Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/4/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2021: A 100 Años de las Huelgas Obreras de la Patagonia.- Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXVI Nº 5548

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
DECRETO N 1477
RÍO GALLEGOS, 29 de Diciembre de 2020.VISTO:
El Expediente MSA-Nº 979.336/20, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia Autorizar al Ministro de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente, se suscriban los Contratos de Locación de Servicios con varios trabajadores, los cuales se encuentran detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente, para cumplir funciones en el Hospital Zonal de Caleta Olivia dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCION: Ministerio de Salud y Ambiente SAF: 149 Hospital Zonal Caleta Olivia a partir del día 1º y hasta el día 31 de diciembre de 2020, bajo los términos de la Ley 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA y Nº 1200 ENFERMERIA Y
OTRAS RAMAS AUXILIARES DE LA MEDICINA
y sus modificatorias y en los términos del Decreto N 2996/03
Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial;
Que asimismo se gestiona Autorizar al Ministerio de Salud y Ambiente a Renovar los Contratos de Locación de Servicios vigentes hasta el día 31 de diciembre del año 2020, suscripto entre el Ministerio de Salud y Ambiente y varios trabajadores, los cuales se encuentran detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente, por el período comprendido entre las fechas 1º de enero y hasta el día 31 de diciembre del año 2021;
Que el presente trámite se encuadra en lo previsto mediante Decreto Provincial N 0273/2020 en el Artículo 2º Inciso 4 ratificado por Ley N 3693 su Decreto Promulgatorio N 0285/2020 y prorrogado por Decreto N 1072/2020
Declárese el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz, por el término de ciento ochenta 180 días contados a partir del dictado del presente, en virtud de la situación vinculada con el COVID-19, y en las excepciones establecidas en relación a efectuar la contratación del personal temporario, profesional médico y técnicos de la salud, bajo cualquier modalidad, exceptuándolos de todo régimen de incompatibilidad aplicable a la actividad;
Que el presente trámite encuentra asidero en la Emergencia Sanitaria establecida para la provincia de Santa Cruz mediante Decreto Provincial N 0273/2020 en el Artículo 2 - Inciso 4 ratificado por la Ley Nº 3693/2020 en donde establece las excepciones en relación a efectuar la contratación del personal temporario, profesional médico y técnicos de la salud, bajo modalidad, exceptuándolos de todo régimen de incompatibilidad aplicable a la actividad;
Por ello, y atento a los Dictámenes DGAL-N 3108/20, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y Ambiente, obrante a fojas 118
y SLyT-GOB Nº 963/20, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 127;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE al Ministro de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente se suscriban los Contra-

tos de Locación de Servicios con varios trabajadores, los cuales se encuentran detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente, para cumplir funciones en el Hospital Zonal de Caleta Olivia dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCION: Ministerio de Salud y Ambiente SAF: 149
Hospital Zonal Caleta Olivia, a partir del día 1º y hasta el día 31 de diciembre del año 2020, bajo los términos de la Ley 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA
y Nº 1200 ENFERMERIA Y OTRAS RAMAS AUXILIARES DE LA MEDICINA y sus modificatorias y en los términos del Decreto N 2996/03 Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial.Artículo 2º.- AUTORÍZASE al Ministerio de Salud y Ambiente a Renovar los Contratos de Locación de Servicios vigentes hasta el día 31 de diciembre del año 2020, suscripto entre el Ministerio de Salud y Ambiente y varios trabajadores, los cuales se encuentran detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente, por el período comprendido entre las fechas 1º de enero y hasta el día 31
de diciembre del año 2021.Artículo 3º.- FACÚLTASE al Ministerio de Salud y Ambiente para aprobar y adecuar las contrataciones, a través de Resolución Ministerial, conforme a la efectiva fecha de prestación de servicios, como asimismo incluir las imputaciones que demandarán la atención de los mismos, tomando la debida intervención las áreas competentes.Artículo 4.- DÉJASE ESTABLECIDO que las contrataciones efectuadas en el Artículo 1º no deberán superar el Ejercicio Financiero del año 2020.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud y Ambiente.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Dr. Claudio José García ________
DECRETO N 1478
RÍO GALLEGOS, 29 de Diciembre de 2020.VISTO:
El Expediente MTEySS Nº 524.498/20, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 47/51 obra Resolución Ministerial Nº 743/MTE

