Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/1999 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 11 DE MAYO DE 1999

AÑO CVII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.144
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 955.470

DE INTERES
Integra esta edición un
SUPLEMENTO
conteniendo las Resoluciones del Ministerio de Salud y Acción Social Nros. 291/99, 292/99, 293/99, 294/99, 295/99, 296/99, 297/99, 298/99, 300/99 y 325/99, referidas al Código Alimentario Argentino.

1

tada por Decreto Nº 1643 del 23 de agosto de 1990 y la Ley Nº 24.070, reglamentada por el Decreto Nº 1723 del 17 de septiembre de 1992, y CONSIDERANDO:
Que la primera ley citada y su reglamentación establece un régimen de saneamiento de las obras sociales que prevé el financiamiento, por parte del Estado Nacional, de los pasivos originados directamente en sus prestaciones médico-asistenciales o destinados a la subsistencia de sus afiliados, como así también los costos operativos de los servicios asistenciales propios, que aquéllas registraran al 31 de julio de 1989 y que no se encontraren prescriptos.
Que la segunda de las leyes citadas establece que el Estado Nacional se subrogará en los pasivos que registraran las obras sociales, nacidos con posterioridad al 31 de julio de 1989
y hasta el 1º de abril de 1991, originados en prestaciones médico-asistenciales o destinados a la subsistencia de sus afiliados.
Que resulta necesario precisar que las deudas por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, contraídas por las obras sociales se encuentran comprendidas dentro de los alcances de las leyes citadas.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Se encuentran alcanzados por las previsiones de las Leyes Nros. 23.697 y 24.070, los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, adeudados por los sujetos indicados y por los períodos contenidos en dichas normas.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge A. Rodríguez.
Roque B. Fernández.

TITULOS HONORIFICOS
Decreto 459/99

DECRETOS
SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 454/99
Determínase que las deudas por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, contraídas por las obras sociales, se encuentran comprendidas dentro de los alcances de las leyes 23.697 y 24.070.
Bs. As., 29/4/99
VISTO la actuación de P.N. Nº 78.299/98-26, y el Capítulo XXIII de la Ley Nº 23.697, reglamen-

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Créase una distinción honorífica denominada Reconocimiento de la Nación Argentina por su Trayectoria en las Ciencias Médicas en Beneficio de la Humanidad.
Bs. As., 5/5/99
VISTO la propuesta formulada por la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, y CONSIDERANDO:
Que por la misma se gestiona la creación de una distinción honorífica, destinada a reconocer los méritos de los doctores en medicina o investigadores que, por su trayectoria y logros obtenidos, se hayan hecho acreedores a tal reconocimiento.
Que es deber del Gobierno Nacional instituir un régimen mediante el cual se premie a aquellas
auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

personas que, a través de la dedicación y el esfuerzo, hayan alcanzado logros científicos que redunden en beneficio de la humanidad.
Que, por otra parte, resulta de estricta justicia que se distinga post mortem, a los profesionales ya fallecidos, que se hayan destacado por su actuación en el campo de la medicina y la investigación.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Créase una distinción honorífica, denominada RECONOCIMIENTO DE LA
NACION ARGENTINA POR SU TRAYECTORIA
EN LAS CIENCIAS MEDICAS EN BENEFICIO DE
LA HUMANIDAD, que será acordada a doctores en medicina y/o investigadores, argentinos o ex-

SUMARIO
Pág.
ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
Decreto 476/99
Instrúyese al citado Organismo, para que retenga en forma automática, de la recaudación de los importes correspondientes a los pagos efectuados por los contribuyentes de acuerdo con la Ley Nº 19.032 que corresponda al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, las sumas que deba abonar el Instituto en concepto de repago de las facilidades financieras que otorguen y/u organicen las entidades bancarias con las que se acuerde el préstamo, hasta su total cancelación.
ADUANAS
Resolución General 583/99-AFIP
Implementación del Subrégimen IC03 para el arribo de mercaderías en forma fraccionada por la vía terrestre.
COMERCIO EXTERIOR
Disposición 10/99-CEPIPI
Exclúyese a determinadas mercaderías de las obligaciones impuestas por la Disposición Nº 4/
99, referida a la manera de proceder por parte de las empresas de inspección de preembarque de importaciones cuando las mercaderías no se encuentran en contenedores, o vengan en contenedores no precintados.
IMPUESTOS
Resolución General 585/99-AFIP
Impuesto al Valor Agreagado. Prestaciones realizadas en el exterior, que se utilicen o exploten en el país. Ley del impuesto, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, artículo 1º, inciso d. Resolución General Nº 549. Su modificación.

3

4

9

4

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Decreto 475/99
Modifícase el Decreto Nº 2677/91, a fin de diferenciar el arancel que se aplicará a las empresas terminales automotrices radicadas en el país, en relación con la importación de vehículos nuevos, con el objeto de mantener los estímulos de Régimen Automotriz.

3

INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA
Decreto 474/99
Desígnase Vocal del Directorio.

3

MINISTERIO DE CULTURA
Y EDUCACION
Decreto 477/99
Acéptase la renuncia de su titular.

Pág.
PERSONAL MILITAR
Decreto 469/99
Designaciones de Oficiales Superiores en la Fuerza Ejército.

2

Decreto 472/99
Dáse por autorizado el desplazamiento en comisión transitoria de un Oficial Superior a la Base Militar de Kingston, Ontario Canadá, para participar en un curso de Observadores Militares.

3

RADIODIFUSION
Resolución 10.159/99-SC
Modificación de la Resolución Nº 2344/98, en relación con la inclusión de una determinada estación emisora en el Plan Técnico Básico Nacional de Frecuencias del Servicio de FM.

8

SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 454/99
Determínase que las deudas por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, contraídas por las obras sociales, se encuentran comprendidas dentro de los alcances de las leyes 23.697 y 24.070.

1

SISTEMA INTEGRADO DE
JUBILACIONES Y PENSIONES
Decreto 460/99
Modificación de la reglamentación de la Ley Nº 24.241, en relación con los requisitos a cumplir para adquirir la calidad de aportante regular o irregular con derecho, en el desempeño de tareas discontinuas, para la percepción del retiro transitorio por invalidez.

2

TARIFAS
Resolución 644/99-ENRE
Apruébanse los valores del Cuadro Tarifario de EDELAP S.A., con vigencia a partir del 1º de mayo de 1999.

5

Resolución 645/99-ENRE
Apruébanse los valores del Cuadro Tarifario de EDESUR S.A. y EDENOR S.A., con vigencia a partir del 1º de mayo de 1999.

6

TITULOS HONORIFICOS
Decreto 459/99
Créase una distinción honorífica denominada Reconocimiento de la Nación Argentina por su Trayectoria en las Ciencias Médicas en Beneficio de la Humanidad.

1

FE DE ERRATAS
Resolución Nº 420/99-MEYOSP

9

4

CONCURSOS OFICIALES
10

Nuevos Decreto 478/99
Acéptase la renuncia del Secretario de Programación y Evaluación Educativa.

4

Nuevos
Decreto 479/99
Designación de su titular.

4

Nuevos
11

Anteriores
14

Fe de erratas - Res. Nº 26/99 y 27/99 Jurado de Enjuiciamento de Magistrados de la Nación
14

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 471/99
Desígnase Subsecretario de Agricultura, Ganadería y Forestación.

REMATES OFICIALES
11
AVISOS OFICIALES

2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/1999 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/05/1999

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9360

Primera edición02/01/1989

Ultima edición08/06/2024

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