Diario Oficial El Peruano del 1/1/2024 - Procesos Constitucionales

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PROCESOS CONSTITUCIONALES

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que cuente con etapa probatoria, por lo que queda expedita la vía para que el actor acuda al proceso a que hubiere lugar.
Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú, HA RESUELTO
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
GUTIÉRREZ TICSE
MORALES SARAVIA
OCHOA CARDICH
PONENTE GUTIÉRREZ TICSE
VOTO SINGULAR DEL MAGISTRADO
DOMÍNGUEZ HARO
Con el debido respeto por la opinión de mis colegas, emito el presente voto singular, sustentando mi posición en lo siguiente:
1. En el presente caso, el demandante solicita que se le otorgue pensión de invalidez por enfermedad profesional dentro de los alcances del Decreto Ley 18846 concordante con la Ley 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y el Decreto Supremo 003-98-SA, más el pago de las pensiones devengadas, los intereses legales y los costos procesales.
2. El actor sostiene que la enfermedad de neumoconiosis que padece ha sido adquirida como consecuencia de las actividades mineras que desempeñó, para ello presenta el Informe de Evaluación Médica de Incapacidad-D.L. 18846 de fecha 26 de mayo de 2005, emitido por la Comisión Médica Evaluadora de Enfermedades Profesionales del Hospital II

El Peruano Sábado 13 de enero de 2024

Pasco-EsSalud el que señala que padece de neumoconiosis con 55% de menoscabo global.
3. Para acreditar que realizó trabajos expuestos a riesgos en las labores mineras, que supuestamente efectuó para la Compañía de Minas Buenaventura SAA desde el 3
de enero de 1974 hasta el 28 de febrero de 1993, a través de la Contrata de Minas Víctor Zárate Córdova, presenta el certificado de trabajo y el perfil ocupacional que aparecen a fojas 3 y 6 del expediente.
4. Solicitada la información correspondiente, a la Compañía de Minas Buenaventura SAA en los expedientes 00284-2023-PA/TC, 00285-2023-PA/TC, 00288-2023-PA/TC
y 01361-2023-PA/TC, para corroborar el contenido de los documentos aludidos en el párrafo precedente, ésta empresa remitió las cartas de fecha 21 de julio de 2023 que obran en los respectivos cuadernos del Tribunal Constitucional y, en ellas, categóricamente afirma que no cuenta con registros de la Contrata de Minas Víctor Zárate Córdova, de lo que se infiere que tales documentos no son veraces y que el actor no ha laborado para dicha compañía a través de la contrata mencionada.
5. El demandante, entonces, no ha cumplido con acreditar que realizó actividades mineras en la empresa emplazada, por lo que, la pensión que reclama debe ser desestimada.
6. Finalmente se debe tener presente que una demanda es infundada cuando no se ha acreditado los hechos alegados por el demandante y que configurarían la vulneración del derecho invocado, como ha sucedido en el presente caso.
Por estos fundamentos mi voto es porque se declare INFUNDADA la demanda.
S.
DOMÍNGUEZ HARO

1
2 3

Foja 70.
Foja 5.
Fojas 3 y 6.

W-2251512-4

LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES
MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE

FE DE ERRATAS

1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho 8 días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma rectificatoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales.
2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identificar todos los errores materiales que deben corregirse.
3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título Dice y proporcionar la versión corregida bajo el título Debe Decir.
4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word archivo principal y PDF suscrito por la autoridad competente con el texto de las correcciones.

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Diario Oficial El Peruano del 1/1/2024 - Procesos Constitucionales

TitleDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

CountryPeru

Date13/01/2024

Page count4

Edition count1469

First edition08/01/2016

Last issue15/05/2024

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