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5548 DE 12 PAGINAS

RÍO GALLEGOS, 13 de Abril de 2021.ySS/2020 de fecha 22 de diciembre del corriente año mediante la cual se ratifica el acuerdo concertado en acta celebrada con fecha de 26 de noviembre del 2020 obrante a fs. 38/40, entre el Poder Ejecutivo Provincial, representado por la Ministra de la Producción, Comercio e Industria la señora Silvina CÓRDOBA y por la Asociación del Personal de Dirección de Ferrocarriles Argentinos, Administración General de Puertos y Puertos Argentinos A.P.D.F.A
en su carácter de Sindicato representativo de los trabajadores de la Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz UN.E.PO.SC representado por la señora Paola Leonor CONTRERAS y el señor Carlos Paul VICTORIA la cual se adjunta como anexo a la presente;
Que, las partes han mantenido un proceso de negociación, con el objeto a determinar un aumento salarial aplicable al personal de la UNEPOSC encuadrados bajo el convenio colectivo Nº 164/75 único convenio del sector representados por la entidad sindical APDFA y que a fin de dar por terminado el proceso de discusión las partes acuerdan un incremento salarial;
Que, se incrementó un cinco por ciento 5% al básico de cada nivel, a partir del mes de octubre del corriente año para el personal activo y pasivo de la UNEPOSC, tomando como base los haberes del mes de septiembre del 2020;
Que, de igual manera se incrementó un cuatro por ciento 4% al básico de cada nivel a partir del mes de febrero del año 2021 para el personal activo y pasivo de la UNEPOSC, tomando como base los haberes del mes de octubre del 2020 a percibir con los haberes correspondientes al mes de febrero del año 2021 para el personal de la UNEPOSC
encuadrados bajo el convenio colectivo Nº 164/75 y cabe destacar que todos los adicionales ligados al básico se incrementan en igual medida;
Que, las partes acompañan como Anexo I del acta que se adjunta a la presente, la escala salarial de los catorce 14
niveles con los básicos aprobados de los dos tramos escalonados;
Que cabe mencionar que, en atención a la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud por la trasmisión del virus SARS CoV-2 se dictó mediante Resolución Nº 516/MTEySS/2020 de fecha 1º de octubre del corriente año, que esta autoridad laboral procederá a ratificar los acuerdos de partes salariales y/o laborales presentados a tal fin de manera excepcional, interviniendo únicamente en el proceso administrativo como la ley lo exige, la resolución mencionada precedentemente tendrá vigencia hasta el día 31 de diciembre del corriente año, siempre y cuando que la situación epidemiológica impida las reuniones presenciales A.S.P.O y que este Ministerio de Trabajo no cuente con los sistemas de gestión de documentación electrónica G.D.E y el sistema de trámites a distancia T.A.D;
Por ello y atento a la Resolución Nº 516/MTEySS/2020
y en concordancia con los Dictámenes Nº 879/DGAJ/2020
emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 55 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 988/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 66/67;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICASE, en todas sus partes, la Resolución Ministerial Nº 743/MTEySS/2020 de fecha 22
de diciembre del corriente año mediante la cual se ratifica el acuerdo concertado entre, el Poder Ejecutivo Provincial representado por la Ministra de la Producción, Comercio e Industria, señora Silvina CÓRDOBA y la Asociación del Personal de Dirección de Ferrocarriles Argentinos, Administración General de Puertos y Puertos Argentinos A.P.D.F.A en su carácter de Sindicato representativo de

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/4/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date13/04/2021

Page count12

Edition count1654

First edition19/02/2002

Last issue21/03/2023

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2021>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930