Boletín Oficial de la República Argentina del 04/11/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, jueves 4
de noviembre de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.520

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Precio $ 0,70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
DECRETOS
Pág.

ADHESIONES OFICIALES
Resolución 785/2004-SG
Declárase de interés nacional la 27 Feria de las Naciones, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1530/2004

10

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
Decisión Administrativa 554/2004
Apruébanse contrataciones celebradas por el citado organismo descentralizado que actúa en la órbita de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación.

7

ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Decreto 1538/2004
Dase por prorrogada la designación transitoria de Director de Tecnología Médica.

5

Bs. As., 2/11/2004

17

COMISION NACIONAL ANTIDOPING
Resolución 2/2004-CNA
Modifícase la Resolución Nº9/98, por la que se aprobó una lista de competencias oficiales en las cuales deberán realizarse controles de doping cada año.

10

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Decisión Administrativa 553/2004
Danse por aprobadas contrataciones celebradas por el citado organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio del Interior.
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Decisión Administrativa 556/2004
Dase por aprobado un contrato de locación de servicios celebrado por el citado Ente, organismo actuante en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
ESPECIALIDADES MEDICINALES
Disposición 6707/2004-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de un determinado lote del producto Sulfatiazol 500 mg.
Comprimidos, de Laboratorios Indufar-Paraguay, firma no inscripta ante la ANMAT.

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2004 efectuándose su distribución mediante la referida Decisión Administrativa Nº 2/04.

6

8

8

17

IMPUESTOS
Resolución General 1762-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Granos no destinados a la siembra cereales y oleaginosos y legumbres secas porotos, arvejas y lentejas. Régimen de retención. Resolución General 1394, sus modificatorias y complementaria. Artículo 46. Su modificación.

14

Resolución General 1763-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Usuarios del servicio de molienda de trigo. Régimen de pago a cuenta. Guía Fiscal Harinera. Resolución General 1246 y sus modificaciones. Su modificación.

13

Resolución General 1764-AFIP
Regímenes de Promoción. Inversionistas con beneficio de diferimiento de impuestos. Garantías.
Resolución General 846. Su modificación.
Resolución General 1765-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Artículo 27, tercer párrafo, de la ley del gravamen. Responsables inscriptos que desarrollan exclusivamente actividades agropecuarias. Liquidación mensual y pago por ejercicio comercial o por año calendario. Resolución General Nº1745. Su modificación.
Continúa en página 2

VISTO la Ley Nº 25.827, la Decisión Administrativa Nº 2 del 14 de enero de 2004, y los Decretos Nº 624 del 21 de agosto de 2003, sus modificatorios y complementarios, Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 535 del 30 de abril de 2004 y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

COMERCIO E INDUSTRIALIZACION DE GRANOS
Disposición 4655/2004-ONCCA
Prorrógase la vigencia de la Disposición Nº1846/2004, respecto de las presentaciones correspondientes al mes de noviembre de 2004 de los formularios C17 Compras del Sector Industrial y C18 Compras del Sector Exportador.

COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA
Decreto 1540/2004
Desígnanse miembros integrantes de la citada Comisión.

Dispónense prórrogas de designaciones con carácter transitorio y designaciones con el mismo carácter en la citada Jurisdicción.

Que el artículo 7º de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2004, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 14 de dicha Ley.
Que por el Decreto Nº 624/03, sus modificatorios y complementarios, se aprobó la estructura de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y se introdujeron diversas modificaciones en la misma, produciéndose una reformulación de las funciones que tenía asignadas, por lo que fue necesario proceder a un reordenamiento y distribución del personal en las distintas unidades que la componen.
Que en virtud de la reformulación mencionada las competencias de dicha Jurisdicción se han visto ampliadas con la asignación de nuevos objetivos y responsabilidades que implican la incorporación de mayores tareas.
Que mediante el Decreto Nº 535/04 se estableció que las designaciones transitorias resueltas por los Decretos Nº 353 del 24 de febrero de 2003 y Nº 776 del 3 de abril de 2003 en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, quedaban prorrogadas a partir del vencimiento del plazo determinado por el artículo 2º de los citados actos, como excepción a lo previsto en el artículo 7º de la Ley 25.827 y lo establecido en el Título III, Capítulo II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.
Que en el artículo 2º del Decreto referido en primer término del considerando precedente, se estableció que debían cubrirse dichos cargos en el término de CIENTO OCHENTA 180 días contados a partir del día siguiente al vencimiento de las respectivas designaciones transitorias, conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.
Que no ha sido posible cumplimentar la cobertura de los cargos en cuestión en el plazo establecido, por lo que se considera indispensable autorizar a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS a prorrogar el término fijado por el artículo 1º del Decreto Nº 535/04, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley 25.827.

15

Que en la referida Jurisdicción, se encuentran vacantes, en número limitado, algunos cargos financiados, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma, las exigencias del servicio.

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
15

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/11/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/11/2004

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9356

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/06/2024

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