Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/1/2001

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 16

B.O.P. DE CADIZ NUM. 9

Sr/Sra. Juez de 1 Instancia e Instrucción nº uno de los de la Villa de Rota, en los autos de Ejec. nº 130/00, J. Faltas nº 240/00 tramitado por falta de lesiones y coacciones contra el condenado/a Dennis Paul Kramber Gómez, se libra el presente a fin de requerir en el plazo de una audiencia al condenado/a Dennis Paul Kramber Gómez, el/la cual se encuentra en paradero desconocido para que haga efectiva el pago de la multa por un total de 115.500 con indemnización ha sido condenado/a en la sentencia recaida en el presente devenida ya firme, con el apercibimiento de que caso de no verificarla en dicho plazo se le embargarán bienes suficientes para cubrir la cantidad de dicha multa.
Asimismo y acreditada su insolvencia deberá cumplir una responsabilidad personal subsidiaria de 27 días de privación de libertad que podrá cumplirse en régimen de arresto de fin de semana.
Para que la presente sirva de requerimiento a Dennis Paul Kramber Gómez, se expide a quince de diciembre de dos mil. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
Firmado.
Nº 14.928/00


JUZGADO DE 1 INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 1
ROTA
CEDULA DE NOTIFICACION
En el Juicio de Faltas nº 312/00, seguido en este Juzgado por presuntas faltas de lesiones y daños y al que luego nos vamos a referir, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal: Sentencia.- En la villa de Rota, a catorce de diciembre de dos mil. El señor Don Ramón Gallo de Llanos, Juez de Primera Instancia e Instrucción de la villa de Rota y su Partido, habiendo visto los autos de juicio de faltas registrados con el núm. 312 del año 2000, tramitados con arreglo a las normas de los arts. 962 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a instancia de los denunciantes, Policías Locales 65 y 77, contra los denunciados, Christopher May y Jody Reven, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal. Fallo: Que absuelvo a Christopher May y Jody Reven de las faltas de lesiones y daños de las que venían siendo acusados. Se declaran las costas causadas de oficio. Todo ello con expresa reserva de acciones civiles al perjudicado. Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación, ante este Juzgado y para la Iltma. Audiencia Provincial de Cádiz. Así por esta, mi Sentencia, cuya firmeza no ha sido declarada y de la que se llevará certificación a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado y rubricado. Publicada en el día de su fecha.
Y para que así conste y sirva de notificación en forma a Christopher May y Jody Reven, que se encuentran en ignorado paradero, expido la presente, que sello y firmo en Rota, a veinte de diciembre de dos mil. EL SECRETARIO. Firmado.
Nº 14.929/00


JUZGADO DE LO SOCIAL
ALGECIRAS
CEDULA DE NOTIFICACION
Que en los autos n 191/00-A, seguidos en este Juzgado a instancia de D.
JACINTO MACIAS HERRERA, contra TRANSMERSA, S.A., con audiencia del FONDO DE GARANTIA SALARIAL, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, se ha acordado notificar por medio de Edicto la sentencia dictada de fecha 20.11.00, a la demandada TRANSMERSA; S.A., que se encuentra en ignorado paradero y cuya parte dispositiva es como sigue: FALLO "Que estimo la demanda presentada por D. Jacinto Macías Herrera, contra Transmersa, S.A. y con intervención del FONDO DE Garantía Salarial y condeno a Transmersa, S.A. a que abone al actor la cantidad de 84.550 ptas., en los conceptos que constan y así mismo estimo la prescripción alegada por el Fondo de Garantía Salarial en cuanto a la exigibilidad de responsabilidad en tal deuda empresarial frente a dicho fondo como eventual responsable subsidiario. Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.
Así por esta mi Sentencia, la pronuncio mando y firmo."
Y para que conste y sirva de notificación a la empresa demandada TRANSMERSA, S.A., expido el presente para su publicación en el BOP y tablón anuncios de este Juzgado. Algeciras a 28 de noviembre de 2.000. EL SECRETARIO.
Firmado.
Nº 14.931/00
JUZGADO DE LO SOCIAL
ALGECIRAS
EDICTO. CEDULA DE NOTIFICACION
Que en los autos n 501/99-A, seguidos en este Juzgado a instancia de D.
AMABLE PORRAS LAGOA contra JOSE M GONZALEZ GARCIA y JOAQUIN
OLIVA MARQUEZ, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, se ha acordado notificar por medio de Edicto la sentencia dictada de fecha 23.06.00, al demandado JOAQUIN OLIVA MARQUEZ, que se encuentra en ignorado paradero y cuya parte dispositiva es como sigue: FALLO. "Estimar la demanda deducida por D. AMABLE
PORRAS LAGOA contra "JOSE M GONZALEZ GARCIA" y "JOAQUIN OLIVA
MARQUEZ", procediendo a condenar solidariamente a ambos empleadores a abonar al actor la suma salarial de 870.536 pesetas, por los conceptos salariales y períodos indicados. No ha lugar a imponer recargo por mora. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso que habrá de anunciarse conforme al art. 192 de la L.P.L. mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación de la parte ante este Juzgado, debiendo la empresa condenada si fuere ésta la que recurriere, presentar resguardo acreditativo de haber ingresado tanto el importe de la condena como el depósito de 25.000 pesetas previsto en el art. 227 de la L.P.L., en la c/c n 1288 de este Juzgado abierta en el Banco Bilbao
12 de enero de 2001

