Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/7/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

31 de julio de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 145

Vicepresidenta de dicho organismo, del siguiente tenor literal:

Irene García Macías, Presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, en uso de las atribuciones que me están conferidas, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO

Constituida la Corporación Provincial en sesión celebrada el día 27 de junio de 2019, se procedió por la Presidencia, mediante Resolución de fecha 1 de julio de 2019, a la determinación de las Áreas de responsabilidad política y a aprobar delegaciones generales y especiales en Diputados/as de la Corporación.

Conforme a los artículos 11 y 12 de los Estatutos del Instituto Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico, corresponde su Presidencia a la Presidenta de la Diputación, y la Vicepresidencia, a la Diputada Delegada de Empleo, Ana Belén Carrera Armario, a la vista del citado decreto de 1 de julio de 2019.

Ostenta igualmente la Presidencia del Instituto la facultad de efectuar delegaciones en la Vicepresidencia, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.2 de los Estatutos del IEDT, vengo en RESOLVER:

PRIMERO: Delegar en la Vicepresidenta del IEDT, Ana Belén Carrera Armario, todas las competencias susceptibles de delegación que atribuyen los Estatutos del IEDT a esta Presidencia, con la limitación que resulta de lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

SEGUNDO: La citada delegación se entiende sin perjuicio del régimen de delegaciones en materia económica y presupuestaria establecido en virtud de resolución de fecha 4 de julio de 2019.

TERCERO: Las atribuciones delegadas no podrán a su vez ser delegadas en otro órgano, autoridad o persona.

CUARTO: La delegación de atribuciones de esta Presidencia del IEDT
surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de este Decreto y requerirá para su eficacia la aceptación expresa o tácita de la persona delegada, entendiéndose aceptadas las atribuciones delegadas si dentro de las tres días siguientes a la notificación del presente Decreto no se manifiesta nada en su contra o se hace uso de la delegación.

QUINTO: Siempre que se haga uso de la delegación contenida en el presente Decreto, deberá hacerse constar expresamente en la correspondiente Resolución.

SEXTO: En lo no previsto en el presente Decreto, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público, en el Real Decreto 2568/1986, de 38 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en el Reglamento Orgánico Provincial, en los Estatutos del IEDT, así como en las demás disposiciones que fueran de aplicación.

SÉPTIMO: La presente resolución será notificada al interesado, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos Electrónico de esta Diputación y en el Portal de Gobierno Abierto, https gobiernoabierto.dipucadiz.
es/web/publico/home, dándose igualmente cuenta del presente Decreto al Consejo Rector en la primera sesión que celebre.

La Presidenta.

Se procede a definir el alcance y aplicación de lo dispuesto en el apartado SEGUNDO de la Resolución anterior, mediante Decreto de la Presidencia, de fecha 19 de julio de 2019, del siguiente tenor literal:

Irene García Macías, Presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, en uso de las atribuciones que me están conferidas, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO

En relación con el Decreto suscrito por esta Presidencia, en fecha 18 de julio de 2019, por el que se ha resuelto delegar en la Vicepresidenta del IEDT, Ana Belén Carrera Armario, todas las competencias susceptibles de delegación que atribuyen los Estatutos del IEDT a esta Presidencia, con la limitación que resulta de lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

A efectos de definir el alcance y aplicación de lo dispuesto en el apartado SEGUNDO del citado Decreto, cuyo tenor literal es el siguiente:

La citada delegación se entiende sin perjuicio del régimen de delegaciones en materia económica y presupuestaria establecido en virtud de resolución de fecha 4
de julio de 2019.

En uso de las atribuciones asignadas a esta la Presidencia del Instituto y de conformidad con lo establecido en el artículo 12.2 de los Estatutos del IEDT, vengo en RESOLVER:

PRIMERO: En materia económica y presupuestaria, la delegación efectuada a la Vicepresidencia del IEDT, se limita en la reserva expresa a esta Presidencia de las siguientes atribuciones y competencias en la indicada materia:
a La Autorización y Disposición de las subvenciones/transferencias a entes locales se instrumenten o no en un convenio de colaboración.
b Aprobación del Plan de Disposición de Fondos.
c Realización material de los pagos.
d Aprobación de las modificaciones presupuestarias no reservadas a otro órgano.
e Funciones de clavero, a ejercitar conjuntamente con las personas titulares de la Intervención y la Tesorería.

SEGUNDO: En consecuencia, con la reserva que antecede, se mantienen las mismas condiciones y términos previstas en el Decreto de delegación aprobado en fecha 18 de julio de 2019.

TERCERO: La presente resolución será notificada a las personas interesadas, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos Electrónico de esta Diputación y en el Portal de Gobierno Abierto, https gobiernoabierto.dipucadiz.
es/web/publico/homedándose igualmente cuenta del presente Decreto al Consejo Rector en la primera sesión que celebre.

