La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 14/11/2019

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 4

La Gaceta Nº 217 Jueves 14 de noviembre del 2019

Como se ha planteado la construcción de una Planta de Valor Agregado, permitirá que se puedan elevar el nivel de competitividad del sector agroalimentario a partir del impulso y fortalecimiento de espacios y condiciones internas para que las agro empresas sobre todo la micro y pequeña empresa se les permita generar un valor agregado, para satisfacer condiciones y exigencias del mercado agroalimentario, industrial. Para ello, es elemental contar con la autorización legislativa, para que, por una única vez, se autorice al Instituto Nacional de Seguros INS donar los recursos para avanzar en la realización del proyecto, por lo anterior presentamos la siguiente iniciativa de ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY QUE AUTORIZA AL INSTITUTO NACIONAL
DE SEGUROS A REALIZAR UNA DONACIÓN
AL CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO
DE VALOR AGREGADO DE LA REGIÓN
HUETAR NORTE
ARTÍCULO ÚNICO-
El Instituto Nacional de Seguros INS, con la aprobación de su Junta Directiva, queda autorizado para realizar una única donación al Consejo Nacional de Producción CNP, para que este construya el Centro de Valor Agregado de la Región Huetar Norte.
Rige a partir de su publicación.
Luis Ramón Carranza Cascante Erick Rodríguez Steller
Daniel Isaac Ulate Valenciano
Nidia Lorena Céspedes Cisneros Ignacio Alberto Alpízar Castro Diputados y diputada NOTA: Este proyecto no tiene comisión asignada.
1 vez.Exonerado. IN2019404249 .
EXONERACIÓN DE PAGO PARA DAR PUBLICIDAD
EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA A VARIAS
EXPROPIACIONES REFERENTES A PROYECTOS
DE OBRA PÚBLICA A REALIZAR POR PARTE
DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Y TRANSPORTES
Expediente N 21.673
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Mediante la Ley N 5359, Ley de Creación de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, artículo 11, se dispone que la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional será quien fije las tarifas que considere convenientes para atender las publicaciones que efectúe.
Es decir, las publicaciones que se tramitan en la Imprenta, por regla general, se pagan por quienes tienen interés en su publicidad.
En este sentido, la Procuraduría General de la República, a través de los Dictámenes C-098-88 del 08 de junio de 1988 y C-94-2010
del 05 de mayo de 2010, ha interpretado que cualquier exoneración al pago que deben realizar los poderes del Estado a la Imprenta Nacional, debe estar expresamente autorizado como tal por el Bloque de Legalidad.
Por otra parte, conforme lo dispone el ordinal 2 de la Ley N
3155, corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes planificar, construir, mantener y mejorar las carreteras y caminos de la red vial nacional como actor clave en el fomento del desarrollo económico y social del país.
Es importante recalcar que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como parte de las funciones primordiales que tiene por ley ejecutar, se encuentra el desarrollo de infraestructura vial y aeroportuaria, la cual, a su vez, necesita de la disposición de áreas de terreno que alberguen los elementos geométricos necesarios para el adecuado funcionamiento según los niveles de servicio requeridos, así como con el cumplimiento de la normativa técnica y de seguridad vial que aplique cada caso en específico.

Ahora bien, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, por medio del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, gestiona todos los expedientes administrativos de expropiación, así como de procesos indemnizatorios que, fundamentados en la declaratoria de interés público, estipulan la desposesión de los bienes y derechos con la finalidad antes referida.
Actualmente, la gestión en el desarrollo de obra pública nueva, así como rehabilitación de la existente, se distribuye a lo largo de todo el país, pero que se acentúa de manera muy considerable en los proyectos país que están contenidos en programas de obra.
Ahora bien, por tratarse de proyectos de interés nacional, complejos, para el cual se requiere realizar una gran cantidad de expropiaciones que, generan un volumen muy alto de publicaciones en La Gaceta necesarias, lo cual provoca una situación de pago difícil de solventar para los proyectos, adicionalmente, el tiempo que toma el trámite de cotización previa y posterior publicación aunado al volumen de publicaciones, incide en los plazos finales del trámite de las expropiaciones que deben ser resueltas para la atención de diferentes proyectos de infraestructura.
Por consiguiente, ante la realidad descrita en esta exposición de motivos, el presente proyecto constituye el instrumento legal por medio del cual se pretende exonerar a los Ejecutores de Proyectos, como el MOPT, Consejo Nacional de Vialidad CONAVI, Consejo Técnico de Aviación Civil CETAC, del pago para dar publicidad en el Diario Oficial La Gaceta a los instrumentos jurídicos derivados de las expropiaciones; como lo son la Declaratoria de interés público, Fe de Erratas, resolución de pago por indemnizaciones, edictos.
En virtud de lo anterior sometemos a conocimiento de los señores diputados el siguiente proyecto de ley: EXONERACIÓN DE
PAGO PARA DAR PUBLICIDAD EN EL DIARIO OFICIAL
LA GACETA A VARIAS EXPROPIACIONES REFERENTES
A PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA A REALIZAR POR
PARTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
EXONERACIÓN DE PAGO PARA DAR PUBLICIDAD
EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA A VARIAS
EXPROPIACIONES REFERENTES A PROYECTOS
DE OBRA PÚBLICA A REALIZAR POR PARTE
DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Y TRANSPORTES
ARTÍCULO UNICOExoneración Se exonera al Ministerio de Obras Públicas y Transportes y sus Consejos, del pago en las publicaciones requeridas para el trámite de expropiación, específicamente en lo que respecta a la Declaratoria de Interés Público, Fe de erratas, Resoluciones de pago por Indemnizaciones, Edictos y cualquier modificación posterior a la Declaratoria, de las siguientes obras:
a Ampliación de la Ruta Nacional Número 32.
b Construcción de la Ampliación y Rehabilitación del Tramo de Carretera Cañas - Limonal, ubicado en la Ruta Número 1, Interamericana Norte.
c Mejoramiento y rehabilitación de la Ruta Nacional Número 160, Sección: Playa Naranjo - Paquera.
d Diseño y Construcción para la rehabilitación y reforzamiento del Rompeolas de Puerto Caldera.
e Construcción de los Intercambios entre la Intersección de las Rutas Nacionales Número 2 y 236 Taras y la intersección de las Rutas Nacionales Número 2 y 10 Cartago, incluyendo el Mejoramiento de la Ruta Nacional Número 2, Sección: Taras - La Lima, en la provincia de Cartago.
f Contratación de la Ampliación y Rehabilitación de la Ruta Nacional Número 1, Carretera Interamericana Norte, Sección:
Barranca - Limonal y de la Ruta Número 17, Sección: La Angostura.
g Construcción de Ruta Nacional Número 35, Sección Bernardo Soto Sifón Nueva Carretera a San Carlos.
h Ampliación y mejoramiento de la Ruta Nacional Número 35, Sección SifónAbundancia Nueva Carretera a San Carlos.

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 14/11/2019

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha14/11/2019

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones5359

Primera edición01/01/2003

Ultima edición13/05/2024

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