Boletín Oficial de la República Argentina del 29/05/2001 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 29 DE MAYO DE 2001

AÑO CIX

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.657
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. JORGE E. DE LA RUA
MINISTRO

SECRETARIA DE JUSTICIA Y
ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. MELCHOR R. CRUCHAGA
SECRETARIO

1

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

REINO DE BELGICA el 20 de septiembre de 1999, que consta de ONCE 11 ARTICULOS y UN 1 anexo, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2 Al momento de ratificarlo, el Poder Ejecutivo nacional reiterará la posición argentina respecto de la inclusión de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y del llamado Territorio Antártico Británico como territorios de ultramar encuadrados en el Capítulo IV
del Tratado Constitutivo de la comunidad Económica Europea del 25 de marzo de 1957, efectuando la correspondiente reserva de derechos.

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947
mún donde llevan a cabo actividades de investigación y desarrollo en ciencia y tecnología.

HAN CONVENIDO EN LO SIGUIENTE:
ARTICULO 1

ARTICULO 2

Objetivo Las Partes estimularán, desarrollarán y facilitarán las actividades de cooperación entre la Argentina y la Comunidad en las áreas de interés co-

Definiciones A efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:

SUMARIO
Pág.

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Y ASUNTOS LEGISLATIVOS

ARTICULO 3 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DR. FRANCISCO FUSTER
SUBSECRETARIO

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE
DOS MIL UNO.

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 105.174

LEYES

ACUERDOS
Ley 25.428
Apruébase el Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica suscripto con la Comunidad Europea.
Sancionada: Abril 18 de 2001.
Promulgada de Hecho: Mayo 23 de 2001.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. Sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 Apruébase el ACUERDO DE
COOPERACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA
ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA COMUNIDAD EUROPEA, suscripto en Bruselas
REGISTRADO BAJO EL N 25.428
JUAN P. CAFIERO. MARIO A. LOSADA.
Luis Flores Allende. Juan C. Oyarzún.
ACUERDO
DE COOPERACION CIENTIFICA Y
TECNOLOGICA
ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA
Y LA COMUNIDAD EUROPEA
La REPUBLICA ARGENTINA en lo sucesivo denominada la Argentina, por una parte, y La COMUNIDAD EUROPEA en lo sucesivo denominada la Comunidad, por otra, en adelante denominadas las Partes;
CONSIDERANDO el Acuerdo Marco de Cooperación Comercial y Económica entre la República Argentina y la Comunidad Económica Europea del 2 de abril de 1990;
CONSIDERANDO la importancia de la ciencia y la tecnología para su desarrollo económico y social;
CONSIDERANDO la actual cooperación científica y tecnológica entre la Argentina y la Comunidad;
CONSIDERANDO que la Argentina y la Comunidad llevan a cabo actualmente actividades de investigación y desarrollo tecnológico, incluidos proyectos de demostración tal como se definen en la letra d del artículo 2, en áreas de interés común, y que la participación de una en las actividades de investigación y desarrollo de la otra basándose en el criterio de reciprocidad redundará en beneficio mutuo;
DESEANDO crear una base formal para la cooperación en el ámbito de la investigación científica y tecnológica, que ampliará e intensificará las actividades de cooperación en áreas de interés común e impulsará la utilización de los resultados de dicha cooperación en beneficio económico y social de las dos Partes;
CONSIDERANDO que el presente Acuerdo de cooperación científica y tecnológica se encuadra en la cooperación general entre la Argentina y la Comunidad,
ACUERDOS
Ley 25.428
Apruébase el Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica suscripto con la Comunidad Europea.

1

ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 250/2001-ANSES
Decláranse comprendidas en el sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares, a partir de los haberes devengados del mes de febrero de 2001 a empresas de diversas actividades del Partido La Capital, Provincia de Santa Fe.

