Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 9/2/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O. P. DE CADIZ NUM. 29

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en el Servicio de Energía de esta Delegación Terrirorial en Cádiz, sito en C/ Fernando el Católico 3, 2 planta - 11004 Cádiz, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de TREINTA DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.

La documentación correspondiente a este anuncio también se encuentra expuesta en el portal de transparencia y por el mismo periodo a través del siguiente enlace: https juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Dos de febreri de dos mil veinticuatro. LA DELEGADA TERRITORIAL
EN CÁDIZ. MARIA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado. Nº 18.141

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE FUNCION PUBLICA Y RECURSOS HUMANOS
EDICTO

El Vicepresidente Tercero, Diputado Delegado de Función Pública y Recursos Humanos, mediante Decreto de fecha 2 de febrero de 2024, ha resuelto lo siguiente:

Vistos los siguientes Antecedentes de hecho:

Primero.- Mediante Acuerdo de Pleno de la Diputación Provincial de Cádiz, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2017, se aprobaron las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos para la provisión, en régimen de personal funcionario de carrera, de las plazas vacantes en la plantilla de la Diputación Provincial de Cádiz, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 47, de 13
de marzo de 2017, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 152, de 9 de agosto de 2017.

Segundo.- Mediante Resolución de 12 de febrero de 2021, publicada en el BOP de Cádiz núm. 31, de 17 de febrero de 2021, se dispuso la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2021. En la misma se contempla la existencia de 1 plaza de Administrativo/a, identificada con el código F-02.03.71, en régimen de personal funcionario de carrera, por el turno libre.

Tercero.- Mediante Resolución de 5 de abril de 2022, publicada en el BOP
de Cádiz núm. 75, de 22 de abril de 2022, se dispuso la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022. En la misma se contempla la existencia de 14 plazas de Administrativo/a 1 reservada a personas con discapacidad, identificadas con los códigos F-02.03.07, F-02.03.21, F-02.03.40, F-02.03.44, F-02.03.60, F-02.03.84, F-02.03.89, F-02.03.98, F-02.03.102, F-02.03.116, F-02.03.139, F-02.03.140, F-02.03.145 y F-02.03.146, en régimen de personal funcionario de carrera, por el turno libre.

Cuarto.- Mediante Resolución de 15 de febrero de 2023, publicada en el BOP de Cádiz núm. 39, de 1 de marzo de 2023, se dispuso la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2023. En la misma se contempla la existencia de 3 plazas de Administrativo/a 1 reservada a personas con discapacidad, identificadas con los códigos F-02.03.05, F-02.03.38 y F-02.03.93, en régimen de personal funcionario de carrera, por el turno libre.

Quinto.- Estas plazas que son objeto de convocatoria pública se encuentran vacantes en la plantilla de personal de la Diputación Provincial de Cádiz y están reservadas a personal funcionario de carrera, perteneciendo a la escala de Administración General, subescala Administrativa, incluidas en el Grupo de clasificación C, Subgrupo C1, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a las mismas.

Sexto.- Para la materialización de cada proceso de selección será necesaria la aprobación y publicación de las Bases Específicas por las que se hayan de regir las convocatorias de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente, en las que se recojan, entre otros extremos, los diferentes programas de la fase de oposición de cada uno de los procedimientos selectivos a convocar.

Séptimo.- Las presentes bases han sido objeto de negociación colectiva con los representantes sindicales de la Diputación Provincial de Cádiz en Mesa General de Negociación de fechas 21 de diciembre de 2023 y 23 de enero de 2024.

MARCO NORMATIVO
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público B.O.E. de 31 de octubre.
- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local B.O.E. de 14 de junio.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado B.O.E. de 10 de abril.
- Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos para la provisión, en régimen de personal funcionario de carrera, de las plazas vacantes en la plantilla de la Diputación Provincial de Cádiz, publicadas en el BOP de Cádiz núm. 47, de fecha 13 de marzo de 2017.
- Bases Específicas por las que se regirá la convocatoria respectiva.

