Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 17/08/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 187 luns, 17 de agosto de 2020

BOP Lugo
Para el cálculo de la renta familiar, para los efectos de beca, son miembros computables de la familia tal como resulta definida en la regulación del impuesto sobre la renta de las personas físicas a 31 de diciembre del 2019.
4º.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1.- Las solicitudes de las personas interesadas se presentarán en el Registro General del Concello de Lugo o bien utilizando los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de estas en la BDNS en el Boletín Oficial de la Provincia y se insertarán en el Tablero de Anuncios del Concello y en la página web del Concello, acompañada de los documentos e informaciones que procedan.
5º.- Procedimiento.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones previstas en estas bases se ajustará a lo establecido en los artículos 28, 29 y 30 de la Ordenanza municipal de Subvenciones.
6º.- Criterios de valoración.
El único criterio de valoración será la cuantía de la renta neta anual familiar referenciada al IPREM, ver punto 3.2.
7º.- Justificación del gasto.
Una vez dictada a resolución por la que se concede la ayuda, se procederá a la entrega del vale para libros, durante 10 días hábiles, después de la presentación de la certificación donde conste que la/o alumna/o está matriculada/o para el curso 20/21, con indicación del curso y del centro docente.

- Albarán del material adquirido con cada vale, detallando el material o libros comprados, con indicación del curso al que hace referencia, así como el nombre y los datos de la persona solicitante.
- Los vales de descuento emitidos por la Concellería de Educación, indicando el nombre, apellidos, firma y DNI
de la persona solicitante.
- Factura individualizada a nombre de cada persona beneficiaria. En caso de que la persona beneficiaria tenga concedida más de una ayuda se podrá presentar factura única.
8º.- Revocación La adjudicación de las ayudas será revocada totalmente en caso de que se comprobase que en su concesión concurrió ocultación o falsedad de datos, o que existen incompatibilidades con otros beneficiarios de esta clase procedentes de otras personas físicas o jurídicas.
Lugo, 6 de agosto de 2020.- O Concelleiro Delegado da Concellería de Educación e difusión do coñecemento, Felipe Rivas Jorge.
R. 1840

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Anuncio publicado en: Num BOP 187 año 2020 17/08/2020
14/08/2020 08:00:00
12:07:46

Las librerías donde se compre el material escolar presentarán en el Registro General del Concello, o bien utilizando los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, escrito de presentación junto a:

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Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 17/08/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

CountrySpain

Date17/08/2020

Page count28

Edition count3289

First edition01/03/2013

Last issue29/04/2024

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