Periódico Oficial de Morelos del 31/7/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Morelos

31 de julio de 2019

PERIÓDICO OFICIAL

VISIÓN CEMER
Ser un Organismo de vanguardia, transparente y eficiente que promueva la calidad del marco regulatorio estatal, garantizando que las regulaciones generen beneficios mayores a sus costos para la sociedad.
Finalmente, el presente Código tiene relación, con el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, publicado el 16 de abril de 2019, en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5697, el cual establece en su eje rector número 4, PRODUCTIVIDAD
Y COMPETITIVIDAD PARA LOS MORELENSES; como objetivo estratégico número 4.2, el incrementar los niveles de competitividad de las empresas morelenses para consolidar su permanencia, crecimiento así como propiciar la creación de nuevas empresas, mejorando las condiciones socioeconómicas de la región generando empleos formales y dignos que promuevan el bienestar, a través de la estrategia número 4.2.1., consistente en impulsar y consolidar el establecimiento de una política pública de mejora regulatoria que facilite la consolidación, crecimiento y creación e instalación de las micro, medianas y pequeñas empresa, teniendo como línea de acción la aplicación de herramientas tecnológicas para la modernización y digitalización de los servicios de creación e instalación de empresas en Morelos.
En cumplimiento a lo anterior, es interés de la CEMER poner en marcha los valores que contiene este Código, con la finalidad de mejorar el trabajo y la imagen que los servidores públicos brindan a la sociedad, por lo que se procedió a la elaboración del presente instrumento, mismo que fue aprobado por el Órgano Interno de Control en la Primera Sesión Ordinaria del Comité de Ética de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria celebrada el 28 de junio de 2019; tengo a bien expedir el siguiente: CÓDIGO DE
CONDUCTA DE LA COMISIÓN ESTATAL DE
MEJORA REGULATORIA.
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN
ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA
CAPÍTULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente ordenamiento es de observancia general y obligatoria para todos los servidores públicos de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, tiene como objeto guiar su actuación y determinar sus estándares de comportamiento, especificando de manera puntal y concreta los principios rectores, valores y reglas de integridad contenidos en el Código que deben observar tales servidores, ante situaciones que pudieran presentarse en el desempeño de sus funciones.

Página 3

Artículo 2. Corresponde al Comité de Ética de la CEMER fomentar y vigilar el cumplimiento del presente Código de Conducta.
Artículo 3. Además de las definiciones contenidas en el Código de Ética, para los efectos del presente instrumento se entiende por:
I. CEMER, a la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
II. Código de Ética, al ordenamiento que establece los principios, valores y reglas de integridad que deben regir el quehacer de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones;
III. Código de Conducta, el presente instrumento normativo;
IV. Comité, al Comité de Ética de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
V. Órgano Interno, Órgano Interno de Control de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
VI. Servidora o Servidor Público, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Estatal;
VII. Unidades Administrativas, a cada una de la Unidades Administrativas que conforman la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, en términos de su Reglamento interior y Estatuto Orgánico;
VIII. Unidad de Transparencia, es el área encargada de recabar y difundir información relativa a las obligaciones de transparencia, recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información;
CAPÍTULO II
DE LOS PRINCIPIOS RECTORES
Artículo 4. Además de los establecidos en el Código de Ética, los principios rectores que toda persona servidora pública debe cumplir en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, se regirán bajo los siguientes principios y valores:
I. Legalidad;
II. Lealtad;
III. Honradez;
IV. Imparcialidad;
V. Eficiencia;
VI. Interés Público;
VII. Respeto;
VIII. Respeto a los Derechos Humanos;
IX. Igualdad y no discriminación;
X. Objetividad;
XI. Productividad;
XII. Responsabilidad;
XIII. Conflicto de intereses;
XIV. Aplicación de recursos y rendición de cuentas.
Artículo 5. Se entenderá por cada uno de los principios rectores antes señalados lo que al efecto conceptúa el Código de Ética y Reglas de Identidad a las que deben sujetarse los Servidores Públicos de la Administración Pública Estatal en su artículo 4 y 5.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 31/7/2019

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha31/07/2019

Nro. de páginas156

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

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