Conforme a los siguientes Fundamentos de Derecho:

Primero.- El acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio se ajustará a las normas y requisitos establecidos en los artículos 23.2 y 103.3
de la Constitución Española; en los artículos 3 a 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; en los artículos 55 a 62 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en los artículos 5, 14.7 y 51 a 68 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Resultan también de aplicación en el ámbito local los artículos 100 a 104 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local; los arts. 130 a 137 del Real Decreto Legislativo 781/1986, por el que se
9 de febrero de 2024

aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; así como el Real Decreto 896/1991, de reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local. Del mismo modo, deberá observarse lo dispuesto en las Bases Específicas que para cada procedimiento selectivo se apruebe por la Diputación Provincial de Cádiz.

Segundo.- De conformidad con el art. 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, son principios generales que las Administraciones Públicas deben respetar en su actuación y relaciones, entre otros los siguientes: racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública.

Por otro lado, el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en relación a la acumulación de procedimientos administrativos, establece que El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno.

Tercero.- Corresponde la competencia para aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal a la Presidencia de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 34.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, habiendo sida delegada dicha competencia en el Diputado Delegado de Función Pública y Recursos Humanos por acuerdo de 20 de julio de 2023.

Cuarto.- La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía; así como se observará lo dispuesto en el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y organismos dependientes, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020.

A la vista de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos vengo en RESOLVER:

PRIMERO: Acumular en un procedimiento único la convocatoria pública de 18 plazas vacantes de Administrativo/a 2 reservadas a personas con discapacidad, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de esta Corporación aprobadas para los años 2021, 2022 y 2023, en virtud de lo establecido en el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

SEGUNDO: Aprobar la convocatoria y las Bases Específicas por las que se regirá el procedimiento para la selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de 18 plazas vacantes de Administrativo/a 2 reservadas a personas con discapacidad, identificadas con los códigos F-02.03.05, F-02.03.07, F-02.03.21, F-02.03.38, F-02.03.40, F-02.03.44, F-02.03.60, F-02.03.71, F-02.03.84, F-02.03.89, F-02.03.93, F-02.03.98, F-02.03.102, F-02.03.116, F-02.03.139, F-02.03.140, F-02.03.145 y F-02.03.146, incluidas en la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2021 1 plaza, para el año 2022 14 plazas y para el año 2023 3
plazas, pertenecientes al Grupo "C", Subgrupo "C1", escala de Administración General, subescala Administrativa, mediante el sistema de selección de oposición libre.

Las citadas bases específicas y programa figuran en los términos recogidos como documentos Anexo y Anexo I.

TERCERO: Aprobar el modelo oficial y normalizado de solicitud de admisión a pruebas selectivas de acceso a la Diputación Provincial de Cádiz, que figura como documento Anexo II, al cual deberán ajustarse todas las personas interesadas en concurrir a las plazas convocadas por esta Corporación.

CUARTO: Proceder a la publicación del acuerdo adoptado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en la sede electrónica de esta Corporación dirección https www.dipucadiz.es y, en su caso, en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, que será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
ANEXO
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO PARA
LA SELECCIÓN, EN RÉGIMEN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, DE 18 PLAZAS DE ADMINISTRATIVO/A 2 RESERVADAS A PERSONAS CON
DISCAPACIDAD, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ PARA EL AÑO 2021 1 PLAZA, PARA
EL AÑO 2022 14 PLAZAS Y PARA EL AÑO 2023 3 PLAZAS.

PRIMERA.- NORMAS GENERALES.

1. El objeto de las presentes bases es la selección, por el procedimiento de oposición libre, de 18 plazas de Administrativo/a de la plantilla de personal funcionario de la Diputación Provincial de Cádiz, identificadas con los códigos F-02.03.05, F-02.03.07, F-02.03.21, F-02.03.38, F-02.03.40, F-02.03.44, F-02.03.60, F-02.03.71, F-02.03.84, F-02.03.89, F-02.03.93, F-02.03.98, F-02.03.102, F-02.03.116, F-02.03.139, F-02.03.140, F-02.03.145 y F-02.03.146, pertenecientes al Grupo de clasificación C, Subgrupo C1, escala de Administración General, subescala Administrativa, dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo y Subgrupo indicados.

2. De las plazas previstas, se reservarán 2 para las personas que opten por el turno de Discapacidad, que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% o que tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, y que así lo justifiquen.

La reserva indicada, para ser cubierta por personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento, implica la necesidad de que el/la aspirante supere las pruebas selectivas y que acredite el grado de discapacidad y la

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 9/2/2024

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha09/02/2024

Nro. de páginas119

Nro. de ediciones6013

Primera edición02/01/2001

Ultima edición09/05/2024

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