Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/08/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

LUNES 7 DE AGOSTO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 145
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD

YACANTO

5

a SECCION

ORDENANZA MUNICIPAL Nº1015/2023.

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD YACANTO
Ordenanza Municipal Nº1015/2023 Pag. 1
Ordenanza Municipal Nº1016/2023 Pag. 1
Ordenanza Municipal Nº1017/2023 Pag. 2
Resolución Hcd Nº12/2023 Pag. 3
Resolución Hcd N13/2023 Pag. 3

VISTO El tratamiento del Proyecto de Ordenanza titulado Renovación de Convenio Impuesto Automotor Unificado.
Y CONSIDERANDO
Que la Administración Municipal acerca la propuesta de continuidad del acuerdo marco que se suscribiera oportunamente con el Ministerio de Finanzas de la Provincia, y que refiere a la percepción del Impuesto a los Automotores disponible en nuestro cuadro tarifario vigente, haciéndolo de manera unificada con su similar tributo provincial, al cual se agrega acordadas con la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, a los fines de sostener un criterio regulador e impositivo general;
Que tal renovación permite al municipio acceder a una bonificación tributaria equivalente al treinta por ciento -30%- para el contribuyente cumplidor, resultando ser beneficioso para un importante número de vecinos que pueden acceder al mismo para los próximos periodos tributarios;
Por ello:

Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulgada por Decreto Nº38 /2023.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pablo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas.
1 día - Nº 470589 - s/c - 07/08/2023 - BOE

ORDENANZA MUNICIPAL Nº1016/2023.
VISTO El tratamiento del Proyecto de Ordenanza titulado Excepcionalidad al Art. 192 Ordenanza 923/2020- Código de Edificación y Zonificación de Villa Yacanto.

ARTÍCULO 4to COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.

Y CONSIDERANDO

Que tras el requerimiento presentado en su oportunidad por la contribuyente Myriam CHUIT, propietaria y referente del Emprendimiento TurísticoEnológico Juana Urbana Viña de Altura emplazada a la vera de la Ruta Provincial S 273-Camino a San Miguel de los Ríosa metros del acceso norte de la localidad, y quien solicita la viabilidad técnica y jurídica para desarrollar parte de su emprendimiento mediante el fraccionamiento de la parcela 2, correspondiente a la manzana 7, y que de acuerdo a la zonificación catastral está vinculada a la Zona 10;
dicha parcela es del tipo urbana, pero la metodología evaluativa rural, cuya superficie del polígono resultante es de 23 Ha 2489,79m2, pretendiendo la subdivisión en veintitrés -23- unidades y un pasillo privado vinculante, en donde la mayoría de las unidades resultantes estarían por debajo de lo indicado en el Código de Edificación y Zonificación de Villa Yacanto.
Que ante esta petición particular la Administración Municipal evalúa como factible y se ajusta a derecho requerir la excepcionalidad a la ordenanza, toda vez que el emplazamiento inmobiliario se encuentra en cercanía de la zona 4, la cual contiene superficies al cincuenta por ciento -50%- de las referidas en la zona 5, no obstante, sería conveniente evaluar las disposiciones del muso del suelo previstas en el Art.194 del CE Y ZVA, pudiendo ello mitigar el impacto ambiental que genera las nuevas urbanizaciones de montaña adyacentes al ejido urbano;
Por ello:

Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria correspondiente a la fecha 27 de julio de 2023, Acta N13/2023.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE VILLA YACANTO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1ro. APRUEBASE el modelo de Convenio de Cooperación y Asistencia Mutua e Integral en materia Recaudatoria suscripto entre el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Villa Yacanto de Calamuchita, para la percepción por parte de los CONTRIBUYENTES de Tasa y /o impuesto a la Radiación de los Automotores y Motovehiculos Patentes de este Municipio, que como Anexo 1 se adjunta y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2do. AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir dicho convenio con el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba, referenciado en el Artículo 1 de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3ro. DÉSE copia la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime corresponder.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/08/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha07/08/2023

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones1416

Primera edición31/07/2018

Ultima edición30/04/2024

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