La Presidenta.

Lo que se hace público para general conocimiento. 23/07/2019. La
Página 3

Vicesecretaria General. Firmado: Marta Álvarez-Requejo Pérez. La Presidenta. Firmado:
Irene García Macías.
Nº 58.071


Area de Presidencia Secretaria General EDICTO

Mediante Decreto de la Presidencia de fecha 18 de julio de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos del Patronato Provincial de Turismo, se ha resuelto la designación de los miembros de la Junta General del Patronato Provincial de Turismo y de su Vicepresidente, así como la delegación de competencias en éste último, del siguiente tenor literal:

Irene García Macías, Presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, en uso de las atribuciones que me están conferidas, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO

Constituida la Corporación Provincial en sesión celebrada el día 27 de junio de 2019, se procedió por la Presidencia, mediante Resolución de fecha 1 de julio de 2019, a la determinación de las Áreas de responsabilidad política y a aprobar delegaciones generales y especiales en Diputados/as de la Corporación.

Conforme al artículo 22 de los Estatutos del Patronato Provincial de Turismo, corresponde su Presidencia a la Presidenta de la Diputación Provincial De Cádiz.

Ostenta igualmente la Presidencia del Patronato, al amparo de lo establecido en los artículos 10 y 23 de sus Estatutos, la facultad de nombrar, entre los/as Diputados/
as provinciales, a dos miembros de la Junta General y al titular de la Vicepresidencia del Patronato de entre ellos, así como efectuar en el mismo las delegaciones que estime oportunas.

En virtud de lo expuesto, vengo en disponer:

PRIMERO: Designar miembros de la Junta General del Patronato Provincial de Turismo a los siguientes Diputado y Diputada Provinciales:
1. José María Román Guerrero 2. Ana Belén Carrera Armario
SEGUNDO: Designar a José María Román Guerrero como Vicepresidente del Patronato Provincial de Turismo.

TERCERO: Delegar en el Vicepresidente del Patronato todas las competencias que le atribuyen los Estatutos a esta Presidencia susceptibles de delegación, con la limitación que resulta de lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

CUARTO: La citada delegación se entiende sin perjuicio del régimen de delegaciones en materia económica y presupuestaria establecido en virtud de resolución de fecha 4 de julio de 2019.

QUINTO: Las atribuciones delegadas no podrán a su vez ser delegadas en otro órgano, autoridad o persona.

SEXTO: La delegación de atribuciones de esta Presidencia de la Fundación Provincial de Cultura surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de este Decreto y requerirá para su eficacia la aceptación expresa o tácita del Delegado, entendiéndose aceptadas las atribuciones delegadas si dentro de las tres días siguientes a la notificación del presente Decreto no se manifiesta nada en su contra o se hace uso de la delegación.

SEPTIMO: Siempre que se haga uso de la delegación contenida en el presente Decreto, deberá hacerse constar expresamente en la correspondiente Resolución.

OCTAVO: En lo no previsto en el presente Decreto, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público, en el Real Decreto 2568/1986, de 38 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en el Reglamento Orgánico Provincial, en los Estatutos del Patronato Provincial de Turismo, así como en las demás disposiciones que fueran de aplicación.

NOVENO: La presente resolución será notificada al interesado, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos Electrónico de esta Diputación y en el Portal de Gobierno Abierto, https gobiernoabierto.dipucadiz.es/web/publico/
home, dándose igualmente cuenta del presente Decreto al Consejo Rector y a la Junta General en la primera sesión que celebre.

La Presidenta.

Se procede a definir el alcance y aplicación de lo dispuesto en el apartado SEGUNDO de la Resolución anterior, mediante Decreto de la Presidencia, de fecha 19 de julio de 2019, del siguiente tenor literal:

Irene García Macías, Presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, en uso de las atribuciones que me están conferidas, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO

En relación con el Decreto suscrito por esta Presidencia, en fecha 18 de julio de 2019, por el que se ha resuelto delegar en el Vicepresidente del Patronato Provincial de Turismo, José María Román Guerrero, todas las competencias susceptibles de delegación que atribuyen los Estatutos del Patronato a esta Presidencia, con la limitación que resulta de lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

A efectos de definir el alcance y aplicación de lo dispuesto en el apartado SEGUNDO del citado Decreto, cuyo tenor literal es el siguiente:

La citada delegación se entiende sin perjuicio del régimen de delegaciones en materia económica y presupuestaria establecido en virtud de resolución de fecha 4
de julio de 2019.

En uso de las atribuciones asignadas a esta la Presidencia del Patronato y de conformidad con lo establecido en el artículo 12.2 de los Estatutos del Patronato, vengo en RESOLVER:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/7/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha31/07/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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