Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/04/2019 - 5º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

i Disponer la ejecución de medidas de apoyo a otras comunas o municipios, de conformidad con los acuerdos de ayuda mutua que se haya suscripto o se suscriban en el futuro.

AÑO CV - TOMO DCLII - Nº 73
CORDOBA, R.A. MARTES 16 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

NIVEL I: Emergencia de nivel local donde se supera la capacidad de respuesta de la jurisdicción municipal/comunal desastre a nivel local; este nivel es la base de la pirámide y, por ende, el más importante de la Defensa Civil.

Protección Ciudadana:
j Colaborar desde Protección Ciudadana con la Policía de la Provincia de Cordoba en la implementación de medidas preventivas tendientes a la mejora del sistema de seguridad provincial.
k Coordinar permanentemente con las fuerzas de seguridad, los esfuerzos tendientes a reducir los índices de violencia urbana y las causas de los delitos, mediante políticas activas de integración e inclusión social; colaborando con la investigación y esclarecimiento de los mismos.
l Analizar y compartir conjuntamente con las fuerzas de seguridad, la información pública disponible, necesarias para diseñar las políticas públicas correspondientes e implementando las acciones conducentes que contribuyan a una Sociedad armoniosa, pacífica y tolerante.
m Generar proyectos integrales de Protección Ciudadana, incluyendo la prevención de accidentes viales, solución pacifica de conflictos, disminución de los factores causales del delito; mediante procesos de educación, práctica de deportes, fortalecimiento de vínculos comunitarios y solidarios.
Articulo 4º. Funciones: Son funciones de la Defensa Civil y Protección Ciudadana:
Previsión: analizar y estudiar riesgos.
Prevención: adoptar medidas para evitar o reducir las situaciones de riesgos potenciales.
Planificación: elaborar los planes de emergencia y desarrollo de servicios públicos.
Monitoreo y atención: implementar un sistema único de recepción de llamadas, despacho de llamadas y monitoreo urbano.
Coordinación: coordinar y optimizar todos los esfuerzos y recursos locales disponibles.
Intervención: actuar para proteger y socorrer a las personas, animales, y resguardar bienes.
Mantenimiento y rehabilitación: restablecer los servicios públicos esenciales.
Reconstrucción: restablecer y mejorar las condiciones de vida posteriores al desastre en la zona afectada.
Articulo 5º. Niveles Defensa Civil: Cuando la magnitud e intensidad de la emergencia es tal que los recursos de la jurisdicción son insuficientes para la respuesta, el mandatario debe declarar la emergencia y requerir el apoyo de la Provincia. A los efectos de clarificar la ejecución de las acciones de protección de la Defensa Civil, se distinguen cuatro 4 niveles, que deben actuar de acuerdo a la magnitud de la emergencia en forma coordinada y en muchos casos simultáneamente; ellos son:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Nivel II: Cuando el siniestro hace necesaria la participación regional o multisectorial desastre a nivel provincial.
Nivel III: Cuando el siniestro hace necesaria la participación de recursos nacionales desastre a nivel nacional.
Nivel IV: Cuando las capacidades de respuesta a nivel nacional fueron superadas desastre a nivel internacional.

Articulo 6º. Consejo Municipal de Defensa Civil y Protección Ciudadana: Créase el Consejo Municipal de Defensa Civil y Protección Ciudadana que estará conformada de la siguiente manera:
Presidente: Intendente Municipal o su reemplazante legal en caso de ausencia.
Vocales: Secretario de Desarrollo Urbano, Secretario General y de Gobierno, Subsecretaria de Desarrollo Humano, un representante de Bomberos Voluntarios, representante de la Cooperativa de Luz y Fuerza Ltda., un representante de la Cooperativa de Agua Corriente y Teléfonos, un representante de la Policía de la Provincia de Córdoba, un representante de Organización Red Solidaria Villa General Belgrano, un representante de cada Centro Vecinal reconocido, un representante del Centro de Comercio Industria y Turismo, un representante de la Asociación Empresaria Hotelera y Gastronómica de Calamuchita.- Las Instituciones que participan del Consejo, gozaran de autonomía para nombrar al miembro que la representará conforme sus estatutos y normas que reglamentan su organización, debiendo comunicar a la presidencia la designación del mismo.
Articulo 7º. Organización y funcionamiento del Consejo Municipal de Defensa Civil y Protección Ciudadana:
Comisión Ejecutiva: Desarrollara funciones ejecutivas y operativas; será coordinada por el Intendente Municipal; y estará conformada por: Secretario de Desarrollo Urbano, Secretario General y de Gobierno, Subsecretaria de Desarrollo Humano, un representante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios y un representante de Policia de la Provincia de Cordoba. Sera convocada por el Intendente Municipal y se constituirá en Comando de Operaciones de Emergencia en caso de ser necesario.
Comisión Asesora: Desarrollara tareas de estudio, asesoramiento y planificación. Sera coordinada por el Intendente Municipal y se conformara con los representantes de los representantes de las distintas Instituciones del Consejo de Defensa Civil y Protección Ciudadana. Podrá convocar a personas, instituciones u organismos que aporten al cumplimiento de sus funciones. Sera convocado por el Intendente Municipal o por el Concejo Deliberante.
Reuniones Ordinarias: El Consejo de Defensa Civil y Protección Ciudadana se reunirá ordinariamente de manera mensual entre los meses de Marzo y Diciembre.
Reuniones extraordinarias: El Consejo de Defensa Civil y Protección Ciudadana se reunirá por convocatoria del Intendente Municipal y estará en
4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/04/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha16/04/2019

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones1428

Primera edición31/07/2018

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930