Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/1/2001

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 1

presentar el resguardo justificativo de dicha consignación, con anterioridad al comienzo de licitación, ante el Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social o ante la mesa de la subasta. La citada consignación podrá ser sustituida, a voluntad del licitador, por un depósito de garantía de, al menos, el 25 por ciento del tipo de subasta en primera licitación si en el apartado de advertencias del presente anuncio así se autoriza.
Para participar en las demás licitaciones existirá la obligación de constituir un preceptivo depósito del 25 por ciento del tipo de la subasta, salvo que se hubiese consignado su importe o constituido aquél para la primera o segunda licitación.
Constituido el depósito para cualquiera de las licitaciones de la subasta, se considerará ofrecida la postura mínima que corresponda al tipo de la misma, sin perjuicio de que puedan realizarse otra u otras posturas en sobre cerrado o durante las licitaciones correspondientes.
El depósito se ingresará en firme en la cuenta de recaudación de la Tesorería General de la Seguridad Social si los que hubiesen consignado o depositado resultaren adjudicatarios y no satisficieren el precio del remate, además se exigirán las responsabilidades en que pudieren incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe consignado o depositado, origine la no efectividad de la adjudicación.
3.- El rematante deberá abonar mediante ingreso en cuenta, cheque, transferencia bancaria u otro medio autorizado por la Tesorería General, efectuado o expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social-Unidad de Recaudación Ejecutiva que corresponda la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe de la cantidad consignada o del depósito constituido, bien en el propio acto de la adjudicación o bien en el plazo de 5 días.
4.- La consignación o el depósito para las licitaciones podrá realizarse desde la publicación del presente anuncio hasta la iniciación del acto de constitución de la mesa de la subasta, pudiendo efectuarse el depósito, si se hubiere autorizado, tanto en metálico como mediante cheque certificado, visado o conformado por el librado, por el importe total del depósito a nombre de Tesorería General de la Seguridad SocialUnidad de Recaudación Ejecutiva que corresponda. Todo depositante al constituir el depósito, podrá efectuar otra u otras posturas superiores a la mínima, bien en sobre cerrado o bien durante la licitación. Ello es, asimismo, aplicable en las demás licitaciones.
5.- La subasta comprenderá dos licitaciones, y en su caso, si así lo decide el Presidente de la Mesa de Subasta, una tercera licitación, para la cual se anunciará fecha y lugar de su celebración. Los bienes que no resulten adjudicados en tercera licitación así como los adjudicados en cualquiera de ellas cuyo adjudicatario, inicial o sucesivo, no satisfaga en el plazo establecido el precio de remate, a criterio del Presidente de la Mesa, serán objeto de una segunda subasta a celebrar en las mismas condiciones de la primera o pasarán al trámite de venta por gestión directa.
6.- Cuando los bienes subastados sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y que, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.
7.- Mediante el presente Anuncio, se tendrán por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.
8.- En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1637/1995 de 6 de octubre B.O.E. del día 24.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio B.O.E. del día 29, según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre B.O.E.
del día 31, de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de los establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Advertencias: Se autoriza a que la consignación a que se hace referencia en el apartado 2 sea sustituida, a voluntad del licitador, por un depósito de garantía, de al menos el 25 por ciento del tipo de subasta en primera licitación. Para cualquier información relativa a subastas los interesados podrán consultar en la Dirección de Internet: http www.seg-social.es/indexbienesembargado.html.
Chiclana, a 28 de noviembre de 2000. EL RECAUDADOR EJECUTIVO.
Fdo.: Juan A. Caballero Gómez.
Descripción adjunta de Bienes Que se Subastan.
Deudor: López Verdugo Manuel.
Finca Número: 01. Datos Finca Urbana. Descripción finca: Ampliada más abajo. Tipo Vía: Cl. Nombre Vía: Capote. Nº Vía: 8. Bis-Nº Vía: ____. Escalera: ____.
Piso: ____. Puerta: ____. Cod.-Post.: 11130. Cod.-Muni.: 11015. Datos Registro: Nº Reg.: 01. Nº Tomo: 1358. Nº Libro: 0742. Nº Folio: 0154. Nº Finca: 20905N. Importe de Tasación: 7.400.000. Tipo subasta en primera licitación: 7.400.000. Descripción Ampliada. Urbana: Solar situado hoy en la calle Capote de Chiclana de la Frontera, marcado con el número ocho, antes al sitio de Cerrillo, Palmaretes y otros. Ocupa una superficie de cien metros cuadrados. Cargas. Libre de cargas. Titular Registral Don Manuel López Verdugo casado con Doña María Dolores Ruiz Ariza con carácter, presuntivamente ganancial.

2 de enero de 2001

Chiclana, a 28 de noviembre de 2000. EL RECAUDADOR EJECUTIVO.
Fdo.: Juan A. Caballero Gómez.
Nº 14.367/00


TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION PROVINCIAL
VALENCIA
EDICTO DE NOTIFICACION DE LA PROVIDENCIA DE APREMIO A
DEUDORES NO LOCALIZADOS
El Jefe del Servicio Técnico de Notificaciones e Impugnaciones de la Dirección Provincial de Valencia de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente PROVIDENCIA DE APREMIO: En uso de la facultad que me confiere el articulo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de Junio B.O.E. 296-94 y el articulo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre B.O.E. 24-10-95, ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor. Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el articulo 109 del Reglamento General de Recaudación, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente. La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de QUINCE DIAS ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo de apremio, intereses en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 110.3 del Reglamento General de Recaudación, así como para solicitar su comparecencia en el plazo de 8 días por si o por medio de representante, con la advertencia de que si ésta no se produce, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer, conforme dispone el articulo 109.4 del citado Reglamento General.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse oposición al apremio dentro del plazo de los quince dios siguientes al de su notificación, ante el mismo órgano que lo dictó, por alguna de las causas señaladas en el articulo 34.2
de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución de la oposición.
Asimismo, y dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, podrá interponerse recurso ordinario ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, que no suspenderá el procedimiento de apremio, salvo que se realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con aval suficiente o se consigne su importe incluido el recargo de apremio y el 3 por ciento a afectos de la cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas, a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el articulo 34.4 de la citada Ley General de la Seguridad Social. Valencia, 30 de octubre de 2000. EL JEFE DEL SERVICIO
TECNICO DE NOTIFICACIONES E IMPUGNACIONES. Fdo.: Rafael Garcia Feliu.
Administración 12. Ayuntamiento de Algeciras. Reg/sector: 0521. Reg. Esp. Auton.
Número de Prov. Apremio: 46 19989 005538990. Identificador del S.R.: 07
461044701861. Nombre/raz. Social: Galiano Lara Milagros. Domicilio: Jarama, 2 bj.
Dch. C.P.: 11206. Localidad: Algeciras. Importe Reclamado: 60.001. Periodo Liquidación: 06/98 06/98.
Administración 06. Ayuntamiento de Puerto Real. Reg/sector: 0111. Régimen General.
Número de Prov. Apremio: 46 2000 012846751. Identificador del S.R.: 10
46113431602. Nombre/raz. Social: Promociones Portobalbo, S.L. Domicilio: Sagasta, 3A. C.P.: 11510. Localidad: Puerto Real. Importe Reclamado: 54.798. Periodo Liquidación: 12/99 12/99
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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/1/2001

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha02/01/2001

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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