Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/8/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

22 de agosto de 2019
CARGO

B.O.P. DE CADIZ NUM. 160
RETRIBUCIONES
ANUALES

Alcaldía, con dedicación exclusiva
48.289,92 €

Concejal Delegado de Economía y Hacienda, dedicación exclusiva
41.072,64 €

Concejal Delegado de Desarrollo de la ciudad, Urbanismo y Fomento de Empleo, dedicación exclusiva.

41.072,64 €

Concejal Delegado de Bienestar Social, dedicación exclusiva
41.072,64 €

Concejal Delegado de Educación y Juventud, dedicación exclusiva
41.072,64 €

Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana, Tráfico y Movilidad, Nuevas Tecnologías y Oficina de Transparencia, dedicación exclusiva
41.072,64 €

Concejal Delegado de Mercados, Participación ciudadana y Deportes, dedicación exclusiva
41.072,64 €

Concejal Delegado de Agricultura y pesca, Especial Algaida y Bonanza, Medio Ambiente y Playas, dedicación exclusiva
41.072,64 €

Concejal Delegado de Cultura y Fiestas, dedicación exclusiva
41.072,64 €

Portavoz del grupo Municipal Popular con dedicación parcial al 60% de 41.072,64 €

24.643,58 €

Concejal Delegado de Presidencia, Régimen Interior y Recursos Humanos, con dedicación parcial al 80% de 41.072,64 €

32.858,11 €

Concejal Delegado de Urbanismo, con dedicación parcial al 80% de 41.072,64 €

32.858,11 €

SEGUNDO.

El desempeño con dedicación exclusiva de los cargos indicados en el apartado precedente, será incompatible con el desarrollo de cualquier otra actividad pública o privada y con la percepción de cualquier otra retribución con cargo a los Presupuestos del Ayuntamiento y de cualesquiera otras Administraciones públicas, entidades, organismos o sociedades de ellas dependientes o vinculadas, cualquiera que sea su naturaleza, incluidas las percepciones por la asistencia a las sesiones de los órganos colegiados del Ayuntamiento, órganos rectores de sus organismos autónomos y entidades dependientes y de los órganos de administración o gobierno de las sociedades participadas íntegramente por el Ayuntamiento.

No obstante los titulares de estos órganos, podrán recibir indemnizaciones por los gastos efectivos realizados en el ejercicio de sus funciones, en los supuestos y cuantías establecidas en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. A los efectos de su aplicación, aquellos cargos se entienden incluidos en el grupo I.
TERCERO.
Las cuantías de las retribuciones establecidas en el apartado primero, se actualizarán anualmente de forma automática en el mismo porcentaje que lo sean las retribuciones del personal al servicio del sector público, conforme a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o norma que en su caso la sustituya.
CUARTO.

El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y Concejales Delegados que en virtud de este acuerdo deben ser desempeñados en régimen de dedicación exclusiva o parcial, serán dados de alta en el régimen de la Seguridad Social, o bien, en caso de ostentar la condición de funcionarios, sujetos a un régimen de mutualismo administrativo obligatorio. El Ayuntamiento satisfará el importe de las cotizaciones a las mutualidades respectivas en los términos y con el alcance establecido en la normativa específica.
QUINTO.

El presente acuerdo será publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Corporación, en aplicación de lo establecido en el art. 75.5º de la LBRL.
Y para que así conste, se expide el presente, de orden y con el visto bueno del Alcalde, con la salvedad de que se hace con anterioridad a la aprobación del acta de la sesión, quedando su contenido a expensas de los términos de aquella; todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo doscientos seis del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD
2568/1986, de 28 de noviembre.

V.º B.º EL ALCALDE, Fdo.: Víctor Mora Escobar. 30/07/2019. Fdo.:
BERNARDO FERNÁNDEZ ALICIA.
Nº 60.085


Ayuntamiento de Chipiona ANUNCIO DE APROBACION INICIAL

El Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 31 de julio de 2019, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria
Página 7

nº 22/2019 en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto. Dicho expediente estará de manifiesto al público en la Intervención del Ayuntamiento. Asimismo, su detalle podrá consultarse a través de la web del Portal Municipal de Transparencia. Dicha exposición pública será durante el plazo de quince días, durante el cual, los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen convenientes, de acuerdo con lo establecido en los art.
169 y 170.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por el R.D.L 2/2004 de 5 de marzo. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado reclamaciones se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.

