Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/04/2019 - 5º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MARTES 30 DE ABRIL DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 81
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
COMUNA de
LAS PLAYAS

RESOLUCIÓN N

5

a SECCION

09/2019.Las Playas, 28 de marzo 2019.-

Visto: La posibilidad de adjudicar lotes que posee la comuna, ubicados en inmueble que se identifica como un lote que forma parte de uno de mayor superficie, identificado con nomenclatura catastral 14010000100001000000HD, , a los fines de posibilitar que los adjudicatarios accedan a la vivienda propia.-

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
COMUNA de LAS PLAYAS
Resolución N 09/19 Pag. 01
municipalidad de COSQUIN
Decreto N 0102/19 Pag. 02
Decreto N 0103/19 Pag. 02
Decreto N 0104/19 Pag. 03
Decreto N 0106/19 Pag. 03
Decreto N 0105/19 Pag. 04
Decreto N 0107/19 Pag. 04
Decreto N 0108/19 Pag. 05
Ordenanza N 3731/19 Pag. 05
Ordenanza N 3732/19 Pag. 07
Ordenanza N 3733/19 Pag. 08

Y CONSIDERANDO:
Que dichos lotes resultan aptos para viviendas. Que, el inmueble donde se encuentran los lotes en cuestión son poseídos de manera pública, pacifica e ininterrumpida por la Comuna de Las Playas, desde hace más de treinta años. Que, adjudicar dichos lotes de manera legal y efectiva a personas determinadas resulta una solución para facilitar a los vecinos de viviendas dignas y propias.
Que, los lotes a adjudicar resultan ser siete, debidamente identificados en el plano confeccionado por el ingeniero Gustavo Bracamonte M.P 4066
y que forma parte de la presente resolución.
Que, teniendo en cuenta los postulantes a dichos lotes, se ha determinado adjudicar los mismos de manera definitiva a las personas que en la parte resolutiva de detallan e identifican. Que, el inmueble donde se ubican los lotes se identifica como: un lote que forma parte de otro de mayor superficie, ubicado en Comuna de Las Playas, que colinda con calle publica contigua a Polideportivo Las Playas.
Que el otorgamiento de los lotes, no implicaran costo de ninguna índole para los Beneficiarios adjudicatarios.
Que a los fines de la adjudicación se ha considerado las condiciones de los beneficiarios y su carencia de vivienda.Por ello:
La Comisión de la Comuna de Las Playas en uso de sus atribuciones R E S U E LV E
ARTICULO 1: ADJUDICAR lotes, ubicados en terreno contiguo al Polideportivo de la localidad de Las Playas, los que se identifican en el plano confeccionado por el Ing. Gustavo Bracamonte, y que forma parte del presente como Anexo I, a las personas que se identifican a continuación:
a-Lote N 1, de una dimensión de 21 metros de frente, por 15,50 metros de fondo, al Sr. MALDONADO, Sebastián, DNI 31.279.794.- B-Lote N 2, de una dimensión de 22 metros de frente por 15,50 metros de fondo, a la Sra. PAVON, Norma Beatriz, DNI 27.877.316.- C-Lote N 3 de una BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

dimensión de 21 metros de frente por 15,50 metros de fondo, al Sr. DIAZ, Nicolás Antonio, DNI 34.266.410.- D-Lote N 5, de una dimensión de 21
metros de frente por 15,50 metros de fondo, a la Sra. MENA, Betiana Beatriz, DNI 35.473.981- E-Lote N 6 de una dimensión de 21 metros de frente por 15,50 metros de fondo, al Sr. MOYANO, Eduardo Alejandro, DNI 29.740.636.- F-Lote N 7 de una dimensión de 21 metros de frente por 15,50 metros de fondo, a la Sra. RIVERO, Daniela Magdalena, DNI
39.324.459. ARTICULO 2 CELEBRESE contrato privado de cesión gratuita de derechos posesorios, a fin de formalizar la misma. ARTICULO 3: Serán obligaciones de los adjudicatarios: a Destinar el lote adjudicado a la construcción de vivienda para uso personal y familiar, debiendo respetarse las normas vigentes para tal fin.- b Mantener la vivienda en buen estado.- cObedecer y respetar las pautas y normas de convivencia, que a continuación se detallan, impuestas por la Comuna o aquellas que en un futuro impongan los vecinos que actualmente y en un futuro sean beneficiarios de adjudicaciones de lotes efectuados por la comuna:
1 Los jardines del frente de las viviendas deben mantenerse limpios y ordenados. Se prohíbe utilizarlos como depósito de basura, trastos u objetos en desuso, a fin de evitar la proliferación de roedores, etc., que producen contagio de enfermedades. Dichos sectores, no podrán destinarse como lugar para realizar asados, ni podrán utilizarse para colocar elementos que permitan colgar ropas. Deberán utilizarse solamente como espacio verde dentro del inmueble.
2 Los residuos domiciliarios, sin perjuicio de las normas comunales que regulan su recolección de la vía pública, deberán ser colocados en bolsas y/o canastos, prohibiéndose su depósito en los baldíos inmediatos que hubiera en el lugar, o arrogarlos en la vía pública.

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/04/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha30/04/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1414

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930