Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/08/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLVI - Nº 164
CORDOBA, R.A. VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

comercial en Ramón J. Cárcano esq. Rita de Soria de la localidad de Villa Cura Brochero.-

Articulo Nº 5: COMUNIQUESE, DESE COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.-

Y CONSIDERANDO:
Que el solicitante ha cumplimentado con la totalidad de los requisitos exigidos conforme Ordenanza 016/2008, Art. 55 en cuanto se ha acompañado Informe de Obra expedido por el área municipal técnica correspondiente, Libre Deuda de Rentas Municipal e Inspección de Comercio y Bromatología sin observaciones del inmueble cuyo local pretende Habilitar, como queda asentado en la documentación obrante en el respectivo expediente de Comercio. Se ha acompañado asimismo Ficha con los datos a consignar conforme Art. 54 del mismo dispositivo. Que se ha cumplimentado con los requisitos exigidos por Ordenanza 241/2018, Certificado de Inspección de Bomberos Voluntarios, acreditando las condiciones de seguridad del local comercial, Constancia de Antecedentes Jurisdiccional Penales y Contravencionales;
acompaña asimismo Certificado de Uso de Suelo conforme Ordenanza 083/2010. Que encontrándose la totalidad de los requisitos reunidos, es procedente otorgar la habilitación comercial en un todo conforme a Ordenanza 016/2008, Art. 53, 54 y 55, Ordenanza 241/2018 y Ordenanza 083/2010. Que es facultad del Ejecutivo Municipal, en ejercicio del Poder de Policía que le corresponde, el otorgamiento de Habilitaciones Comerciales conforme Art. 49 inc. 19 Ley 8102, Ordenanza 016/2008, Ordenanza 241/2018 y Ordenanza 083/2010.-

FDO: Luis Gustavo Pedernera, Intendente Municipal; Claudio Charras, Secretario de Gobierno y Hacienda.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA
Articulo Nº 1: OTORGAR HABILITACIÓN COMERCIAL, a la Sra.
Ceballos Gladys Noemí, DNI 17.011.509, Autorizando la apertura de un establecimiento en la localidad de Villa Cura Brochero, en el Rubro: Cabañas, nombre de fantasía Alipe con domicilio comercial en Ramón J.
, Cárcano esq. Rita Castro de Soria de la localidad de Villa Cura Brochero, conforme Art. 18 de Ordenanza 241/2018 Tarifaria vigente, partir del día 5 de junio de 2019, conforme constancias obrantes en Expte Nº 11 - Comercio, atento cumplimentar los requisitos exigidos a los fines de obtener Habilitación Comercial, en un todo conforme Ordenanza 083/2010, Art. 4, Ordenanza 241/2018, Ordenanza 016/2008 Arts. 53, 54 y 55 y Ordenanza 197/2016. Articulo Nº 2: La vigencia de la Habilitación dispuesta por el presente, quedara sin efecto a la sola presentación por parte del beneficiario del pedido de baja comercial, ante la sanción de clausura por disposición emanada del Departamento Ejecutivo por las razones que pudieren corresponder, por Baja de Oficio y/O conforme las causas y motivos establecidos en las Ordenanzas vigentes.
Articulo Nº 3: REMITASE copia al Área de Ingresos Tributarios a los fines de la ratificación de creación de Cuenta por Actividad Comercial, Industrial y de Servicios a los fines meramente tributarios y expídase copia al solicitante.
Articulo Nº 4: REFRENDA el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Sr. Claudio Gustavo Charras.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 224582 - s/c - 30/08/2019 - BOE

DECRETO Nº 430/2019
Villa Cura Brochero, 30 de junio de 2019.VISTO: La necesidad de realizar compensaciones internas en el presupuesto de gastos vigente para el año 2019, aprobado mediante Ordenanza 242/2018, promulgada mediante Decreto 447/2018.Y CONSIDERANDO:
Que es facultad del Ejecutivo Municipal efectuar Compensaciones en las Partidas del Presupuesto vigente, conforme Art. 11 de Ordenanza 242/2018.EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO EN USO
DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA
Articulo Nº 1: MODIFIQUESE las siguientes Partidas autorizadas, conforme Art. 11 del Presupuesto vigente, Ordenanza 242/2018, para el año 2019 en las siguientes:
Tipo de Nro. Cta Año Tipo Designación Cta Presup.
Variación
Presup.
Cuenta
Presup.

Ant.
Autor.
PI 112132019
275.000,00

A
Insum cafeteria repat munic 50.000,00
325.000,00

PI 112992018
2.000.000,00

A
Cred adic ref de par bs consumo 00.001.950.000,00

PI 1130702 2019 A
Envios postales 285.000,00
00,00300.000,00
PI 113112018
385.000,00

A
Comisiones u seguros varios 15.000.00 400.000,00

PI 113992019
A Cred adic para ref de part 2.250.000,00-30.000,00 2.230.000,00
PI 131020201 2018 A
Subs a ind particulares 725.000,00100.000.00825.000,00
PI 139 2019
A Cred adic pa rfe de part transf 675.000,00 -100.000,00575.000,00
PI 212010101 2019A
Cordon cunet, alcan, asf, adoq 4.245.000,001.000.000.00 5.245.000,00

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/08/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha30/08/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones1437

Primera edición31/07/2018

Ultima edición29/05/2024

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