Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/4/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O.P. DE CADIZ NUM. 63

Los convenios se ajustarán al modelo establecido por este Ayuntamiento, y en todo caso deberán cumplir con el régimen jurídico y los trámites previstos en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, respecto a los convenios. Deberá recoger, entre otras cuestiones, lo siguiente:
- Nombre y apellidos o razón social, de la persona o entidad patrocinadora, domicilio y número de identificación fiscal.
- Actividad del Ayuntamiento de Tarifa que va a ser objeto de patrocinio.
- Aportación cuantificada del patrocinio.
- Fechas de cumplimiento de las obligaciones contraídas por la entidad patrocinadora.
- Compromisos que se adquieren.

Tras su aprobación, se procederá a la firma de los Convenios por la entidad patrocinada y el Ayuntamiento.

La firma del convenio de patrocinio por ambas partes será válida a efectos de la ejecución del patrocinio, y tendrá carácter de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Tras la firma del convenio de patrocinio se remitirán copias a la Intervención, a la Tesorería y a la persona responsable técnica del Área correspondiente, titular de la actividad a patrocinar, que deberá efectuar el seguimiento para que la actividad patrocinada produzca los efectos objeto del convenio.

En caso de contrato de patrocinio, regirá la legislación contractual en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.

Artículo 14. - Plazo de resolución, sentido del silencio administrativo y recursos.

1. Desde la finalización del plazo de presentación de ofertas hasta que se adopta acuerdo de aprobación del órgano competente del Ayuntamiento respecto de la selección de entidades patrocinadoras, no podrá transcurrir más de tres meses.

2. En caso de que en dicho plazo no se resuelva por el órgano competente, se entenderá que el sentido del silencio es negativo.

3. Contra el acuerdo del órgano competente se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, frente al mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acuerdo, o bien recurso contencioso administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
CAPÍTULO V - EJECUCIÓN DEL CONVENIO

Artículo 15.- Ejecución.

1. La gestión y seguimiento del patrocinio será ejercida por el Área o Departamento correspondiente. La persona responsable de este departamento, podrá nombrar a una persona que efectúe la gestión y el seguimiento de patrocinio, pero siempre bajo la supervisión y autorización del responsable.

2. Finalizada la actividad de patrocinio se emitirá informe técnico que justifique y acredite la correcta realización de aquella.

3. En el caso de que resulte procedente, por la Intervención del Ayuntamiento se emitirá certificado sobre las aportaciones realizadas por las entidades patrocinadoras, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de 23 de diciembre de 2002 sobre Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza entrará en vigor, una vez publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Nº 32.064


AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA
DECRETO

Expediente nº: 1016/2022. Resolución con número y fecha establecidos al margen. Procedimiento: Plan de Tesorería. Fecha de iniciación: 17/03/22.

D. Juan Manuel Bermúdez Escámez, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Conil de la Frontera,
HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

Visto informe de la Sra. Tesorera Nº 70 de fecha 23 de marzo de 2022 Visto el informe propuesta del Servicio de Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, registro de entrada 7210, de fecha 14 de junio de dos mil veintiuno, relativo a la declaración de fallido y derivación de responsabilidad del siguiente expediente: ATENAS
REALIZACIONES INMOBILIARIAS SL, con CIF B83034983, declarar incobrables los siguientes créditos afectos al pago del IBI, procediendo a su correspondiente baja en cuenta y derivación de responsabilidad por afección al pago de IBI a FERNÁNDEZ
RODRÍGUEZ JOAQUÍN ALBERTO EXPTE 64/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0033HJ, 3597402TF2139N0034JK y 3597402TF2139N0045WE;
BEGUE NAVARRO CRISTÓBAL EXPTE 65/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0041ZX; RAMOS BARROSO DOMINGO EXPTE 63/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0023OP y 3597402TF2139N0024PA.

