Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2013 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 18 de junio de 2013

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BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXXI - Nº 99

SECCIÓN
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS

Cuarta Sección
AÑO C - TOMO DLXXX - Nº 99
CORDOBA, R.A., MARTES 18 DE JUNIO DE 2013

Y

CONTRATACIONES

EN

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
GENERAL

PRIMERA PUBLICACION
OFICIALES
CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Resolución General N 07/2013 - Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria - Visto:
La Resolución General N 06/2013, por la cual el Directorio dispone, ad referéndum de la Asamblea Extraordinaria, eximir por el término de un año, de tributar el aporte que establece el inc. a del Art. 7 de dicho texto legal, a los afiliados de hasta 29 años que se afilien por primera vez a la Caja de Previsión, y que cumplan el requisito de inscripción dentro de los nueve 9 meses de obtenido su título profesional. Considerando: Que la propuesta efectuada por el H. Directorio, lo es con sujeción al orden jurídico todo, dentro del cual el Ente Previsional está inmerso y la facultad discrecional de apreciación de la autoridad quien, realizando una valoración un tanto subjetiva ejerce sus potestades en el caso concreto. Que es facultad del Directorio convocar a Asambleas Extraordinaria de afiliados activos y jubilados cuando asuntos especiales así lo requieran, tal lo prescripto por el art. 39 de la Ley 8349 T.O.. Por ello, El Directorio de la Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba Resuelve: Artículo 1: Convócase a Asamblea General Extraordinaria a los Sres. Afiliados Activos y Jubilados de la Institución para el día 12 de julio de 2013 a las 17:00 horas, en su Sede Central de Av. Hipólito Yrigoyen N 490 de la Ciudad de Córdoba, la que se desarrollará conforme a lo dispuesto por los art. 39, 40 y 41 de la Ley 8.349 texto ordenado 2012 y Resolución Reglamentaria N 04/99, para considerar el siguiente:
Orden del Día: Designación de dos asambleístas para firmar el acta. Artículo 1: Aprobación de la Resolución General N 06/2013 del Directorio. Artículo 2: Regístrese, publíquese y archívese. Córdoba, 06 de junio de 2013. Directorio.
N 13936- $ 573,60
CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Resolución General N 06/2013 - Eximición de Aportes Personales a Jóvenes Profesionales - Visto: La necesidad de la Institución como Organismo de la Seguridad Social de incentivar la afiliación de los jóvenes profesionales. Considerando: Que dentro del marco de la política Institucional dirigida a los jóvenes egresados, se han adoptado por parte de la Caja de Previsión Social diferentes medidas para facilitar su consolidación profesional. Que eximir a los afiliados incluidos en la primera línea de la escala etaria del art.7 inc. a de la Ley 8349 T.O. 2012 hasta 29 años de edad-, de ingresar por un tiempo determinado los aportes jubilatorios, permitiría complementar la política de apoyo referenciada. Que el período de tiempo eximido se computaría a los fines jubilatorios para alcanzar el requisito de los 30 años pero no así para la bonificación por aportes excedentes prescripta por el art. 30 Ter inc. a. Que la propuesta efectuada, lo es con sujeción al orden jurídico todo, dentro del cual el Ente Previsional está inmerso y la facultad discrecional de apreciación de la autoridad, quien, realizando una valoración un tanto subjetiva ejerce sus potestades en el caso concreto. Por ello, lo normado en el art. 37 de la Ley 8.349 T.O. 2012; El Directorio de la Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba Resuelve: Artículo 1:
Eximir por el término de un año -ad referéndum de la Asamblea Extraordinaria convocada a tal efectoa los jóvenes profesionales de hasta 29 años de edad, que hayan solicitado a partir de la vigencia de la Ley 8349 TO.2012, esto es, el 03.05.12, o soliciten a partir de la presente resolución, su afiliación por primera vez a la Caja de Previsión Social dentro de los nueve 9
meses de obtenido su título profesional o certificado provisorio, de tributar el aporte que establece el inc. a del Art. 7 de dicho texto legal, con el límite del valor del aporte correspondiente al primer tramo etario de la categoría A. Artículo 2 Para los profesionales mencionados en primer término en el artículo anterior, esto es, quienes ya están afiliados a la
fecha de la presente resolución, dicha eximición comenzará a correr a partir del 01.08.2013.
