Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/7/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

2016 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL

"2020 - AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO"
AÑO XXIX
- Ushuaia, Lunes 20 de Julio de 2020 - Nº 4643

1
Nº 4643

AÑO XXIX

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
BOLETIN OFICIAL
República Argentina PODER EJECUTIVO
Prof. Gustavo Adrián MELELLA
Gobernador
Mónica Susana URQUIZA
Vicegobernadora
Lic. Paulo Agustín TITA
Ministro Jefe de Gabinete
Lic. Guillermo Daniel FERNANDEZ
Ministro de Finanzas Públicas
Prof. María Gabriela CASTILLO
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Dra. Judit Jésica Rosana DI GIGLIO
Ministro de Salud
Sonia Elizabeth CASTIGLIONE
Dra. Adriana Cristina CHAPPERON
Ministro deGobierno, Justicia y Derechos Humanos Paula Elizabeth GARGIULO

D.I. Analía Inés CUBINO
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Leonardo Miguel ZARA

Dr. José Guillermo CAPDEVILA
Secretario General, Legal y Técnico
Carlos Claudio CARRERA
Dr. Federico Armando RUNIN
Secretario de Representación Política de Gobierno
Javier Marcelo EPOSTO

Lic. Andrés Manuel DACHARY
Secretario de Malvinas,Antártida, Islas delAtlántico Sur y Asuntos Internacionales
Ministro de Producción y Ambiente
Marcelo Juan ROMERO
Ministro Trabajo y Empleo Omarde Daniel NOGAR
Prof. Verónica Evangelina GONZALEZ
Ministro de Desarrollo Humano
Ushuaia, Lunes 20 de Julio de 2020
tendientes a la reubicación presupuestaria del personal, como así los bienes inventariados patrimonialmente y demás recursos para el cumplimiento de las tareas cotidianas.
DECRETO N 938
14-07-2020 Que por lo expuesto corresponde dictar el instrumento legal correspondiente.
VISTO el expediente electrónico N MJG-E-16897-2020, del registro de Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto esta Gobernación; y administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Provincial N 1301, se estableció el organigrama Por ello:
central de la Administración de la Provincia de Tierra del Fuego, AntárEL GOBERNADOR DE LA. PROVINCIA DE TIERRA DEL
tida e Islas del Atlántico Sur, determinándose los Ministerios y SecretaFUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
rías de Estado que asistirán al titular del poder Ejecutivo Provincial en la DECRETA:
conducción de Gobierno y de la administración del Estado, contemplándose en el artículo 12 las asignadas al Ministerio Jefatura de Gabinete y ARTÍCULO 1.- Transferir a partir del dictado del presente, la Estructuen el artículo 14, las correspondientes al Ministerio de Finanzas Públicas. ra Orgánica de la Secretaría de Comercio desde el ámbito del entonces Que en concordancia con lo allí previsto, a través del Decreto Provincial Ministerio de Economía, al Ministerio Jefatura de Gabinete, según lo deN 4532/19 y su modificatorio, se aprobó la Estructura Política del Ministallado en el Anexo I, que forma parte del presente acto. Ello, por los terio Jefatura de Gabinete, incorporando en su Anexo I a la Secretaría de motivos expuestos en los considerandos.
Comercio.
ARTÍCULO 2.- Reubicar presupuestariamente a partir del dictado del Que, a los efectos de garantizar la operatividad de la Ley Provincial N presente, al personal consignado en los Anexos II, III y IV, que forman 1301, como lo dispuesto por el Decreto Provincial N 4532/19 y su modiparte integrante del presente, así como los bienes inventariados patrimoficatorio, es necesario transferir la Estructura Orgánica de la Secretaría nialmente y demás recursos necesarios para el cumplimiento de las tade Comercio de la esfera del entonces Ministerio de Economía al ámbito reas cotidianas.
del Ministerio Jefatura de Gabinete.
ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la Que en virtud de ello deberán tomarse todas las previsiones necesarias presente al ejercicio económico financiero vigente.

DECRETOS

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha20/07/2020

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones3669

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031