PROPONGO al Alcalde, previo los trámites e informes procedentes, la adopción de resolución en los siguientes términos: Iniciar expediente de derivación de responsabilidad por adquisición de bienes afectos al pago de IBI a FERNÁNDEZ
RODRÍGUEZ JOAQUÍN ALBERTO EXPTE 64/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0033HJ, 3597402TF2139N0034JK y 3597402TF2139N0045WE;
BEGUE NAVARRO CRISTÓBAL EXPTE 65/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0041ZX; RAMOS BARROSO DOMINGO EXPTE 63/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0023OP y 3597402TF2139N0024PA.

Vista la propuesta de resolución PR/2022/501 de 24 de marzo de 2022.

RESOLUCIÓN:

PRIMERO.- La aprobación inicial del expediente de derivación de responsabilidad ATENAS REALIZACIONES INMOBILIARIAS SL, con CIF

4 de abril de 2022

B83034983 por adquisición de bienes afectos al pago de IBI a FERNÁNDEZ
RODRÍGUEZ JOAQUÍN ALBERTO EXPTE 64/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0033HJ, 3597402TF2139N0034JK y 3597402TF2139N0045WE;
BEGUE NAVARRO CRISTÓBAL EXPTE 65/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0041ZX; RAMOS BARROSO DOMINGO EXPTE 63/2021, referencia objeto tributario 3597402TF2139N0023OP y 3597402TF2139N0024PA.

SEGUNDO.- En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.42
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por un plazo de quince días a contar desde el siguiente de la inserción de Edictos en el Tablón de Municipal y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

TERCERO.- Dar traslado del presente Decreto al Servicio Provincial de Recaudación con el objeto de continuar el procedimiento de cobro establecido.

24/03/22. El Alcalde, Juan Manuel Bermúdez Escámez. Firmado. La Secretaria General, María Luz Rodríguez Díaz. Firmado.
Nº 32.135


AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA
ANUNCIO

Expediente: 616/PLN. Mediante acuerdo plenario, en sesión celebrada el 21 de Febrero de 2.022, fue aprobado con carácter definitivo el Proyecto de Actuación para el Cambio de Uso de edificación existente a Centro de Distribución de Mercancías en Ctra. Arcos-Jerez Poligono 96, Parcela 41 promovido por SUPERJAROCAL, S.L., lo que se publica para general conocimiento, de conformidad a lo previsto en el art. 43.1.f de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía en el BOP Cádiz y a los efectos oportunos.

Arcos de la Frontera, 15 de marzo de 2.022. EL DELEGADO DE
URBANISMO. Fdo.: Juan Ramón Barroso Morales.
Nº 32.296


ANULACION Y NUEVA PUBLICACION

Queda anulada y sin efecto la publicación del anuncio número 30.838, publicado en el B.O.P. nº 61, de fecha 31 de marzo de 2021, página 16, perteneciente al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, relativo la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario reguladora del servicio de retirada de vehículos de la vía pública, depósito e inmovilización, quedando sustituida por la siguiente:
AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN
ANUNCIO

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en la sesión ordinaria celebrada el día 10 de marzo de 2022, al punto 2.4. del Orden del Día, aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario reguladora del servicio de retirada de vehículos de la vía pública, depósito e inmovilización.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente tramitado a información pública por el plazo de treinta días, a cuyos efectos se expone el presente anuncio en el tablón de edictos y en la página web municipal durante dicho plazo, que comenzará a contarse a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Dentro del referido período, los interesados podrán examinar el expediente en la Secretaría Municipal en horario de oficina, en el Tablón electrónico de anuncios y edictos de este Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia www.lalinea.es, y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, que serán resueltas por el Pleno, que adoptará el correspondiente acuerdo sobre la aprobación definitiva de la Ordenanza.

En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, según establece el artículo 17.3 del citado decreto, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En La Linea de la Concepcion a 21/03/22. EL ALCALDE, Fdo. Jose Juan Franco Rodríguez. DOY FE, LA SECRETARIA GRAL, Fdo. Carmen Rocío Ramírez Bernal.
Nº 30.838

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.P

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B

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PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
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Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/4/2022

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha04/04/2022

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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