Artículo 3: El año de aportes no ingresado en función de lo prescripto precedentemente, será considerado como año de servicios con aportes, a los efectos de cumplimentar con los requisitos establecidos en el Art. 19 de la Ley 8.349 T.O. 2012, siempre que continúe afiliado por el término mínimo de cinco 5 años consecutivos a partir de la primera afiliación.
Artículo 4: En caso de producirse durante el año de eximición de aportes, un hecho generador de algunas de las prestaciones previstas en la Ley 8.349, a los efectos de la determinación del haber y de lo establecido en el Art. 32 de la normativa mencionada, deberán ser considerados como aportantes regulares. Artículo 5: Establecer la vigencia de la presente a partir de su aprobación por Asamblea Extraordinaria. Artículo 6: Regístrese y publíquese. Córdoba, 06
de Junio de 2013. Directorio.
N 13935 - $ 960,30
TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
El Sr. Secretario por Actuaciones de Faltas Gravísimas del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, corre VISTA art. 72 del R.R.D.P. Anexo "A" del Decreto N 1.753/03 y modif. al Agente MARIO JAVIER QUINTEROS D.N.I. N 34.284.619, con último domicilio conocido en calle Atilio Sueldo N 1179 B Cerro del Sol de la Ciudad de Dean Funes, para que en el término fatal de 05 cinco días hábiles administrativos presente alegato del Informe Cierre del Sumario Administrativo Expte N 1004208 que a continuación se transcribe INFORME DE CIERRE DE
SUMARIO Sres. Miembros del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario: PLANTEO: El Secretario de Actuaciones por Faltas Gravísimas de la Oficina de Investigaciones y Aplicación de Sanciones, en el Sumario Administrativo N 1004208, en función de lo previsto en el Art. 71
del R.R.D.P. Anexo "A" del Decreto 1753/03 y Modif., comparece y dice que estima que se ha concluido la investigación del presente Sumario seguido en contra de: INDIVIDUALIZACION
DEL IMPUTADO: MARIO JAVIER QUINTEROS, D.N.I. N 34.284.619, argentina, de 26 años de edad, nacido el día seis del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis, personal policial con la jerarquía de Agente, ingresó a la Repartición con fecha quince de diciembre del año dos mil nueve, quien se desempeña en la División Policía Turística de la Policía de la Provincia de Córdoba, por el hecho que a continuación se relata. II EL HECHO: Que el encartado Agente MARIO JAVIER QUINTEROS D.N.I. N 34.284.619, adscripto al Destacamento Las Violetas se habría encontrado de Licencia Médica prolongada desde el día 22/08/2012 hasta el día 26/10/12 inclusive. Que hasta el día 06/12/12 el incoado no se habría hecho presente a regularizar su situación Medica - Laboral, es por ello que personal del Destacamento Las Violetas con fecha 27/10/12; 29/10/12 y 30/10/12 habrían procedido a enviar las citaciones a la Ciudad de Dean Funes lugar de residencia del Encartado, no obteniendo ningún tipo de respuesta de su parte. Asimismo desde el Departamento Medicina Laboral informaron que la causante se encontraba de licencia médica prolongada hasta el día 26/10/12 inclusive, no justificando el Agente QUINTEROS, su ausencia al servicio desde esa fecha hasta el 06/12/12, en que se dispuso su pase a situación pasiva medida que aun persiste. Constituyendo su accionar un abandono de servicio por más de cuarenta y ocho horas. III LA PRUEBA Obran en el presente Sumario los siguientes elementos probatorios DOCUMENTAL, INSTRUMENTAL E INFORMATIVA: Informe producido por el Comisario CARLOS AVILA Ver Fs. 02, informe del Departamento Medicina Laboral Ver Fs. 03, Citaciones efectuadas al domicilio del encartado, Ver Fs. 04/06, Antecedentes Médicos Laborales Ver Fs. 12/13 y 46/47, Concepto Funcional Ver Fs 39, Planilla de Constancia de Servicio Ver fs.
42, Circular 344 Producida por Subjefatura ver fs 49 y demás constancias obrantes en el actuado. Administrativamente revista en Situación Pasiva desde el día 06 de Diciembre de 2012. IV DECLARACIÓN DEL IMPUTADO: IV DECLARACIÓN DEL IMPUTADO: Pese a haber citado para su comparendo en el domicilio fijado por el encartado ver fs. 52 y 56 a efectos que ejerza el legítimo derecho de defensa que la ley le confiere, no se logró el comparendo del Agente MARIO JAVIER QUINTEROS, pese a haberse agotado las vías le-

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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2013 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha18/06/2013

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones3973

Primera edición01/02/2006

Ultima edición16/05/2024

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