Vizcaya, Oficina/Principal, sita en la Avda. Virgen del Carmen s/n de la ciudad de Algeciras.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo."
Y para que conste y sirva de notificación al demandado JOAQUIN OLIVA
MARQUEZ, expido el presente para su publicación en el BOP y tablón de anuncios de este Juzgado. Algeciras, a 20 de noviembre de 2000. EL SECRETARIO. Firmado.
Nº 14.932/00


JUZGADO DE 1 INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 2
MOTRIL
EDICTO. CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Ejecutivos 140/2000 seguido en el Juzgado P.Instancia e Instrucción N2 Motril a instancia de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A, contra MARCOS MONTESINOS CRUZ sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA N En MOTRIL, a veintitrés de octubre de dos mil El/La Sr/a.
D/ña. Josep Sola Fayet, MAGISTRADO/JUEZ del Juzgado P.Instancia e Instrucción N2 Motril y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo 140/2000
seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante D/ña. BANCO
SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A, representado por el/la Procurador/a D/ña.
MARIA TERESA ESTEVA RAMOS y bajo la dirección del/de la Letrado/a D/ña.
MANUEL MEDINA GONZALEZ, y de otra como demandado/a D/ña. MARCOS
MONTESINOS CRUZ que figura declarado/a en rebeldía, en reclamación de cantidad.
FALLO Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra D/ña.
MARCOS MONTESINOS CRUZ hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe íntegro pago a D/ña. BANCO SANTANDER CENTRAL
HISPANO, S.A, de la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTAS NOVENTA MIL
TRESCIENTAS SETENTA Y SIETE ptas, de principal, más UN MILLON TRESCIENTAS MIL PTAS, presupuestadas para intereses pactados y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dicho/a demandado/a. Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días.
Así por esta mi Sentencia, que por la rebeldía del/de la demandado/a se le notificará en los Estrados del Juzgado, y en el Boletín Oficial de esta Provincia, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s MARCOS MONTESINOS CRUZ, con último domicilio conocido en Motril Granada en c/ Rodríguez Acosta, n 2-8 H, actualmente en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en MOTRIL a once de diciembre de dos mil. EL/LA SECRETARIO.
Firmado.
Nº 15.048/00


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO DE CITACION
En virtud de lo acordado en el expediente núm. 25/00, a instancia de D. José María Camilleri Reyes.- contra INSS, TGSS, Mutua Cyclops, Asepeyo, Diseño e Instalaciones, S.A. Deisa y Periáñez y Payares, S.A. se cita a este último a fin de que el próximo día 23 de enero a las 10,20 horas comparezca en este Juzgado sito en la C/
Concepción Arenal, s/n antigua Cárcel Real planta baja, para el acto de conciliación y, en su caso juicio, debiendo comparecer con todos los medios de pruebas. Se le cita así mismo para prueba de confesión, pudiendo ser tenido por confeso. Estando a su disposición copia de la demanda y advirtiéndole que su incomparecencia no suspenderá dichos actos parándoles los perjuicios a que hubiese lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones salvo sentencia, autos o emplazamiento se harán en estrados.
Cádiz, a 5 de diciembre de 2000. LA SECRETARIA JUDICIAL. Fdo.:
Carmen Cabrera Tribaldo.
Nº 15.066/00

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/1/2001

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha12/01/2001

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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