Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/4/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2021: A 100 Años de las Huelgas Obreras de la Patagonia.- Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXVI Nº 5549

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
DECRETO Nº 1480
RÍO GALLEGOS, 29 de Diciembre de 2020.VISTO:
El Expediente MSGG-Nº 335.187/20, elevado por el Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita autorizar a la Ministra de la Secretaría General de la Gobernación, a renovar los Contratos de Locación de Servicios, vigentes hasta el día 31 de diciembre del año 2020, suscriptos con las personas que se detallan en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, por el período comprendido entre las fechas 1º de enero y hasta el día 31 de diciembre del año 2021, dependientes de la JURISDICCIÓN: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación SAF:
810, conforme a lo previsto en la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021;
Que la presente gestión se realiza en los términos del Decreto Nº 2996/03, Reglamentario del Régimen de Contrataciones de Personal para la Administración Pública Provincial;
Que en consecuencia corresponde facultar a la Ministra de la Secretaría General de la Gobernación a suscribir los respectivos Contratos de Locación de Servicios en las mismas condiciones vigentes aprobando las imputaciones preventivas que demandará tal gasto de acuerdo con los créditos presupuestarios y cupos asignados para el personal contratado en dicho organismo con la debida intervención del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 380/20, emitido por Asesoría Letrada, obrante a fojas 26 y vuelta;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE a la Ministra de la Secretaría General de la Gobernación, a renovar los Contratos de Locación de Servicios, vigentes hasta el día 31 de diciembre del año 2020, por el período comprendido entre el día 1º de enero y hasta el día 31 de diciembre del año 2021, con los agentes que se detallan en el ANEXO I, dependiente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación SAF: 810, quienes percibirán una remuneración mensual equivalente a las categorías que se especifiquen en cada caso, en el marco del Decreto Nº 2996/03, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente, conforme a lo previsto en la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2011.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección General de Personal y Dirección Provincial de Administración a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNERSra. Claudia Alejandra Martínez
DECRETO Nº 1483
RÍO GALLEGOS, 29 de Diciembre de 2020.VISTO:
El Expediente JGM-Nº 903.989/20, elevado por la Jefatura de Gabinete de Ministros; y CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución JGM-Nº 085 de fecha 27
de noviembre de 2020, se ratificó en todos sus términos el Convenio Marco Visa Flota Prestación de Servicios y Administración de Pagos-, suscripto oportunamente en fecha 03 de septiembre del corriente año entre el Banco de Santa Cruz S.A. representado por su apoderado Sr. Javier Adrian ZAMORA y la Jefatura de Gabinete de Ministros representado por su titular el Sr. Leonardo Darío ALVAREZ;
Que por el referido Convenio, las partes acuerdan la prestación de servicios de pago electrónico de consumos mediante la emisión de Tarjetas Visa Flota de acuerdo a las condiciones operativas establecidas en el Manual de la Tarjeta Visa Flota que forma parte del presente convenio, por lo que el Banco procederá a la acreditación en la cuenta Raíz de las sumas indicadas por la administración, en cada caso, en concepto de disponible para ser utilizados en las estaciones de servicios adheridas a Visa Argentina S.A.;
Que a instancia del mismo se propende llevar la supervisión y control de los gastos realizados por las áreas afectadas a la Jurisdicción de Jefatura de Gabinete con el objeto de facilitar la gestión diaria y lograr un modelo capaz de impulsar el desarrollo de nuevas herramientas sobre la plataforma de tarjetas recargables con aplicaciones específicas;
Que a fs. 13 obra requerimiento interpuesto por la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa dependiente de la Jurisdicción: Jefatura de Gabinete de Ministros, en la cual se consigna el monto de la asignación solicitada, el cual cuenta con la autorización de la Subsecretaría de Programación y Evaluación Financiera según consta a fs. 16 del presente actuado, Que, conforme lo expuesto se hace necesario autorizar una asignación de fondos con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, destinado a solventar la adquisición de combustible para las distintas dependientes de la Jurisdicción Jefatura de Gabinete de Ministros, como así también todo gasto relacionado al CONVENIO MARCO
VISA FLOTA PRESTACION DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE PAGOS;
Que el importe de estas asignaciones no podrá superar el límite que establece la Ley 760 para la aprobación del gasto a Nivel Ministro;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5549 DE 08 PAGINAS

RÍO GALLEGOS, 15 de Abril de 2021.Que, el servicio administrativo de la citada Jurisdicción, deberá presentar a la Contaduría General de la Provincia conjuntamente con la solicitud de la Tercera Asignación, el Instrumento Legal que apruebe la aplicación de fondos, la afectación presupuestaria y la acreditación de la devolución de fondos sobrantes de la primera realizada y así sucesivamente, debiéndose rendir cuenta documenta de su inversión ante el Tribunal de Cuentas;
Que mediante Disposición 494/CGP/19, Anexo 1.4.5, toda Asignación de Fondos debe ser dispuesta por Decreto.
En caso de excepción deberá constar en los considerandos de la Resolución el Instrumento Legal que le dispone;
Que en virtud de las facultades conferidas en la Disposición 494/CGP/17, se hace procedente el dictado del presente Instrumento Legal;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-N 970/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 75/76;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE en todas sus partes la Resolución JGM-Nº 085 de fecha 27 de noviembre del año 2020, expedida por la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la cual se ratificó en todos sus términos el Convenio Marco Visa Flota Prestación de Servicios y Administración de Pagos-, suscripto oportunamente en fecha 03 de septiembre del corriente año entre el Banco de Santa Cruz S.A. representado por su apoderado Sr. Javier Adrian ZAMORA y la Jefatura de Gabinete de Ministros representado por su titular el Sr. Leonardo Darío ALVAREZ, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- IMPLEMENTESE, el sistema VISA
FLOTA en las diferentes dependencias de la Jurisdicción:
Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- FACULTASE, al titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a gestionar Asignaciones de Fondos, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por un importe que no podrá superar el límite que establece la Ley Nº 760 para la aprobación a nivel Ministerio. Monto que será destinado a solventar los gastos que demande la adquisición de combustible y todo gasto relacionado al Convenio Marco:
Visa Flota.Artículo 4º.- DEJASE ESTABLECIDO, que el responsable de la asignación deberá presentar a la Contaduría General de la Provincia, conjuntamente con la solicitud de la tercera asignación, el Instrumento Legal que apruebe la aplicación de fondos sobrantes de la primera realizada y así sucesivamente, remitiendo al Tribunal de Cuentas la rendición documentada de su inversión.Artículo 5º.-AUTORIZASE, al Titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a llevar adelante las gestiones a través de su servicio administrativo, para la puesta en funcionamiento, control y rendición de fondos del convenio marco Visa Flota.Artículo 6º.- FACULTASE, al titular de la Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa a realizar el dictado de la reglamentación del presente Convenio.Artículo 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 8º.- PASE a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Sr. Leonardo Darío Alvarez

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/4/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date15/04/2021

Page count8

Edition count1654

First edition19/02/2002

Last issue21/03/2023

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