Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/2004 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, miércoles 3
de noviembre de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.519

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
LEYES
Pág.

ADHESIONES OFICIALES
Resolución 802/2004-SG
Declárase de interés nacional la 24 Reunión Anual Latinoamericana de Petroquímica, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
Decreto 1519/2004
Desígnase transitoriamente Director Nacional de Interior, en el ámbito del citado organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación.
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Decreto 1528/2004
Apruébanse los aranceles para la inspección de las plantas elaboradoras de productos a importarse de los países consignados en el Anexo II del Decreto Nº150/92 y de los países no incluidos en los Anexos I y II de dicha norma. Suprímese el cuarto párrafo del artículo 3º, inciso e del Decreto mencionado.

ENERGIA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA
7

2

5

ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
Ley 25.943
Créase la mencionada empresa, que tendrá por objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, el estudio, exploración y explotación de los Yacimientos de Hidrocarburos sólidos, líquidos y/o gaseosos, el transporte, almacenaje, distribución, comercialización e industrialización de estos productos y sus derivados directos e indirectos, así como de la prestación del servicio público de transporte y distribución de gas natural y la generación, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica. Energía Argentina S.A. tendrá la titularidad de los permisos de exploración y de las concesiones de explotación sobre la totalidad de las áreas marítimas nacionales que no se encuentran sujetas a tales permisos o concesiones y podrá intervenir en el mercado a efectos de evitar situaciones de abuso de posición dominante originadas en la conformación de monopolios u oligopolios. Composición del capital social.

1

ESPECIALIDADES MEDICINALES
Disposición 6618/2004-ANMAT
Prohíbese el uso y comercialización del lote CA96A, vto. mayo 2005 del producto rotulado como Mucolitic infantil, jarabe, perteneciente a la firma Bristol Myers Squibb Argentina S.R.L.

8

3

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
Resolución 61/2004-SSGP
Homológanse Niveles de Función Ejecutiva de determinadas unidades de la Dirección Nacional de Investigación del citado organismo.

7

PLAN NACER ARGENTINA
Resolución 1173/2004-MSA
Denomínase Plan Nacer Argentina al Proyecto de Inversión en Salud Materno Infantil Provincial, con la finalidad de lograr una fácil identificación del mismo por parte de los beneficiarios y la población en general.
PRODUCTOS COSMETICOS
Disposición 6563/2004-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso del producto apócrifo rotulado como Nivea Body Lotion, Loción Hidratante - Piel Normal, por 125 ml., por disimilitudes con el producto original, cuya titularidad detenta la firma Beiersdorf S.A.
Continúa en página 2

Créase la mencionada empresa, que tendrá por objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, el estudio, exploración y explotación de los Yacimientos de Hidrocarburos sólidos, líquidos y/o gaseosos, el transporte, almacenaje, distribución, comercialización e industrialización de estos productos y sus derivados directos e indirectos, así como de la prestación del servicio público de transporte y distribución de gas natural y la generación, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica. Energía Argentina S.A. tendrá la titularidad de los permisos de exploración y de las concesiones de explotación sobre la totalidad de las áreas marítimas nacionales que no se encuentran sujetas a tales permisos o concesiones y podrá intervenir en el mercado a efectos de evitar situaciones de abuso de posición dominante originadas en la conformación de monopolios u oligopolios.
Composición del capital social.
Sancionada: Octubre 20 de 2004
Promulgada: Noviembre 2 de 2004

FERIAS INTERNACIONALES
Decreto 1526/2004
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en la 11a. Feria Internacional Multisectorial Expo Unión de las Naciones, a realizarse en la Localidad de San Bernardo del Tuyú, Provincia de Buenos Aires.

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
Decreto 1527/2004
Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del mencionado Instituto, organismo descentralizado de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Ley 25.943

4

7

ARTICULO 2º ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA tendrá la titularidad de los permisos de exploración y de las concesiones de explotación sobre la totalidad de las áreas marítimas nacionales que no se encuentran sujetas a tales permisos o concesiones a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
En los procesos de asociación que realice deberá observar mecanismos de transparencia y competencia que respeten lo establecido en la ley de hidrocarburos.
ARTICULO 3º ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA podrá operar en cualquier segmento de la cadena de valor de los bienes energéticos en forma integrada o independiente a través de unidades de negocios específicas. En su actividad propenderá a promover la innovación tecnológica.
ARTICULO 4º ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA podrá intervenir en el mercado a efectos de evitar situaciones de abuso de posición dominante originadas en la conformación de monopolios u oligopolios.
En su actuación observará las políticas del Estado nacional y bajo ningún procedimiento las modificaciones estatutarias podrán dejar a éste en situación minoritaria.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 5º El Estatuto de la Sociedad que se crea por el artículo 1º, contendrá los requisitos exigidos por la Ley de Sociedades Comerciales, con sujeción a las siguientes pautas:

ARTICULO 1º Créase ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA bajo el régimen del Capítulo II, Sección V, de la Ley 19.550 t.o. 1984
y sus modificatorias, y las disposiciones de la presente ley, la que tendrá por objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, el estudio, exploración y explotación de los Yacimientos de Hidrocarburos sólidos, líquidos y/o gaseosos, el transporte, el almacenaje, la distribución, la comercialización e industrialización de estos productos y sus derivados directos e indirectos, así como de la prestación del servicio público de transporte y distribución de gas natural, a cuyo efecto podrá elaborarlos, procesarlos, refinarlos, comprarlos, venderlos, permutarlos, importarlos, o exportarlos y realizar cualquier otra operación complementaria de su actividad industrial y comercial o que resulte necesaria para facilitar la consecución de su objeto. Asimismo, la Socie-

a Razón Social: ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.
b El Capital Social estará representado por Acciones de titularidad del Estado nacional.
I Acciones Clase A: Serán ordinarias, de UN
1 voto por acción, intransferibles, y representarán el CINCUENTA Y TRES POR CIENTO 53%
del Capital Societario. Se requerirá: El voto de la totalidad de ellas en las Asambleas para que se resuelva válidamente en los siguientes temas:
i Presentación en concurso o quiebra;
ii Modificación del Estatuto y/o el aumento de capital;
iii Disolución anticipada de la sociedad;

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
8

dad podrá por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, generar, transportar, distribuir y comercializar energía eléctrica. La Sociedad podrá realizar actividades de comercio vinculadas con bienes energéticos y desarrollar cualquiera de las actividades previstas en su objeto, tanto en el país como en el extranjero.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/11/2004

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9362

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2004>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930