Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/08/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD

VILLA DOLORES

LICITACION PUBLICA
LLAMA A LICITACION PUBLICA PARA LA ADQUISICION DE 15.000 M2 DE
MATERIALESADOQUINES-PARA LA CONSTRUCCION DE 16 CUADRAS
DE PAVIMENTO ARTICULADO EN LA CIUDAD DE VILLA DOLORES.- DECRETO N23.391.- Valor del Pliego: $100.000,00 Pesos Cien Mil Lugar de Consulta, Adquisición y Venta de Pliegos: en Secretaria de Gobierno ubicada en el Palacio Municipal, sito en Avda. San Martin N650,se puede adquirir hasta
MUNICIPALIDAD

AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 158
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 23 DE AGOSTO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LA CUMBRE

DECRETO Nº 78 / 2023

la hora 13:00 del día Viernes 01 de Septiembre de 2023.- Presentación de las Propuestas: en Secretaría de Gobierno del Palacio Municipal hasta la hora 10:00 del día Martes 05 de Septiembre de 2.023.- Apertura de las Propuestas:
el día Martes 05 de Septiembre de 2.023 a las 12:30 hs. en Sala de Situaciones del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas ubicado en Avda. San Martín Nº 650.- Fdo Dra. Carolina Maricel Stumpf - Secretaria de Gobierno.3 días - Nº 475207 - s/c - 25/08/2023 - BOE

fdo.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre.- Cr. RUBEN JUSTO
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.

VISTO: La Ordenanza Nº 19/2023 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 03 de Agosto del año Dos Mil Veintitrés.Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 19/2023 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se DESIGNA con el nombre de JOSÉ
MANUEL DE LA SOTA a la calle que parte desde la arteria 25 de Mayo y desemboca en Vázquez Cuesta habilitada actualmente con el nombre de Calle Corrientes. Articulo: 2º DEROGUESE toda disposición municipal anterior, debiendo incluirse en todos los registros municipales provinciales y nacionales al igual que en los sistemas de geo posicionamiento satelital, debiendo comunicarse a todos los vecinos de la presente Ordenanza.
Articulo: 3º OTORGUESE la exención de pago correspondiente al trámite de cambio de domicilio, que implicaría la confección de un nuevo DNI DOCUMENTO NACIONAL DE INDENTIDAD de los frentistas de la calle que parte desde la arteria 25 de Mayo y desemboca en calle Vázquez Cuesta, habilitada con el nombre Calle Corrientes. Articulo: 4º BRINDESE el acto de homenaje correspondiente por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-

ANEXO
1 día - Nº 475242 - s/c - 23/08/2023 - BOE

DECRETO Nº 74 / 2023
VISTO: La Ordenanza Tarifaria recientemente sancionada para el segundo semestre de 2023. El compromiso asumido por este DEM con los Sindicatos SOC y Cosquín.
Y CONSIDERANDO:
Que tanto la recaudación propia como la coparticipación bajaron en los últimos meses, lo que motivo que resultara imposible para este DEM
ofrecer y consecuentemente asumir, un aumento en los haberes de los agentes municipales, sin perjuicio de ello y, ante el cambio de Ordenanza Tarifaria para el segundo semestre 2023, el DEM se comprometió con los sindicatos SOC y Cosquín a otorgar un incremento en proporción a la mayor recaudación estimada.
Que en razón de ello y, a cuenta de la mayor recaudación que se espera para el mes de agosto de 2023, este DEM dispone un incremento salarial para el mes de julio/2023 del 6% respecto de los haberes del mes de Diciembre de 2022.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º DISPONESE un incremento salarial para el mes de Julio de 2023 del 6%seis por ciento respecto de los haberes del mes de Diciembre de 2022 para todos los agentes municipales, todo ello en razón de los fundamentos expuestos en los considerandos del presente.

Articulo: 5º COMUNIQUESE a la Oficina de Personal y demás Áreas Municipales correspondientes.

Articulo: 2º COMUNIQUESE, hágase saber, entréguese copia a la Oficina de Personal Municipal, Comuníquese a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba y, oportunamente, archívese.

DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO
DOS MIL VEINTITRES

DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO
DOS MIL VEINTITRES

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/08/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha23/08/2023

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones1438

Primera edición31/07/2018

Ultima edición30/05/2024

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