Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/10/2017

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

N=

Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/
E-mail:decretosboletin@entrerios.gov.ar - imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar
Nº 26.276 - 194/17

PARANA, martes 17 de octubre de 2017

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
LEYES
LEY Nº 10521
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º - Créase en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos el Programa Marca Entre Ríos, con el fin de promover políticas públicas orientadas a denominar el origen y promocionar los bienes y servicios producidos en el territorio provincial, ya sea para el comercio interno, nacional o internacional.
Art. 2 - Son objetivos del presente programa:
a Fomentar producciones destinadas en medida significativa a mercados externos, caracterizadas por su designación de origen, y por ser originadas en industrias radicadas en el territorio provincial, con especial énfasis en las PyMES.
b Promover el aumento de la producción de bienes y servicios con mayor valor agregado.
c Estimular el crecimiento del valor de las exportaciones, con la colocación de productos calificados por su designación de origen.
d Favorecer el proceso de inversión industrial, con énfasis en la creación y el desarrollo de las PyMES.
e Propender a la revalorización del territorio, para generar la promoción directa o indirecta de inversiones.Art. 3 - El Estado Provincial será titular de la marca, y será administrada por la autoridad de aplicación de la presente.
Art. 4 - Encomiéndase al Poder Ejecutivo a realizar las acciones pertinentes a fin de registrar la Marca Entre Ríos, en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual, conforme lo
E D ICION: 22 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
dispuesto en la legislación vigente. Así también a realizar gestiones necesarias a efectos de lograr el reconocimiento de la marca, en los organismos nacionales vinculados al comercio internacional de bienes y servicios.
Art. 5 - El Poder Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación, autorizará el uso de la marca a productores y fabricantes de bienes y servicios que cumplan con los requisitos que se fijen en esta ley y en la reglamentación correspondiente.
Art. 6 - Serán requisitos mínimos para acceder al uso de la Marca los siguientes:
a Que el establecimiento elaborador de los bienes, se encuentre radicado en la Provincia de Entre Ríos.
b Que los bienes producidos posean un nivel mínimo de origen provincial en la integración de materia prima, parte y piezas de producción, de modo que privilegie los eslabones regionales de las cadenas productivas.
c Que los bienes fabricados detenten atributos de calidad tal que ameriten el uso de dicha marca.
Al establecerse los parámetros que se fijen con arreglo a lo dispuesto en los apartados a y b de este artículo, la reglamentación de la presente ley deberá contemplar estándares que se consideren apropiados según la especificidad, características y condiciones de cada región sector o rubro industrial de la jurisdicción.
Art. 7 - El Poder Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación, dispondrá las acciones y medidas necesarias para implementar incentivos fiscales, crediticios y de promoción para quienes accedan al uso de la Marca. El Poder Ejecutivo Provincial se encuentra autorizado a convenir con el Poder Ejecutivo Nacional y sus organismos competentes, beneficios, franquicias y exenciones para los bienes y servicios que detenten la Marca Entre Ríos; po-

drá convenir la aceptación de la marca por parte del Poder Ejecutivo Nacional, en los envíos y en el documento que lo acompaña como Denominación de Origen, para los trámites de comercio internacional frente a la Nación.
Art. 8 - El Poder Ejecutivo podrá iniciar las acciones pertinentes contra quienes obtengan usufructo de la Marca, sin cumplir con los requisitos que se fijan en la presente y su reglamentación.
Art. 9 - Establécese que todos los comercios radicados en el territorio de la Provincia deben ubicar los productos adheridos al Programa Marca Entre Ríos, para su exhibición o venta, en un lugar privilegiado en góndola, siendo, a su vez, destacados con la leyenda Prefiera productos entrerrianos. Apoye el trabajo local.
Art. 10 - Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones. Paraná, 26 de septiembre de 2017.
Sergio Daniel Urribarri Presidente Cámara Diputados Nicolás Pierini Secretario Cámara Diputados Aldo Alberto Ballestena Vicepresidente 1º Cámara Senadores a/c Presidencia Natalio J.A. Gerdau Secretario Cámara Senadores Paraná, 11 de octubre de 2017
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Gustavo E. Bordet Mauro G. Urribarri Ministerio de Gobierno y Justicia, 11 de octubre de 2017. Registrada en la fecha bajo el Nº 10521. CONSTE Mauro Gabriel Urribarri.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/10/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha17/10/2017

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2017>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031