Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 12/8/2020

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

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Edictos
BOLETÍN JUDICIAL No. 57

asistencia, apercibiéndole que para el caso de no asistir, aquélla diligencia se llevará a cabo aún sin su presencia, conforme al numeral 124 de la Ley Nacional de Ejecución Penal; sin embargo, en tutela de sus derechos será asistido por parte del Asesor Jurídico Público; dejando a salvo su derecho de designar diverso Asesor Jurídico Privado que considere. ASÍ LO DETERMINÓ ORALMENTE
EN AUDIENCIA PÚBLICA EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO
EN EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES EN LA CIUDAD
DE MÉXICO, LICENCIADO OSCAR GONZÁLEZ BERNARDO, QUEDANDO CONSTANCIA CON EL PRESENTE AUTO EN
TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 127 DE LA
LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL.
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES DEL SISTEMA PROCESAL PENAL
ACUSATORIO
LIC. OSCAR GONZÁLEZ BERNARDO
12 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/SUL/349/2020
Of. EJEC-6837/2019

Miércoles 12 de agosto del 2020

Custodia de la Ciudad de México, de la Estación Migratoria de la Ciudad de México del Instituto Nacional de Migración, mediante el cual informa que dentro del procedimiento Administrativo Migratorio número E.A./1S.9/DFCM/
EMCM/5493/PAM/18-12-2019, instaurado en contra del extranjero EDY VALENTÍN HERNÁNDEZ MALDONADO, de nacionalidad Hondureña, con fecha 16 de diciembre de 2019, se emitió Resolución Definitiva, en la que se determinó la Deportación Definitiva del extranjero de mérito, por adecuar su conducta a la hipótesis prevista en el artículo 144, fracción IV, de la Ley de Migración, así como la prohibición definitiva que tiene para internarse nuevamente en Territorio Nacional, con fundamento en lo previsto por el artículo 144, penúltimo párrafo, de la Ley de Migración, misma que será ejecutada. b Oficio INM/
DGCVM/DGAIIM/DIMI/CNA/6432/2019, de fecha 05
cinco de diciembre de 2019 dos mil diecinueve, procedente de la Subdirección del Centro de Atención a Alertas del Instituto Nacional de Migración y dirigido a la Licenciada Sonia Iriarte Chávez, Directora de la Unidad de Gestión Judicial Dos del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México mediante el cual se requiere fecha de nacimiento y demás datos de información del sentenciado de mérito, a efecto de establecer medidas de control para dar seguimiento a la situación jurídica en territorio nacional para los efectos previstos en el numeral 43 de la Ley de Migración. c Dos escritos con anexos, de fechas 05
cinco y 27 veintisiete de febrero, ambos de 2020 dos mil veinte, mediante los cuales el ofendido autoriza a Mireya Flores Olivares para recibir los objetos de su propiedad, los cuales refiere se encuentran en la Bodega de Indicios y Evidencias de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México. En atención a lo anterior se provee lo siguiente: COMPETENCIA Con fundamento en los artículos 1, 18 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24, 25, 100, 101 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en relación con los numerales 1, 63 y 100 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, el Acuerdo General 05-22/2019, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, esta autoridad es legalmente competente para conocer de la ejecución de la sentencia condenatoria aludida, cuyo contenido queda de manera íntegra para su consulta a disposición de las partes procesales. Advirtiéndose que YA
SE DIO INICIO AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN y en seguimiento al mismo, se ordena lo siguiente:
INTERVENCIÓN A LAS PARTES Se ordena la notificación al Ministerio Público, Defensor Público, Asesor Jurídico Público, víctima así como al sentenciado por los medios aportados por los mismos para hacerles saber que en la Unidad de Gestión Especializada en Ejecución de Sanciones Penales 1 Sullivan se continuará el trámite de la ejecución de la sentencia del justiciable EDY VALENTÍN HERNÁNDEZ
MALDONADO o EDI VALENTÍN HERNÁNDEZ MALDONADO.
Notificaciones que se deberán realizar privilegiando los medios electrónicos designados para ello. Además, se precisa que en el caso del ofendido, en virtud de que de las constancias anexas al Acta Circunstanciada suscrita por la Notificadora, Licenciada Paula Mariana Angélica Hernández Sánchez que corre a fojas 101 se advierte que en el domicilio señalado por el agraviado fue informado que el mismo no vive en ese lugar, por tanto se ordena que EDUARDO ISRAEL FLORES OLIVARES sea notificado, además de la vía telefónica autorizada, a través de los Estrados de la Unidad de Gestión Judicial en que se actúa y del Edicto publicado por tres ocasiones con un intervalo de tres días entre cada uno al día siguiente de la recepción del oficio respectivo en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Para tal fin deberá girarse oficio de estilo al Director General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial de dicho Tribunal. Ello en términos de los numerales 82 fracciones I, II y III del Código Nacional de Procedimientos Penales en concordancia con el 181 de la Ley Orgánica del poder Judicial de la Ciudad de México. Y, para salvaguardar la garantía de defensa técnica, adecuada y especializada a que tiene derecho el sentenciado, lo continuará representando el Defensa Público, con fundamento en los artículos 20 Constitucional Apartado B fracción VIII, 103

SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/SUL/373/2020
EDICTO No. 692
Sentenciados: EDY VALENTÍN HERNÁNDEZ MALDONADO
o EDI VALENTÍN HERNÁNDEZ MALDONADO.
Delito: ROBO CALIFICADO
Conforme a lo ordenado en Auto de fecha 04 cuatro de agosto de 2020 dos mil veinte, solicito se notifique al ofendido EDUARDO ISRAEL FLORES OLIVARES lo siguiente:
Auto.- En la Ciudad de México, a 04 de agosto de 2020.
Vista la Intervención que brinda el Director de la Unidad de Gestión Judicial Uno en Ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México con sede en Sullivan, con fundamento en el Acuerdo 05-22/2019, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, así como en los diversos acuerdos 39-14/2020, 03-15/2020, V-15/2020, 06-15/2020, V-19/2020, 25-17/2020, 03-19/2020, 06-19/2020, 08-19/2020, y 0322/2020, emitidos por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, a través de los cuales se ordenó la suspensión de labores y la suspensión de plazos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México, del 18 de marzo al 31 de julio del año en curso, con motivo del PLAN DE CONTINGENCIA QUE SE
IMPLEMENTÓ EN ESTA CASA DE JUSTICIA, CON LA
FINALIDAD DE MITIGAR LA DISPERSIÓN Y TRANSMISIÓN
DEL VIRUS SARS-COV2, precisa que el día 17 diecisiete de marzo del año en curso, se recibió la carpeta de ejecución EJEC-OTE/3949/2019, relacionada con la sentencia firme de fecha 8 ocho de noviembre de 2019 dos mil diecinueve, dictada en contra de EDY VALENTÍN
HERNÁNDEZ MALDONADO o EDI VALENTÍN HERNÁNDEZ
MALDONADO, quien dijo ser de nacionalidad HONDUREÑA, por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de EDUARDO
ISRAEL FLORES OLIVARES, dentro de la carpeta judicial 002/1038/2019-O, que se remite a través del oficio número EJEC-OTE/13689/2020, de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales número 3, en atención a lo ordenado en proveído de fecha 17 diecisiete de diciembre de 2019 dos mil diecinueve, por el Licenciado Gabriel Aco Mendoza, Juez Especializado en Ejecución de Sanciones Penales en la Ciudad de México, acompañando integrado a la carpeta, en sobre cerrado, un disco DVD y los datos de identificación de las partes procesales, así como el original del billete de depósito número W111347, por la cantidad de $5,000.00 cinco mil pesos, que exhibiera el justiciable para garantizar el beneficio concedido, certificado de depósito que se registra en los libros de valores, quedando bajo resguardo de la Unidad de Gestión Judicial. Asimismo, se precisa que de la revisión de carpeta que se remite, corren agregados los siguientes oficios y escritos, respecto de los cuales se determinó que el Juez que conociera de la carpeta se pronunciaría al respecto: a Oficio INM/ORCDMX/
EM/9192/2019, de fecha 27 veintisiete de diciembre de 2019 dos mil diecinueve, signado por la Mtra. María Elena García Ramírez, Subdirectora de operación Seguridad y
SOLO CONSULTA
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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 12/8/2020

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date12/08/2020

Page count354

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First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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