Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/08/2019 - 5º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLVI - Nº 155
CORDOBA, R.A.VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
Artículo 1.- INCLÚYASE la categoría de uso de suelo comercial del cuadro N 1, clases periódicas u ocasionales, tipo de servicios, categoría 6 salones de fiestas, a los siguientes patrones del Código de Urbanismo y Edificación:
R2: sólo comprendido sobre calle Catamarca, entre calles Córdoba y Norberto Dutari.
R3: sólo comprendido sobre calle Hipólito Irigoyen entre calles San Luis y Entre Ríos.
R4: sólo comprendido sobre calle Jerónimo del Barco, entre calles Los Ranchos y San José.
Artículo 2.- ENTIÉNDASE por salones de fiestas, a todo establecimiento que cumpla las exigencias de adecuación sonora, medidas de seguridad y demás requisitos establecidos en ordenanzas municipales vigentes y pueda desarrollar actividades exclusivas de fiestas familiares,
gastronómicas, infantiles, no contemplándose la actividad de pub boliches bailables y afines.
Artículo 3.- LAS autorizaciones para la instalación de los comercios respectivos en las zonas mencionadas se harán a través de un Decreto del D.E.M.
donde constarán los deberes y obligaciones que deberán cumplir los mencionados comercios y donde se dejará expresa constancia que dichos permisos serán revocados si no se cumplen con los requisitos preestablecidos.
Artículo 4.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante a los seis días del mes de agosto de dos mil diecinueve.
VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN
1 día - Nº 223430 - s/c - 16/08/2019 - BOE
Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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