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha19/08/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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