Boletín Oficial de la República Argentina del 04/04/2013 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, jueves 4
de abril de 2013

Año CXXI
Número 32.611
Precio $ 3,00

Sumario Pág.

DECRETOS

DECRETOS

DUELO NACIONAL

DUELO NACIONAL
Decreto 341/2013
Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Decreto 339/2013
Establécese un régimen administrativo para la inscripción de nacimientos de niños recién nacidos y de hasta los 12 años de edad

Decreto 341/2013

1

1

MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 317/2013
Prorrógase designación en la Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas de la Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa de la Secretaría de Educación

3

Decreto 323/2013
Prorrógase designación en la Unidad de Auditoría Interna

3

MINISTERIO DE SALUD
Decreto 314/2013
Asígnase función en la Dirección General de Administración de la Secretaría de Coordinación
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 316/2013
Dase por designada la Subdirectora de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal de la Subsecretaría de Políticas de Seguridad e Intervención Territorial de la Secretaría de Seguridad
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 322/2013
Recházase recurso interpuesto contra la Resolución Nº327/2011
PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 315/2013
Danse por prorrogadas designaciones en la Secretaría General

3

4

4

5

Decreto S 6591/1971

6

Decreto S 6592/1971

6

Decreto S 6593/1971

6

Decreto S 6634/1971

6

Decreto S 6781/1971

6

Decreto S 6782/1971

7

Decreto S 389/1972

7

Decreto S 612/1972

7

Decreto S 723/1972

7

Decreto S 735/1972

7

Decreto S 832/1972

8

Continúa en página 2

Bs. As., 3/4/2013
VISTO las inundaciones producidas por el temporal acaecido en la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES, en diversas localidades del Conurbano Bonaerense y en la Ciudad de La Plata, PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, y CONSIDERANDO:
Que la magnitud del luctuoso episodio vivido por la población de las mencionadas ciudades y localidades ha provocado el fallecimiento de numerosas personas.
Que el Gobierno y el Pueblo de la Nación Argentina acompaña con su solidaridad y pesar el dolor de los familiares de las víctimas.

DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Publicación conforme lo establecido por el Decreto 2103/2012.

Decreto S 1047/1972

Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.

8

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina, por el término de TRES 3 días a partir del día de la fecha.
Art. 2 Establécese que la Bandera Nacional permanecerá a media asta en los edificios públicos.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Aníbal F. Randazzo.

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Decreto 339/2013
Establécese un régimen administrativo para la inscripción de nacimientos de niños recién nacidos y de hasta los 12 años de edad.

Bs. As., 26/3/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0008929/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, los Decretos Nº 90 del 5
de febrero de 2009, Nº92 del 19 de enero de 2010, Nº 278 del 3 de marzo de 2011, Nº 294 del 2 de marzo de 2012 y la Ley Nº26.413, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 90/09 estableció por el término de UN 1 año a partir de su publicación y con carácter excepcional, prorrogable por UN 1 año más, un régimen administrativo para la inscripción de nacimientos de niños de UN 1 año a DOCE 12 años de edad, en los casos en que a la fecha de la entrada en vigencia de la Ley Nº26.413, no hubiese sido inscripto su nacimiento o cuya inscripción estuviese aún en trámite.
Que mediante el Decreto Nº 92/10 se prorrogó la vigencia del Decreto Nº90/09, por el plazo de UN 1 año, contado a partir del 11 de febrero de 2010.
Que a su vez, el Decreto Nº278/11 estableció por el término de UN 1 año a partir de su publicación y con carácter excepcional, prorrogable por UN 1 año más, un régimen administrativo para la inscripción de nacimientos de niños recién nacidos y de hasta los DOCE 12 años de edad, en los casos en que a la fecha de la entrada en vigencia de la Ley Nº 26.413, no hubiese sido inscripto su nacimiento o cuya inscripción estuviese aún en trámite.
Que asimismo, el artículo 12 del citado Decreto dispuso por el término de UN 1 año a partir de su publicación y con carácter excepcional, prorrogable por UN 1 año más, la aplicación del régimen administrativo dispuesto por dicha norma, para la inscripción de los ciudadanos mayores de DOCE 12
años de edad que residieran en el ámbito del territorio de la Nación y que acreditaran su pertenencia a pueblos indígenas.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/04/2013 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/04/2013

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9351

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/05/2024

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