Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/08/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLVI - Nº 164
CORDOBA, R.A. VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

DECRETO 39/19
En Adelia María, Departamento Río Cuarto, Provincia de Córdoba, a los trece días del mes de Junio de 2019
Y visto: Que mediante Ordenanza Nº 1251/17, se declaró de utilidad pública y pago obligatorio a cargo de los frentistas, bajo el régimen de Contribución por Mejoras alcanzados por la ejecución total o parcial de la OBRA
, DE CONSTRUCCION DE REDES DE DISTRIBUCION DOMICILIARIA DE
GAS NATURAL a ejecutarse en la localidad de Adelia María, sus obras complementarias y accesorios.
Que en los próximos meses se dará inicio a la ejecución de la primera etapa de la denominada Obra Red de Gas Natural a vecinos de Barrio 114
Viviendas de Adelia María correspondientes a las manzanas A B C D
, , , , E y 177 y sus respectivos cruces, cuya denominación de proyecto en la empresa Ecogas es DC 00463/060- etapa 1 y 2
.

Que la ejecución de la obra estará a cargo de la empresa Constructora Guiar SRL, la cual fue contratada, conforme la legislación vigente, a través de contratos respectivos a cada manzana y celebrados en fechas 28 de octubre de 2018, 15 de noviembre de 2018, 10 de diciembre de 2018, 15 de febrero de 2019, 15 de marzo de 2019 y 24 de abril de 2019.
Que el costo total de la obra sumando las seis 6 manzanas y sus respectivos contratos, asciende a la suma de pesos dos millones seiscientos ochenta mil $ 2.680.000,00, que de acuerdo a lo establecido por la ordenanza 1251, artículo 12, el monto que deberá abonar cada vecino resultará de dividir la sumatoria entre el costo real de la obra y el Costo del Fondo Municipal para la ampliación de redes e instalaciones de gas con el número de unidades contributivas que se determine, que en estas etapas 1 y 2 asciende a 115 unidades tributarias más la aplicación del Índice de la Cámara de la Construcción acumulado al mes de agosto de 2018, que es 283,60.
Y considerando:
Que el artículo 11º, incs. 1 al 7, de la Ordenanza Nº 127/16 establece que la Municipalidad podrá constituir un Fondo Municipal para la Instalación y/o ampliación de la Red Urbana Domiciliaria de Gas con el , fin de atender las erogaciones que le demanden el pago frente a terrenos municipales, de obras complementarias no incluidas en el contrato, de los excesos confiscatorios, si los hubiere; de los honorarios y gastos de Inspección y Dirección Técnica, de los gastos administrativos y de gestión de cobranzas, de obras frente a terrenos pertenecientes a personas de escasos recursos previamente analizados, con informe socioeconómico aprobado y para prever casos especiales.

Que el costo total de la obra acordado con la empresa CONSTRUCTORA GUIAR SRL, sumando las seis 6 manzanas y sus respectivos contratos, asciende a la suma de pesos dos millones seiscientos ochenta mil $
2.680.000,00, a los que se deberá adicionar el diez 10% por ciento fijado como Fondo Municipal, en un todo de acuerdo con los artículos 11 y 12 de la Ordenanza 1251/17, por lo que el monto que deberá abonar cada vecino resultará de dividir la sumatoria entre el costo real de la obra y el Costo del Fondo Municipal para la ampliación de redes e instalaciones de gas con el número de unidades contributivas que se determine, que en estas etapas 1 y 2 asciende a 115 unidades tributarias más la aplicación del Índice de la Cámara de la Construcción acumulado al momento de ejecución de la obra, partiendo del índice vigente al mes de agosto de 2018 283,60, lo que arroja la suma total de pesos veinticinco mil seiscientos treinta y cuatro c/77/100 $ 25.634,77.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que se halla creada la Cuenta Especial Obra Ampliación Red de Gas Natural 1.1.2.03.05 del Proyecto de Plan de Ingresos del Presupuesto 2018 Ord. Nº 1318/18, a los fines de que las recaudaciones y pagos se efectúen a través de la misma.
Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ADELIA MARIA
D E C R ETA
Artículo 1º: DECLARESE, conforme lo prescribe la Ordenanza Nº 1251/17, de utilidad pública y pago obligatorio a cargo de los frentistas, bajo el régimen de Contribución por Mejoras alcanzados por la ejecución total , o parcial de la OBRA DE CONSTRUCCION DE REDES DE DISTRIBUCION DOMICILIARIA DE GAS NATURAL a ejecutarse en la localidad de Adelia María, sus obras complementarias y accesorios denominada Obra Red de Gas Natural a vecinos de Barrio 114 Viviendas de Adelia María correspondientes a las manzanas A B C D E y 177 y sus respectivos , , , , cruces, etapas 1 y 2.
Arículo 2.- ESTABLÉCESE que el costo por unidad tributaria del plan Obra Red de Gas Natural a vecinos de Barrio 114 Viviendas de Adelia María etapas 1 y 2 asciende a la suma de pesos pesos veinticinco mil seiscientos treinta y cuatro c/77/100 $ 25.634,77, monto que podrá ser abonado del siguiente modo:
1.- De contado.
2.- Hasta en veinticuatro 24 cuotas con aplicación del Índice de la Cámara de la Construcción de la Republica Argentina como método del pago de cada cuota. Monto ajustable con el índice de la construcción a nivel general al mes de agosto de 2018, que es 283,60.
Artículo 3.- AUTORIZASE la apertura del el Libro de Oposición para la Obra Red de Gas Natural a vecinos de Barrio 114 Viviendas de Adelia María etapas 1 y 2, correspondientes a las manzanas A B C D E y , , , , 177 y sus respectivos cruces, por aplicación del art. 4 de la Ordenanza 1251/17, a partir del día 24 de junio y por el plazo de 30 días, el que se encontrará a disposición de los frentistas en mesa de entradas del edificio municipal, de lunes a viernes, en el horario de 8 a 12 hs.
Artículo 4º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.
5 días - Nº 224741 - s/c - 02/09/2019 - BOE

DECRETO 41/19
En Adelia María, Dpto. Rio Cuarto de la Provincia de Córdoba, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil diecinueve, y VISTO: La resolución Serie A N 000592/2019 de fecha 12 de julio de 2019, emanada de la Caja de Jubilación, Pensiones y Retiros de Córdoba, mediante la que se acuerda la Jubilación por Invalidez en forma provisoria de la Ley 8024 a la Agente Municipal GARNERO, ANALIA ESTHER, CUIL
23-12962233-4, y Y CONSIDERANDO:
Que conforme a las prescripciones de la Ley N 8024, doctrina y jurisprudencia en la materia corresponde la suspensión del vínculo laboral
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/08/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha30/08/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones1427

Primera edición31/07/2018

Ultima edición14/05/2024

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