6

Resolución 442/2001-ANSES
Decláranse comprendidas en el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares, a partir de los haberes devengados del mes de marzo de 2001 la empresas dedicadas a la prestación de Servicios Eventuales de diversas provincias.

6

CULTO
Resolución 1428/2001-SC
Reconócese como persona jurídica y entidad de bien público a Monjas Descalzas de la Orden de la Bienaventurada Virgen María del Monte Carmelo - Monasterio de Carmelitas Descalzas Carmelo de María, con sede legal en Villa Independencia, Caucete, provincia de San Juan.

5

Resolución 1438/2001-SC
Reconócese como persona jurídica y entidad de bien público al Instituto Mater Dei, con sede legal en la ciudad de San Luis.
Resolución 1439/2001-SC
Reconócese como persona jurídica y entidad de bien público a Fraternidad de Misioneros Diocesanos, con sede legal en la localidad de Villa Dolores, provincia de Córdoba.
COMISION NACIONAL DE
EXCOMBATIENTES DE MALVINAS
Decreto 694/2001
Modificación del Decreto N 1741/94, con la finalidad de ampliar los alcances de la Comisión, incluyendo en la misma con participación plena a un miembro representante de los cuadros de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas que participaron en la gesta histórica de las Islas Malvinas.
NOMENCLATURA COMUN
DEL MERCOSUR
Resolución General 1017-AFIP
Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General N 369-AFIP. Expediente N 251.105/2001.
ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES
Resolución 134/2001-OCOVI
Apruébase el Reglamento de Actuación del Organo de Control de Concesiones Viales
5

5

3

Pág.
en Materia Sancionatoria para los Supuestos de los Corredores Viales Nacionales.

7

PRODUCTOS COSMETICOS
Disposición 2668/2001-ANMAT
Clausúrase preventivamente el establecimiento perteneciente a la firma Laboratorio Químico Rettes S.R.L. hasta tanto el Instituto Nacional de Medicamentos verifique el cumplimiento de las normas referidas a las Buenas Prácticas de Fabricación y Control para empresas elaboradoras de productos cosméticos.

14

Disposición 2671/2001-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de los productos cosméticos rotulados como Crembel Quitaesmalte con Queratina x 250 cc. y Crembel Crema Anticelulítica Hedera Helix-Centella x 250 gr., sin más datos de identificación.

14

REGIMENES NACIONALES DE LA
SEGURIDAD SOCIAL Y DE OBRAS
SOCIALES
Resolución General 1018-AFIP
Regímenes Nacionales de la Seguridad Social y de Obras Sociales. Resolución General N 3834 DGI, texto sustituido por la Resolución General N 712, sus modificatorias y complementaria. Norma modificatoria y complementaria.

10

REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Disposición 30/2001-RENAR
Extiéndese el plazo fijado por la Disposición N 6/2001 para la realización de la campaña anual prevista en la Ley N 25.086.

14

SUSTANCIAS NACIONALES
DE REFERENCIA
Disposición 2670/2001-ANMAT
Establécese como Segunda Sustancia Nacional de Referencia a Eritromicina para valoraciones microbiológicas, envasada en frascos ampolla con un contenido aproximado de 200 mg. cada uno.

14

TRANSPORTE AEREO
Decreto 698/2001
Modifícase el Decreto N 2145/73 y derógase el Decreto N 57/2001, con la finalidad de adecuar la normativa referida al tiempo de trabajo, vacaciones, condiciones y adiestramiento de tripulantes a las exigencias de orden internacional en lo referido a la programación de las tripulaciones. Modifícase el Cuadro Tarifario Inicial, que forma parte del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Decreto N 500/97. Fíjanse tasas de aterrizaje y de estacionamiento para vuelos de cabotaje.

4

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

13

CONCURSOS OFICIALES

15

6

Nuevos AVISOS OFICIALES
Nuevos Anteriores
15
20

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/05/2001 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/05/2001

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9363

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/06/2024

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