Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/11/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 210
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

la Ruta Nacional N 36, según Ley N 10.175, e individualizado por Resolución N 119/2014 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 676/2014, ubicado en el lugar denominado Los Pozuelos, Pedanía Las Peñas, Departamento Río Cuarto de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula N 619.267, con una superficie a afectar de 1 ha. 7.218 m2; y, consecuentemente, APRUÉBASE el Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, que como Anexo I, compuesto de once 11 fojas útiles, integra el presente Decreto, suscripto entre la empresa Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y el señor Lucio Ramón GIULIANO, D.N.I.
N 21.406.155, en carácter de titular del mencionado bien, por la suma total, única y definitiva de Pesos Ciento Ochenta y Nueve Mil Trescientos Noventa y Ocho $ 189.398,00, destinado a la ejecución de la obra: DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N 36 - TRAMO: ESTACIÓN
DE PEAJE TEGUA BERROTARÁN VARIANTE ELENA DEPARTAMENTO RÍO CUARTO.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de Estado.

viene de tapa
MINISTERIO DE FIANZAS
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
Resolución Interna N 3595 Pág. 8
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N 32 Pág. 8
Resolución N 33 Pág. 9
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución N 397 - Letra:A Pág. 10
CAMARA CIVIL, COMERCIAL, DE FAMILIA Y DEL TRABAJO - Marcos Juarez AUTO Nº: 434 Pág. 10

Provincial de Vialidad, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / RICARDO ROBERTO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO / JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, pase a la Dirección
Decreto N 1229
Córdoba, 16 de octubre de 2019
VISTO: el Expediente N 0521-059201/2018 del registro del Ente Regulador de Servicios Públicos ERSeP.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del ERSeP propicia la aprobación del Convenio Definitivo de Adquisición de inmueble por Avenimiento, ubicado en el lugar denominado Los Pozuelos, Pedanía Las Peñas, Departamento Río Cuarto de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en relación a la Matricula Nº 1.602.582, con una superficie a afectar de 3.802 m2, suscripto en el mes de febrero de 2018, entre Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y los señores Lucio Ramón Giuliano y Américo Antonio Giuliano, en carácter de titulares del mencionado bien, y la señora Hilda María Manasero, como ex esposa del segundo de los nombrados; para ser destinado a la ejecución de la obra DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N 36 TRAMO:
ESTACIÓN DE PEAJE TEGUA BERROTARÁN VARIANTE ELENA DEPARTAMENTO RÍO CUARTO.

Que el mencionado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica conforme lo dispuesto por la Ley N
10.175, que declara en dicha condición a todos aquellos bienes que fueran necesarios para la ejecución de la Red de Acceso a Córdoba RAC correspondientes a la Ruta Nacional N 36, e individualizado por Resolución N 119/2015 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegas por Decreto N 676/2014, con destino a la obra pública citada anteriormente, siendo la superficie a afectar de 3.802 m2, de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ANEXO

A. Castillo, y visado por la Dirección General de Catastro en el Expte. N
0033-098855/2016, con fecha 6 de julio de 2016.

Que luce incorporado el Convenio de que se trata, así como su antecesor suscripto entre las mismas partes el 23 de septiembre de 2015, por el cual los propietarios vendieron y transfirieron la fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada conforme Plano de Afectación CS-PXRN36300-ROA para la ejecución de la obra de que se trata, encerrando una porción afectada de aproximadamente 3.468,31 m2, sujeta a determinación mediante el correspondiente plano de mensura; asimismo, hacen entrega de la posesión, abonando la empresa parte del precio a cuenta del que en definitiva fijara el Consejo de Tasaciones; en tanto, se acompaña la documentación que acredita la calidad de los suscriptores de los Convenios en cuestión.
Que en el Convenio Definitivo bajo examen se consigna que las partes fijan de común acuerdo el precio de la fracción expropiada del inmueble en la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Veinticuatro $
45.624,00, importe que coincide con lo establecido mediante Resolución N 8949/2016 del Consejo General de Tasaciones, más un 10%, conforme lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N 6394, lo que hace un importe total, único, definitivo e irrevocable de Pesos Cincuenta Mil Ciento Ochenta y Seis con Cuarenta Centavos $ 50.186,40.

Que asimismo, se consigna que la Provincia abona a los propietarios el saldo restante mediante cheques, los cuales serán imputados al pago total, único y definitivo.
Que la transferencia del dominio del inmueble a favor del Estado Provincial será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N
6394.
Que procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Definitivo de que se trata, conforme se gestiona, ello por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y 21 de la Ley N 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/11/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha06/11/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4130

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/05/2024

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