Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

19 de agosto de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 157

LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.


Nº 58.323

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2
Cadiz
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 500/2019
promovido por AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACION DE ANDALUCIA
se ha dictado por JUZGADO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N2 DE CADIZ
DECRETO del tenor literal siguiente:

N.I.G.: 1101245320190001909 Procedimiento: Autorización entrada domicilio 500/2019.

Recurrente: AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACION DE
ANDALUCIA Procurador: ANTONIO CERVILLA PUELLES

Demandado/os: ANDINA EVIENEZ MONTOYA
DECRETO

D. MIGUEL ÁNGEL BRAGADO LORENZO,
Letrado de la Administración de Justicia
En Cádiz, a trece de junio de dos mil diecinueve.
ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Se ha recibido del Servicio Común del Partido Judicial de Cádiz el anterior escrito, documentos acompañados y copias, que ha sido turnado por reparto a este Juzgado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 96.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común LRJAP que si fuere necesario entrar en el domicilio del afectado, las administraciones públicas deberán obtener el consentimiento del mismo o, en su defecto, autorización judicial".
La competencia de este Juzgado está atribuida por el artículo 8.6 de la LJCA, por lo que procede admitir a trámite la solicitud y resolverla previa audiencia del Ministerio Fiscal y del interesado, por plazo común de cinco días.
PARTE DISPOSITIVA

Incóese procedimiento para la autorización de entrada en domicilio y dese traslado de la solicitud al Ministerio Fiscal y a Dña. Andina M Jiménez Montoya, quien aparece como ocupante de la vivienda objeto de la demanda, sita en la calle Bermudas C Bajo B de Chiclana de la Frontera, para que en el plazo de CINCO DÍAS puedan alegar lo que estimen conveniente a su derecho.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DÍAS hábiles, contados desde el siguiente a su notificación.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

LO QUE EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ART. 107
DE LA LEY 29/1998 DE 13 DE JULIO, REGULADORA DE LA JURISDICCION
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA, SE HACE PUBLICO PARA GENERAL
CONOCIMIENTO y para que sirva de notificación a I. ANDINA MARIA JIMENEZ
MONTOYA.

En Cádiz , a nueve de julio de dos mil diecinueve. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.
Nº 58.715


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en la ejecución seguida en este Juzgado bajo el número 62/2015 a instancia de la parte ejecutant. DAVID GOMEZ MEDINA, LUIS
CAZORLAAGUADO, JOSE MANUEL GARCIA MORENO, JOSE MARIA NUÑEZ
ALCALDE, MARIA JOSEFA PEREZ RUBIO y RUBEN JOSE PARIENTE CARRERO
contra COMARIT ESPAÑA SL y LINEAS MARITIMAS EUROPEAS, S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETO de fecha 10/07/19 del tenor literal siguiente:
DECRETO.
Letrado de la Administración de Justicia D. JESUS MARIA SEDEÑO
MARTINEZ.
En Algeciras, a nueve de julio de dos mil diecinueve.PARTE DISPOSITIVA.
ACUERDO: Desestimar el recurso de reposición interpuesto contra Diligencia de Ordenación del 18 de marzo de 2019, cuya resolución confirmo en su integridad. Notifíquese la presente resolución .
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de reproducir la cuestión al recurrir, si fuere procedente, la resolución definitiva.

Y para que sirva de notificación al demandado COMARIT ESPAÑA SL y LINEAS MARITIMAS EUROPEAS, S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con
Página 11

la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a diez de julio de dos mil diecinueve. EL LETRADO DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 58.718


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 232/2017 a instancia de la parte ejecutante D. MOISES VALLEJO JIMENEZ contra COSTAGOL 73 SA y RYDER CLUBS RESTAURANTES sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DILIGENCIA DE ORDENACIÓN de fecha 9/7/19 del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR. D. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.
En Algeciras, a nueve de julio de dos mil diecinueve.- Por presentado el anterior escrito de la parte ejecutante, únase.

Requiérase a COSTAGOL 73 S.A Y RYDER CLUBS RESTAURANTES
S.L s, para que , en el plazo de CUATRO DÍAS, manifieste ante este juzgado las causas que impiden el cumplimiento de la Sentencia de fecha 29/03/17 , o en su caso , aporte justificación documental del abono realizado , bajo apercibimiento de , en caso de no dar cumplimiento se le podrá citar para dar audiencia para la imposición de multa coercitiva a que se refiere el art. 287.4 d de la LRJS., el cual se remite al artículo 241.2 del mismo texto procesal laboral. MODO DE IMPUGNACIÓN:
Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado COSTAGOL 73 SA y RYDER CLUBS RESTAURANTES actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a nueve de julio de dos mil diecinueve. EL LETRADO DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 58.732


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 416/2016 a instancia de la parte actora D/D. FUNDACION SOCIO LABORAL
ANDALUCIA contra JUAN FRANCISCO MOLTO BORREGO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 16/04/19 del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR. D. ALFONSO MENESES DOMINGUEZ.- En Algeciras, a dieciséis de abril de dos mil diecinueve.- Por presentado el anterior escrito de la ejecutante , únase.Visto el contenido del mismo , y constando trabados embargos de saldos de cuentas corrientes y devoluciones de la A.E.A.T. en fecha 13/03/18, y dada la imposibilidad de trabar embargo sobre la pensión que percibe, estese a la espera de los embargos reseñados y con su resultado se acordará. MODO DE IMPUGNACIÓN:
Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado JUAN FRANCISCO

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha19/08/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6013

Primera edición02/01/2001

Ultima edición09/05/2024

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