Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/1/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O.P. DE CADIZ NUM. 18

En Jerez de la Frontera, a 5/01/22. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JERONIMO GESTOSO DE LA FUENTE.
Firmado.
Nº 4.255


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue los autos núm. 17/19, sobre Despidos/ Ceses en general, a instancia de GLORIA MARIA CAMERO MILLAN
contra FYSER XXI, S.L. y FOGASA, en la que con fecha 07.10.21 se ha dictado sentencia nº 234/21 que sustancialmente dice lo siguiente:
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 JEREZ DE LA FRONTERA
AUTOS NÚM. 17/19.
SENTENCIA NÚM. 234/21.

En Jerez de la Frontera, a siete de octubre del dos mil veintiuno.

MARIA SOLEDAD ORTEGA UGENA, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº. 2 de Jerez de la Frontera, tras haber visto los presentes autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD seguidos a instancia de DOÑA GLORIA
MARÍA CAMERO MILLÁN contra FYSER XXI SL, emplazado el FOGASA EN
NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA

FALLO

Que estimando la demanda formulada por DOÑA GLORIA MARÍA
CAMERO MILLÁN contra FYSER XXI SL, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 2.59380 euro brutos, incrementados en el 10% correspondiente en concepto de intereses por mora.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe formular por su cuantía.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a FYSER XXI, S. L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

04/01/22. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA. JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 4.257


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue los autos núm. 19/19, sobre Reclamación de cantidad, a instancia de ALICIA PAREJA AREVALO contra FYSER
XXI, S. L. y FOGASA, en la que con fecha 07.10.21 se ha dictado sentencia nº 236/21
que sustancialmente dice lo siguiente:
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 JEREZ DE LA FRONTERA
AUTOS NÚM. 19/19
SENTENCIA NÚM. 236/21

En Jerez de la Frontera, a siete de octubre del dos mil veintiuno.

MARIA SOLEDAD ORTEGA UGENA, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº. 2 de Jerez de la Frontera, tras haber visto los presentes autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD seguidos a instancia de DOÑAALICIA
PAREJA ARÉVALO contra FYSER XXI SL, emplazado el FOGASA. EN NOMBRE
DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA

FALLO

Que estimando la demanda formulada por DOÑA ALICIA PAREJA
ARÉVALO contra FYSER XXI SL, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 9.42871 euro brutos, incrementadosen el 10%
correspondiente en concepto de intereses por mora.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco de Santander nº 1256 0000 65 0019 19, haciendo constar en el ingreso el número de
27 de enero de 2022

procedimiento, pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo deberá en el momento de anunciar el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria haciendo constar también el número de procedimiento.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a FYSER XXI, S. L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

05/01/22. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA. JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE. Firmado.
Nº 4.258


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue los autos núm. 18/19, sobre Reclamación de Cantidad , a instancia de ESTEBAN ARRO DIAZ contra FYSER XXI, S.L. y FOGASA, en la que con fecha 07.10.21 se ha dictado sentencia nº 235/21 que sustancialmente dice lo siguiente:
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 JEREZ DE LA FRONTERA
AUTOS NÚM. 18/19
SENTENCIA NÚM. 235/21

En Jerez de la Frontera, a siete de octubre del dos mil veintiuno.

MARIA SOLEDAD ORTEGA UGENA, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº. 2 de Jerez de la Frontera, tras haber visto los presentes autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD seguidos a instancia de DON ESTEBAN
ARRO DÍAZ contra FYSER XXI SL, emplazado el FOGASA. EN NOMBRE DE SU
MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA

FALLO

Que estimando la demanda formulada por DON ESTEBAN ARRO DÍAZ
contra FYSER XXI SL, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 2.75196 euro brutos, incrementados en el 10% correspondiente en concepto de intereses por mora.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular
RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco de Santander nº 1256 0000 65 0018 19, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo deberá en el momento de anunciar el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria haciendo constar también el número de procedimiento.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a FYSER XXI, S. L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

04/01/22. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA. JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE. Firmado.
Nº 4.260

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.P

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PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/1/2022

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha27/01/2022

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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