En Chipiona, a 31/07/2019. El Alcalde, Fdo: Luis Mario Aparcero Fernández de Retana Nº 60.111


Ayuntamiento de Villamartin
D. JUAN LUIS MORALES GALLARDO, ALCALDE PRESIDENTE
DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLAMARTÍN, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 21 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
HAGO SABER:

Con fecha 18/06/19, y Núm. 2019-547, se ha dictado la siguiente Resolución:

Tras la celebración de las elecciones municipales el día 26 de mayo de 2019 y habiéndose procedido el día 15 de junio de 2019 a la constitución de la nueva Corporación Local De conformidad con lo dispuesto en el art 43, 44, 45 y 51 del ROF
y en uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por la legislación vigente por el presente:
DECRETO

A los efectos de conseguir una mejor gestión y coordinación de la actividad administrativa la estructura de la Corporación quedará dividida en tres grandes áreas de competencias que asumirán los Tenientes de Alcalde, a los que se le deleguen las mismas.
Las tres Delegaciones Genéricas son las que a continuación se relacionan, conllevando sus titulares la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en general, sin que incluya la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Asimismo, el Concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los Concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área:
1.- DELEGACION GENÉRICA. AREA ECONOMICA ADMINISTRATIVA: TTE.
DE ALCALDE D. SUSANA TORO TROYA

Dicha área comprende las materias de: Hacienda, Personal, Servicios Administrativos, Fomento y Urbanismo.

Dentro de esta área se prevé una DELEGACION ESPECIAL a favor del concejal Carmen Rivera Román Naranjo, para la dirección interna y la gestión del servicio de Urbanismo, Fomento
En este caso, Susana Toro Troya, Concejal que ostenta la delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de Carmen Rivera Román Naranjo que ostenta la delegación especial de Urbanismo y Fomento incluidos en su área 2.- DELEGACION GENERICA AREA DE SERVICIOS: TTE. DE ALCALDE D.
JUAN CARLOS RAMÍREZ LINEROS

Dicha área comprende las materias de: Fiesta, Iluminación Viaria, Policía e Interior. Cementerio, Agricultura Mantenimiento, Obras y Servicios y Medio Ambiente Parque y Jardines, R.S.U., Limpieza Viaria.

Dentro de esta área se prevé una DELEGACION ESPECIAL a favor del concejal Sandra Pinto Román, para la dirección interna y la gestión del servicio de Mantenimiento, Obras y Servicios.

Dentro de esta área se prevé otra DELEGACION ESPECIAL a favor del concejal Juan Miguel Márquez Horrillo, para la dirección interna y la gestión del servicio de Medio Ambiente limpieza viaria, parques y jardines y RSU

En este caso, Juan Carlos Ramírez Lineros, Concejal que ostenta la delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de Sandra Pinto Román y de Juan Miguel Marquez Horrillo.
3º.- DELEGACION GENERICA. AREA SOCIAL: TTE. DE ALCALDE D.ANTONIA
VIRUEL OROZCO.

Dicha área comprende las materias de: Turismo, Cultura, Educación, Comercio, Fiestas.: Bienestar Social, Mujer, Mayor, Juventud, Participación ciudadana, Deporte.

Dentro de esta área se prevé una DELEGACION ESPECIAL a favor de concejal Ernesto Rodríguez Domínguez, para la dirección interna y la gestión del servicio de Cultura, Turismo y Educación.

Dentro de esta área se prevé una DELEGACION ESPECIAL a favor de concejal Carlos García Delgado Sánchez, para la dirección interna y la gestión del servicio de Deportes.

Dentro de esta área se prevé una DELEGACION ESPECIAL a favor de concejal Carolina Coronil Pavón, para la dirección interna y la gestión del servicio de Mujer y mayor.

En este caso, Antonia Viruel Orozco, Concejal que ostenta la delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de Carlos García Delgado y de Carolina Coronil Pavón.

Cuarto. Comunicar este Decreto a los Tenientes de Alcalde afectados, haciéndoles constar que tendrán que mantener informada a esta Alcaldía del ejercicio de sus atribuciones como Alcalde accidental, no pudiendo en el citado ejercicio, ni modificar las delegaciones ya efectuadas por esta Alcaldía con anterioridad, ni otorgar otras nuevas.
Quinto: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la sesión

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha22/08/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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