Diario Oficial de la República de Chile del 29/6/2023 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.588

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 29 de Junio de 2023

d El correo electrónico de fechas 5 y 12 de junio de 2023, que da cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional de este Ministerio, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:
Resolución:

Sección I - 3

l El oficio ordinario N 1.280, de fecha 27 de agosto de 2021, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional S, que actualiza los lineamientos para el desarrollo del Plan de Acompañamiento Social instruido mediante el Oficio citado en el Visto anterior;
m La resolución 59 de V. y U. de 2023, que establece condiciones y mecanismos de aprobación de proyectos de viviendas industrializadas tipo y fija el procedimiento para revisión de proyectos que incorporen el uso de viviendas industrializadas tipo en el marco del DS 49 y DS 10;
n El oficio ordinario N 1.059, de 2022, de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, que establece protocolo de fiscalización técnica de obras en proyectos habitacionales industrializados y financiamiento de asistencia técnica;
o La resolución exenta N 635 V. y U., de 2023, que establece las condiciones para la operación de la Glosa 03, letra h, asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2023;
p La resolución exenta N 707 V. y U., de 2023, que establece las condiciones para la operación de la Glosa 07, asociada al subtítulo 32, de la Partida 18 del Presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para el año 2023, aprobado por ley N 21.516, de Presupuestos del Sector Público;
q El oficio N 831.260/21, de 19 de noviembre de 2021, de la Contraloría General de la República, que señala que los Servicios de Vivienda y Urbanización pueden ser destinatarios de los subsidios a que alude la Glosa singularizada en la letra d precedente, y
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1. Modifícase la resolución exenta N 1.014 V. y U., de 2023, en el sentido de intercalar en el segundo párrafo del resuelvo 2., entre las fechas 22 de junio y o 19 de octubre, la fecha , 18 de julio.
2. La resolución exenta N 1.014 V. y U., de 2023, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.

Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

CVE 2336172
LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES DE
PROYECTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REHABILITACIÓN DE
VIVIENDAS Y EQUIPAMIENTO O ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS PARA
EL ARRIENDO, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL
PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN
DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N 49 V. Y U., DE 2011, Y SUS
MODIFICACIONES, CONFORME A LA LETRA h DE LA GLOSA 03 DE
VIVIENDA ASOCIADA AL SUBTÍTULO 33, ÍTEM 01, DE LA LEY DE
PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL AÑO 2023
Resolución
Santiago, 19 de junio de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.115 exenta.
Vistos:

a El DS N 49 V. y U., de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en adelante también DS N
49, en especial lo señalado en el artículo 21, respecto a Llamados en condiciones especiales;
b El DS N 52 V. y U., de 2013, y sus modificaciones, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
c Lo dispuesto en la Glosa 07 de vivienda asociada al subtítulo 32, de la Partida 18 del Presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para el año 2023, aprobado por ley N 21.516, de Presupuestos del Sector Público;
d Lo establecido en la Glosa 03, letra h, asociada al subtítulo 33, del Presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para el año 2023, aprobado por la ley N
21.516 de Presupuestos del Sector Público;
e Lo dispuesto en la Glosa 10, asociada al subtítulo 33, del Presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para el año 2023, aprobado por la ley N 21.516
de Presupuestos del Sector Público;
f La resolución exenta N 1.875 V. y U., de 2015, y sus modificaciones, que fija el Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social a Programa que indica;
g La resolución exenta N 6.624 V. y U., de 2016, y su modificación, que aprobó el Itemizado Técnico de Construcción para Proyectos del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
h La resolución exenta N 6.625 V. y U., de fecha 13 de octubre de 2016, y sus modificaciones, que aprobó el Cuadro Normativo y Tabla de Espacios y Usos Mínimos para el Mobiliario, para proyectos del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
i La resolución exenta N 14.464 V. y U., de 2017, que establece criterios y procedimientos para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad SERVIU;
j La resolución exenta N 1.767 V. y U., de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar Llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N 49 V. y U. de 2011;
k El oficio ordinario N 401, de fecha 9 de abril de 2020, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, que entrega lineamientos acerca de la aplicación de los Planes de Acompañamiento Social en la actual emergencia sanitaria;

Considerando:

a Que, debido al contexto de emergencia habitacional que afecta a nuestro país, es de suma urgencia promover la generación de oferta para el arriendo asequible, especialmente en ciudades y comunas donde a causa del elevado precio del arriendo, los grupos de menores ingresos deben soportar altos gastos por este concepto;
b Que es necesario diversificar las alternativas de tenencia de vivienda en la atención a grupos vulnerables, fortaleciendo el rol de las instituciones públicas y privadas en el acceso a soluciones habitacionales, y contribuir a la recuperación de áreas centrales de las grandes ciudades, junto con la generación de oferta de vivienda asequible para el arriendo;
c Que es de interés de este Ministerio contribuir al mejoramiento de las condiciones de equidad urbana y habitacional, promoviendo la inclusión socioespacial y facilitando el acceso de los grupos más vulnerables de la población a áreas centrales bien localizadas;
d Lo dispuesto en la resolución exenta indicada en el Visto o precedente, en cuanto a que para incrementar el número de viviendas disponibles para el arrendamiento a través del DS N 52 V. y U., de 2013, el MINVU, a través de los SERVIU, podrá otorgar subsidios de los Programas Habitacionales vigentes a través de Llamados especiales, a personas jurídicas de derecho público o privado, que tengan por objeto construir o rehabilitar viviendas y equipamiento o adquirir viviendas, las que serán destinadas en todos los casos al arrendamiento a personas que cumplan con los requisitos para la obtención de un subsidio del Programa antes señalado;
Resolución:

1. Llámase a postulación en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda regulado por el DS N 49 V. y U., de 2011, y sus modificaciones, a proyectos de Construcción de Vivienda y/o Rehabilitación de Inmueble Existente y su equipamiento o de Adquisición de Viviendas Construidas, para destinarlas únicamente al arriendo por parte de familias que cumplan con los requisitos del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N 52 V. y U., de 2013.
Podrán participar del presente Llamado las siguientes entidades u organismos públicos:
a Servicios de Vivienda y Urbanización, b Municipios de todas las comunas del país, c Gobiernos Regionales, y d Personas Jurídicas de derecho privado Sin Fines de Lucro.
Para la aplicación de los subsidios que se otorgan mediante el presente Llamado, regirán supletoriamente las disposiciones del DS N 49 V. y U., de 2011, en todo aquello que no se contraponga con lo dispuesto por la presente resolución.
2. Podrán presentarse postulaciones desde la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial hasta el 7 de diciembre del año 2023, estableciéndose selecciones en la medida que existan postulaciones aprobadas por el SERVIU
según el orden y fecha de dicha aprobación hasta agotar la totalidad de los recursos dispuestos para cada región convocada, según se indica en el resuelvo siguiente.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 29/6/2023 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha29/06/2023

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1243

Primera edición17/08/2016

Ultima edición22/11/2023

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