Boletín Oficial de la República Argentina del 19/11/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 19
de noviembre de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.531

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
DECRETOS
Pág.

ACTIVIDAD NUCLEAR
Resolución 85/2004-ARN
Otórgase a la Comisión Nacional de Energía Atómica la Licencia de Operación para el Depósito de Materiales Nucleares.

14

CIUDADANIA ARGENTINA
Decreto 1601/2004
Sustitúyese al artículo 2º del Decreto Nº3213/84 y su similar Nº231/95, con la finalidad de facilitar el reconocimiento de ciudadanía a personas nacidas en el exterior, hijos de padre o madre argentinos.

3

COMERCIALIZACION DE SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO
Decreto 1609/2004
Establécense medidas a fin de regular la importación y exportación de sustancias que agotan la capa de ozono. Creación de un registro de dichos operadores en el ámbito de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Licencia de importación y exportación. Cupos y cuotas. Sanciones.

1

COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 108/2004-CACM
Establécense las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral correspondiente al período fiscal 2005.
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 1225/2004-SE
Prorrógase la invitación a todos los Agentes acreedores del Mercado Eléctrico Mayorista con liquidaciones de venta con fecha de vencimiento no definida, a manifestar formalmente su decisión de participar en la conformación del Fondo para Inversiones Necesarias que Permitan Incrementar la Oferta de Energía Eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista.
EXPORTACION DE MANI
Resolución 1169/2004-SAGPA
Créase un Registro para las empresas interesadas en la exportación de maní confitería, maní partido y maní blancheado a los Estados Unidos de América. Fórmula para la distribución del cupo tarifario otorgado a nuestro país. Controles de calidad.
HUESPEDES OFICIALES
Decreto 1610/2004
Declárase Huésped Oficial del Gobierno argentino al Presidente de la República Socialista de Vietnam durante su permanencia en el país, los días 21 a 23 de noviembre de 2004.

Decreto 1609/2004

13

18

17

4

2

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Decreto 1604/2004
Desígnase con carácter transitorio Directora de Actividades Navieras, en el ámbito de la Dirección Nacional de Transporte Fluvial y Marítimo de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables.

3

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
Disposición 34/2004-SSI
Inclúyense posiciones arancelarias en el Anexo I de la Resolución Nº90/2001 de la ex Secretaría de Industria del entonces Ministerio de Economía.
PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION
Decreto 1606/2004
Desígnase Asesor de Gabinete del Procurador del Tesoro de la Nación, con carácter ad honorem.
Continúa en página 2

Establécense medidas a fin de regular la importación y exportación de sustancias que agotan la capa de ozono. Creación de un registro de dichos operadores en el ámbito de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Licencia de importación y exportación. Cupos y cuotas. Sanciones.

VISTO el expediente N 1-2002-5351000678/03-9
del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, las Leyes Nros. 23.724 y 23.778, por las que la REPUBLICA ARGENTINA aprobó el CONVENIO
DE VIENA PARA LA PROTECCION DE LA
CAPA DE OZONO ratificado el 18 de enero de 1990 y el PROTOCOLO DE MONTREAL
RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO ratificado el 18 de septiembre de 1990, respectivamente, y
Que, en virtud de la ratificación de los instrumentos internacionales citados en el VISTO, la REPUBLICA ARGENTINA asumió la obligación de implementar acciones tendientes a proteger el medio ambiente y reconvertir los sectores industriales que utilizan sustancias que agotan la capa de ozono SAO en sus procesos productivos, para controlar equitativamente las emisiones mundiales totales de SAO, con el objetivo final de eliminarlas, sobre la base de conocimientos científicos.
Que, asimismo, a través de las Leyes Nros.
24.167, 24.418 y 25.389, la REPUBLICA
ARGENTINA aprobó las Enmiendas de LONDRES, COPENHAGUE y MONTREAL al PROTOCOLO DE MONTREAL acordadas en la SEGUNDA, CUARTA Y NOVENA REUNION DE LAS PARTES DEL PROTOCOLO
DE MONTREAL.
Que a fin de cumplir los compromisos internacionales asumidos, en particular por la
4

19

Que la Ley N 24.040 sobre Compuestos Químicos establece en su artículo 1 que quedan comprendidos en las disposiciones de esa ley, bajo la denominación de sustancias controladas, los compuestos químicos incluidos en el Anexo A del PROTOCOLO
DE MONTREAL y que su producción, utilización, comercialización, importación y exportación quedarán sometidas a las restricciones establecidas en el citado Protocolo y en la ley de referencia.
Que el artículo 10 de la Ley N 24.040 autoriza a la Autoridad de Aplicación a ampliar la lista de sustancias comprendidas en el artículo 1 de la misma, de conformidad con los avances científicos y tecnológicos en la materia.
Que estos avances científicos y tecnológicos han sido receptados por las Enmiendas al PROTOCOLO DE MONTREAL de las que la REPUBLICA ARGENTINA es Parte.
Que la Resolución de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE N 296 del 9 de diciembre de 2003 amplió la lista de sustancias contenidas en el artículo 1 de la Ley N 24.040, agregando a la misma, en carácter de sustancias controladas, los compuestos químicos incluidos en los Anexos B, C y E del Protocolo de Montreal y sus enmiendas.
Que teniendo el presente Decreto el carácter de norma reglamentaria de la Ley N 24.040, el incumplimiento de sus disposiciones constituye, en los términos del artículo 9 de la ley citada, una infracción a dicha ley y sus normas reglamentarias y complementarias.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la DIRECCION GENERAL DE CONSEJERIA LEGAL
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO han tomado la intervención que les corresponde.

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
3

Que esta obligación es exigible a la REPUBLICA ARGENTINA desde el 15 de agosto de 2001.

Bs. As., 17/11/2004

CONSIDERANDO:

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1600/2004
Dase por prorrogada la designación transitoria de titular de la Delegación Técnico Administrativa, dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1607/2004
Excepción a lo establecido en el primer párrafo del Artículo 10 del Anexo I de la Decisión Administrativa Nº5 del 31 de enero de 2000, en el caso de una profesional que reingresa a la Administración Pública Nacional en la Jurisdicción citada.

COMERCIALIZACION
DE SUSTANCIAS QUE AGOTAN
LA CAPA DE OZONO

Enmienda de MONTREAL aprobada mediante la Ley N 25.389, la REPUBLICA ARGENTINA debe establecer un sistema de concesión de licencias para la importación y exportación de sustancias controladas nuevas, usadas, recicladas y regeneradas enumeradas en los anexos A, B, C y E del PROTOCOLO
DE MONTREAL.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/11/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha19/11/2004

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9355

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/06/2024

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