Periódico Oficial del Estado de México del día 19/01/2018 (Sección Séptima)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 4

19 de enero de 2018

beneficiarios de cada uno de los programas y acciones de desarrollo social, de conformidad con la normatividad aplicable en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.
ARTÍCULO QUINTO. En la aplicación de estos mecanismos, se podrá, en su caso, entregar más de un programa o acción con el objetivo de desarrollar las capacidades y habilidades de cada beneficiario.
ARTÍCULO SEXTO. Los programas y acciones que se apliquen mediante el mecanismo de la Tarjeta Salario Rosa, deberán contar, para su ejecución, con las respectivas reglas de operación y con el presupuesto asignado para cada uno de ellos.
ARTÍCULO SÉPTIMO. Los programas y acciones que se aplicarán mediante la Tarjeta Salario Rosa deberán atender los indicadores de pobreza y derechos humanos.
ARTÍCULO OCTAVO. La adquisición y contratación para los servicios, el uso, distribución, impresión y difusión de la Tarjeta Salario Rosa, quedará bajo la estricta responsabilidad de las dependencias y organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal, observando la normatividad vigente en la materia.
ARTICULO NOVENO. La Secretaría de Desarrollo Social, tendrá a su cargo el seguimiento a los programas y acciones sociales incluidas en la Tarjeta Salario Rosa, con el propósito de verificar el cumplimiento de las metas e indicadores de desarrollo social, estableciendo los sistemas y mecanismos para tal fin.

TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
TERCERO. Lo no previsto en el presente Acuerdo será resuelto por las instancias normativas de cada uno de los programas y acciones de desarrollo social, que ejecuten las dependencias y organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal.
CUARTO. Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que sean contrarias a las establecidas en el presente Acuerdo.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO

LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA
RÚBRICA.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
DEL ESTADO DE MÉXICO

LIC. FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 19/01/2018 (Sección Séptima)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

PaísMéxico

Fecha19/01/2018

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones218

Primera edición05/01/2000

Ultima edición16/12/2022

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