Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/09/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

referidas federaciones, solicitando la apertura del procedimiento de recomposición tarifaria para las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba en el marco de las previsiones del artículo 11º de la Resolución General ERSeP
Nº 89/2018.
Que en consecuencia, con fecha 28 de agosto de 2019, este Organismo dictó la Resolución General Nº 49/2019, aprobando el ajuste tarifario a aplicar por las Cooperativas Eléctricas según el grupo al que correspondieran, conforme lo detallado en el articulado de la citada disposición, exceptuando de dicho incremento a las Cooperativas que no hubieran dado cumplimiento a los requisitos exigibles, hasta la fecha de solicitud de la recomposición.
Que asimismo, la Resolución General ERSeP Nº 49/2019 estableció los aumentos autorizados y las Cooperativas por ella alcanzadas, a la vez que, por medio de su artículo 7º, la misma dispuso que para las Cooperativas Concesionarias no alcanzadas por los ajustes enumerados precedentemente, en el marco del presente procedimiento y la Audiencia Pública celebrada con fecha 21 de diciembre de 2018, con el objeto de poder aplicar los incrementos que correspondan, la debida solicitud e información requerida deberá ser formalmente presentada y/o acreditada por cada interesada ante el ERSeP, a partir del mes de junio de 2019, para su evaluación y consideración, si resultara pertinente .
III. Que conforme constancias de autos, lucen agregadas a los presentes actuados y/u obran en la Gerencia de Energía Eléctrica, comprobantes del cumplimiento de los requisitos referidos, por parte de Cooperativas que no presentaran oportunamente la información técnica requerida.

Que asimismo, luce incorporado Informe de fecha 11 de septiembre de 2019, confeccionado por el Departamento de Administración y Economía del ERSeP, o bien constancias de pago presentadas por las prestatarias, acreditando el cumplimiento respecto de la Tasa de Regulación exigida para el presente procedimiento.
Que todo ello resulta atendible en lo relativo a las Cooperativas que hubieran dado cumplimiento a los requisitos preestablecidos, con posterioridad al dictado de la Resolución General ERSeP Nº 49/2019.
IV. Que con respecto a la Tasa de Regulación, conforme constancias incorporadas en autos, se advierte que en oportunidad de emitir la Resolución General ERSeP Nº 49/2019, resultaron incorrectamente registradas algunas Cooperativas, como adeudando tal concepto, ello en virtud del Informe del Departamento de Administración y Economía del ERSeP, de fecha 20
de agosto de 2019.
Que así las cosas, las Distribuidoras bajo análisis acreditaron el oportuno cumplimiento de sus obligaciones ante dicho Departamento y/o ante la Gerencia de Energía Eléctrica del ERSeP, por lo cual esta Administración debe oficiar conforme al derecho, a los fines de subsanar dicha situación.

Que al respecto, conforme a lo establecido por el artículo 110 de la Ley Nº 5350 T.O. Ley Nº 6658 -Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Córdoba-, esta administración puede proceder a la rectificación de los errores materiales advertidos.
Que en suma, este Organismo de Control y Regulación -autoridad administrativa para decidir en última instancia-, puede analizar los actos emitidos por la misma, para con ello evaluar un posible error material producido en su pronunciamiento, conforme a la facultad privativa que le asiste a la propia Administración, según lo establecido por en el plexo normativo de aplicación.

Que con ello, es correcto proceder a realizar un detallado análisis de la Resolución General en cuestión, a los fines de determinar el error material involuntario producido en su pronunciamiento, máxime cuando la aplicaBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 178
CORDOBA, R.A. JUEVES 19 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ción de dicho acto administrativo puede provocar un perjuicio a los usuarios del servicio de energía eléctrica y/o a las propias Prestadoras.
Que en suma, en virtud del análisis expuesto precedentemente, corresponde proceder a la revisión de conformidad con las facultades de esta Administración.
Que atento a ello, cabe rectificar el alcance de la Resolución General ERSeP Nº 49/2019, haciéndola comprensiva de los casos bajo tratamiento, para los que la vigencia del ajuste a otorgar deberá mantenerse idéntico al de dicha disposición.
V. Que asimismo, en los artículos 11º, 12º, 13º y 14º, la Resolución General ERSeP Nº 57/2017 establece una serie de directivas asociadas a la instrumentación futura de Mayores Costos Operativos conforme al artículo 21.6 del Contrato de Concesión y la pertinencia de su aplicación y/o autorización; el traslado a Mayores Costos Operativos, a Cuota Capital o a otros conceptos de similares características u orígenes, de todo costo que resulte de orden tarifario; como también en relación a los Mayores Costos Operativos que ya se encuentren en aplicación y hayan sido debidamente acreditados por las respectivas Cooperativas.

Que al respecto, estas cuestiones deben ser convenientemente destacadas en el presente acto.
VI. Que por su parte es necesario tener en cuenta lo establecido por el Informe Técnico de fecha 12 de septiembre de 2019, elaborado por la Sección Técnica de la Gerencia de Energía Eléctrica de este Organismo, el cual prescribe que En consonancia con los conceptos vertidos en el Informe Técnico Conjunto de fecha 26 de agosto de 2019, y por haberse cumplimentado las condiciones exigidas por el artículo 7º de la Resolución General ERSeP Nº 49/2019, a los fines de recomponer la situación económico-financiera de las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica en la Provincia de Córdoba que han cumplido los requisitos preestablecidos, técnicamente se recomienda: 1
APROBAR un incremento general del 5,82% sobre los cargos variables por energía y potencia incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo I del presente, pertenecientes al Grupo A, a implementarse sobre las tarifas vigentes al 31 de agosto de 2019, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de octubre de 2019, con excepción de los cargos variables por energía destinados a los usuarios con demanda de potencia mayor o igual a trescientos kilowatt 300 kW, a los que corresponderá un incremento del 4,47%, y de los cargos fijos y tasas disponibles en los respectivos Cuadros Tarifarios, a los que resultará aplicable un incremento del 10,88%. 2 APROBAR un incremento general del 6,47% sobre los cargos variables por energía y potencia incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo II del presente, pertenecientes al Grupo B, a implementarse sobre las tarifas vigentes al 31 de agosto de 2019, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de octubre de 2019, con excepción de los cargos fijos y tasas disponibles en los respectivos Cuadros Tarifarios, a los que resultará aplicable un incremento del 11,23%. 3 APROBAR un incremento general del 5,81% sobre los cargos variables por energía y potencia incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo III del presente, pertenecientes al Grupo C, a implementarse sobre las tarifas vigentes al 31 de agosto de 2019, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de octubre de 2019, con excepción de los cargos variables por energía destinados a los usuarios con demanda de potencia mayor o igual a trescientos kilowatt 300 kW, a los que corresponderá un incremento del 4,46%, y de los cargos fijos y tasas disponibles en los respectivos Cuadros Tarifarios, a los que resultará aplicable un incremento del 9,95%. 4 APROBAR un incremento general del 6,75% sobre los cargos variables por energía y potencia incluidos en
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/09/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha19/09/2019

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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