Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/7/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

31 de julio de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 145

- RECURSO DE REPOSICIÓN en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al del término de la exposición pública del padrón-matricula, ante el Órgano que dicto el acto, de conformidad con el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, ante el Juzgado del dicho orden jurisdiccional en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición si es expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES, a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

En Arcos de la Frontera, a 10 de julio de 2019. EL ALCALDE Fdo.: Isidoro Gambín Jaén Nº 54.134


Ayuntamiento de Arcos de la Frontera ANUNCIO

ISIDORO GAMBIN JAEN, ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE ARCOS DE LA FRONTERA. HAGO SABER

Que en Junta de Gobierno Local de fecha 02 de julio de 2019 se ha aprobado el siguiente padrón fiscal y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y lo estipulado en la Ordenanza Fiscal general sobre Gestión, Inspección y Recaudación, se procede a la exposición pública del padrón fiscal del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS
correspondiente al ejercicio 2019.

El padrón estará a disposición del público en el Servicio de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, sito en Av. Miguel Mancheño 30, para quienes tuvieran un interés legítimo, mediante atención personalizada en horario de 9 h a 14 h, durante un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Período de ingreso: El período voluntario de ingreso es el comprendido entre el día 2 de septiembre y el 15 de noviembre de 2019, ambos inclusive, o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la citada Ley General Tributaria.

Lugar y medios de pago: El pago podrá realizarse en las entidades bancarias colaboradora; y los medios de pagos, serán los establecidos en los artículos 23 a 31 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria.

Medios de impugnación. Los interesados podrán interponer los siguientes recursos o cualquier otro que estimen oportuno:

- RECURSO DE REPOSICIÓN en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al del término de la exposición pública del padrón-matricula, ante el Órgano que dicto el acto, de conformidad con el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, ante el Juzgado del dicho orden jurisdiccional en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición si es expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES, a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

En Arcos de la Frontera, a 10 de julio de 2019. EL ALCALDE Fdo.: Isidoro Gambín Jaén.
Nº 54.138


Ayuntamiento de Trebujena ANUNCIO

Por Decreto del Primer Teniente Alcalde, Delegado de Hacienda, con número 468/2019, de fecha 28 de junio, se dicta resolución aprobando provisionalmente el Padrón de Tasa por Suministro de Agua Potable, Alcantarillado, Canon de Vertidos, Canon de Trasvase y Canon de Mejora, correspondiente al Segundo Trimestre del ejercicio 2019.

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33
de la Ordenanza Municipal de Gestión, Recaudación e Inspección de Tributos Locales en relación con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual los interesados podrán examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas, haciéndose constar que en el caso de no producirse, esta resolución debe de entenderse como definitiva.

Dicho Padrón se encuentra en la Unidad de Intervención, sita en la primera planta de este Ayuntamiento a disposición de los interesados.

La exposición pública del presente Padrón producirá los efectos de notificación de las liquidaciones de cuotas que figuren consignadas.

Según lo estipulado en la Disposición Adicional 1.2a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo dispuesto en la Disposición Adicional cuarta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, contra las cuotas comprendidas en el referido Padrón podrá interponerse Recurso de Reposición, previo al ContenciosoAdministrativo, ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón que nos ocupa.

El recurso de reposición se regirá por lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba
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el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Lo que se hace constar a los efectos oportunos. En Trebujena, a 28 de Junio de 2019. El Primer Teniente-Alcalde: D. Ramón Galán Oliveros.
Nº 54.190


Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar EDICTO

SE HACE SABER: Que estarán expuestos al público los padrones y listas cobratorias correspondientes al periodo de Abril a Junio de 2019, de la TASA POR
PRESTACIÓN DEL SERVICIO MANCOMUNADO DE ABASTECIMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN EL MUNICIPIO DE LA LÍNEA ZONA
3 en las oficinas de la Empresa Gestora de Aguas Linenses, sita en la Calle San Pedro de Alcántara, 2 C.P. 11300 de La Línea, y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar sita en el Parque de las Acacias, S/N, de Algeciras, de lunes a viernes, durante un periodo de quince días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, periodo durante el cual los interesados pueden examinar los referidos documentos en horario de 9:00 a 14:00 horas y presentar las alegaciones que tengan por conveniente al contenido de los mismos.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 de 17
de diciembre, General Tributaria el presente Edicto se publica igualmente para advertir que las liquidaciones de la Tasa y trimestre referenciados incluidas en los citados documentos se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones a los obligados tributarios el día en que termina la exposición al público de los padrones indicados.

Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 c del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5
de marzo, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones o listas cobratorias podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Presidente de la Mancomunidad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón o lista cobratoria correspondiente.

Por otro lado, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, se hace saber que, al tener encomendadas las funciones de recaudación de las liquidaciones y recibos a los que se refiere el presente Edicto la empresa concesionaria del servicio Empresa Gestora de Aguas Linenses S.L., el periodo voluntario para hacer efectivo el pago de los recibos de la mencionada Tasa, correspondiente al periodo anteriormente indicado, será el dispuesto en cada caso por la citada empresa concesionaria que consta indicado en el recibo que es girado trimestralmente al efecto a los interesados obligados tributarios por la indicada Empresa Gestora de Aguas Linenses, S.L., siendo el lugar de pago el de las oficinas de la citada empresa concesionaria, sitas en la Calle San Pedro de Alcántara s/n C.P. 11300 de La Línea de la Concepción, o el de las entidades financieras colaboradoras.

Transcurrido el mencionado plazo de ingreso voluntario, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 28 de la citada Ley General Tributaria, que son los siguientes:

1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.

2. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5 del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.

3. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores.

El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.
Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.

Lo que se hace público para general conocimiento de la normativa vigente.
Algeciras, a 3 de julio de 2019. EL PRESIDENTE, Fdo.: Luís Ángel Fernández Rodríguez.
Nº 54.232


Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar EDICTO

SE HACE SABER: Que estarán expuestos al público los padrones y listas cobratorias correspondientes al periodo de 2º trimestre de 2019, de la TASA
POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO MANCOMUNADO DE TRATAMIENTO Y
DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES EN EL MUNICIPIO DE ALGECIRAS
ZONA 3 las oficinas de la Empresa Municipal de Agua del Ayuntamiento de Algeciras, EMALGESA , sitas en la Avenida Virgen del Carmen S/N Centro Cívico de la Reconquista C.P. 11201 de Algeciras, y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar sita en el Parque de las Acacias, S/N, de Algeciras, de lunes a viernes, durante un periodo de quince días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, periodo durante el cual los interesados pueden examinar los referidos documentos en horario de 9:00 a 14:00 horas y presentar las alegaciones que tengan por conveniente al contenido de los mismos.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 de 17
de diciembre, General Tributaria el presente Edicto se publica igualmente para advertir que las liquidaciones de la Tasa y trimestre referenciados incluidas en los citados documentos se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones a los obligados tributarios el día en que termina la exposición al público de los padrones indicados.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/7/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha31/07/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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