Boletín Oficial de la República Argentina del 17/08/2011 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 17 de agosto de 2011

Que la creciente complejidad de las misiones y funciones de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Organismo, resultando necesario celebrar la contratación que se propicia.
Que la persona involucrada en esta medida resulta imprescindible para la consecución de tales fines y misiones, reuniendo los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que la operatoria del citado Organismo requiere.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado contratante al que corresponde equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.
Que la Ley Nº26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 fue prorrogada en los términos del Decreto Nº2053/10 y complementada por el Decreto Nº2054/10.
Que por Decisión Administrativa Nº1/11 se determinaron los créditos presupuestarios, la estimación de los recursos y las fuentes de financiamiento correspondientes a la prórroga del presupuesto vigente del Ejercicio 2011.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO
DEL INTERIOR - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, de conformidad con la Ley anteriormente mencionada, prorrogada por el Decreto Nº2054/10.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase a D. Luciano PALERMO D.N.I. Nº30.464.882 de lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, equiparándolo por el período y al Nivel y Grado del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por Decreto Nº2098 del 3
de diciembre de 2008, conforme el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº25.164.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
TIEMPO DETERMINADO: Desde el 1º de febrero hasta el 31 de diciembre de 2011.
APELLIDO

NOMBRES

TD


NIVEL

GRADO

PALERMO

LUCIANO

DNI

30.464.882

B

0

TIEMPO DETERMINADO
DESDE:
1º de febrero de 2011

SECRETARIA DE CULTURA
Decisión Administrativa 789/2011
Dase por aprobada una contratación.

Bs. As., 12/8/2011
VISTO el Expediente Nº 9977/10 del Registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
te decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.

CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION solicita la contratación del señor Daniel Arnaldo SANCHEZ DNI
Nº25.961.104 en un Nivel C, Grado 1 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación.
Que sin perjuicio de que el señor SANCHEZ
no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el Nivel C, en el Capítulo III, del Título II, del Decreto Nº 2098
de fecha 3 de diciembre de 2008, el citado reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.
Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION es necesario autorizar a dicha Secretaría a contratar al señor SANCHEZ.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar median-

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase a la SECRETARIA
DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para contratar desde el 01/01/2011 y hasta el 31/12/2011 al señor Daniel Arnaldo SANCHEZ DNI Nº 25.961.104, en una categoría Nivel C Grado 1, con carácter de excepción al Punto II del inciso c del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098/08.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Aníbal F.
Randazzo.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.215

SECRETARIA DE CULTURA
Decisión Administrativa 790/2011
Dase por aprobada una contratación.

5

Resolución SIGEN Nº 32 del 31 de marzo de 2005 y el Expediente Nº 64/2011 SGCSMESyA del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
Bs. As., 12/8/2011

CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente Nº 7295/10 del Registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
Que siguiendo las pautas impartidas por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, se dictó la Resolución SIGEN
Nº32 del 31 de marzo de 2005, que estableció el régimen al que debe ajustarse la contratación de personal por tiempo determinado de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION solicita la contratación del señor Luis Dario CASTIÑEIRA
DNI Nº35.947.503 en un Nivel D, Grado0
del SINEP, bajo el régimen del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación.
Que sin perjuicio de que el señor CASTIÑEIRA no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el Nivel D, en el Capítulo III, del Titulo II, del Decreto Nº2098
de fecha 3 de diciembre de 2008, el citado reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.
Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION es necesario autorizar a dicha Secretaría a contratar al señor CASTIÑEIRA.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase a la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para contratar desde el 01/04/2011 y hasta el 31/12/2011 al señor Luis Dario CASTIÑEIRA
DNI Nº 35.947.503, en una categoría Nivel D
Grado 0, con carácter de excepción al Punto II
del inciso c del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel D del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098/08.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Aníbal F.
Randazzo.

SINDICATURA GENERAL
DELANACION
Decisión Administrativa 791/2011
Dase por aprobada una contratación.

Bs. As., 12/8/2011
VISTO la Ley Nº25.164, los Decretos Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificaciones y Nº1714 del 19 de noviembre de 2010, la
Que el Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002 estableció que toda designación en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos, al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que con la finalidad de agilizar los trámites vinculados a la contratación de personal, el Artículo 1º del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificaciones, dispuso que los contratos en los cuales se prevea una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
CINCO MIL SETECIENTOS $ 5.700.- deberán ser aprobados por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que de acuerdo a lo establecido en la normativa mencionada, al suscripto le corresponde aprobar los contratos celebrados en el ámbito de la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION dentro de lo dispuesto por la Resolución Nº32/2005-SGN, que reguló el marco de la contratación de personal por tiempo determinado.
Que razones de índole operativa, tornan necesario incorporar personal calificado para atender distintas tareas indispensables para el debido cumplimiento de los objetivos asignados a la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACION, en su carácter de órgano rector del sistema de control interno.
Que Vivián Haydeé STENGHELE DNI
Nº20.573.337, reúne los requisitos de capacitación y calificación laboral establecidos en el Escalafón vigente para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por Decreto Nº1714 del 19 de noviembre de 2010, dentro de la categoría que corresponde al Nivel B, Grado 1.
Que por razones de necesidad e idoneidad, la persona citada en el considerando anterior realiza actividades laborales en la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a partir del 1 de enero de 2011.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL
y de lo dispuesto en el Decreto Nº577/03 y sus modificaciones.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada, la contratación celebrada entre la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE
LA NACION y la Contadora Pública Da. Vivián Haydeé STENGHELE DNI Nº20.573.337, en el marco de lo dispuesto por la Resolución SIGEN
Nº32 del 31 de marzo de 2005, con la categoría correspondiente al Nivel B, Grado 1 establecida en el Escalafón vigente para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por Decreto Nº 1714 del 19 de noviembre de 2010, por el período comprendido entre el día 1 de enero y el día 31 de diciembre de 2011.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/08/2011 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/08/2011

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9360

Primera edición02/01/1989

Ultima edición08/06/2024

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