Boletín Oficial de la República Argentina del 29/07/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MIERCOLES 29 DE JULIO DE 1998

AÑO CVI

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 28.947
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

1

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL
DIA PRIMERO DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
REGISTRADO BAJO EL Nº 24.995
ALBERTO R. PIERRI. CARLOS F. RUCKAUF.
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.
Edgardo Piuzzi.
Decreto 860/98
Bs. As., 22/7/98
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.995 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Jorge A. Rodríguez. Raúl E.
Granillo Ocampo.

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

CONSIDERANDO que para el logro de ese objetivo sería provechoso dar a los nacionales privados de su libertad en el extranjero, como resultado de la comisión de un delito, las posibilidades de cumplir la condena dentro del país de su nacionalidad;

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 888.209

LEYES
ADHESIONES OFICIALES
Ley 24.995
Declárase de interés nacional y legislativo la realización del X Congreso Internacional de Derecho de Familias, El Derecho de Familia y los nuevos paradigmas, a realizarse en la ciudad de Mendoza.
Sancionada: Julio 1º de 1998
Promulgada: Julio 22 de 1998
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Declárese de interés nacional y legislativo la realización del X Congreso Internacional de Derecho de Familias, El Derecho de Familia y los nuevos paradigmas, a realizarse en la ciudad de Mendoza del día 20 al 24
de septiembre de 1998.
ARTICULO 2º El Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto promocionará a través de las representaciones argentinas en el exterior dicho Congreso, y a través del Ministerio de Justicia brindará todo el apoyo necesario para la realización del evento y su divulgación en los ámbitos correspondientes.
ARTICULO 3º Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

3. La calidad de nacional será considerada en el momento de la solicitud del traslado.

CONVIENEN lo siguiente:

ARTICULO II

ARTICULO I

Para los fines de este Convenio se entiende que:

1. Las penas impuestas en Bolivia a nacionales de la República Argentina podrán ser cumplidas en la Argentina de conformidad con las disposiciones del presente Convenio.

a Estado Sentenciador es la Parte que condenó al interno y de la cual el interno habrá de ser trasladado.

2. Las penas impuestas en la Argentina a nacionales de la República de Bolivia podrán ser
b Estado Receptor es la parte a la cual el interno habrá de ser trasladado.

SUMARIO
Pág.

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa
cumplidas en Bolivia de conformidad con las disposiciones del presente Convenio.

CONVENIOS
Ley 24.996
Apruébase un Convenio suscripto con la República de Bolivia sobre Traslado de Nacionales Condenados y Cumplimiento de Sentencias Penales.

ADHESIONES OFICIALES
Ley 24.995
Declárase de interés nacional y legislativo la realización del X Congreso Internacional de Derecho de Familias, El Derecho de Familia y los nuevos paradigmas, a realizarse en la ciudad de Mendoza.

1

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

CONVENIOS
Ley 24.996
Apruébase un Convenio suscripto con la República de Bolivia sobre Traslado de Nacionales Condenados y Cumplimiento de Sentencias Penales.

ARTICULO 1º Apruébase el Convenio entre la República Argentina y la República de Bolivia sobre Traslado de Nacionales Condenados y Cumplimiento de Sentencias Penales, suscripto en La Paz República de Bolivia el 19 de noviembre de 1996, que consta de diecisiete 17 artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACION Y
DESARROLLO PESQUERO
Decreto 869/98
Desígnase Delegado del mencionado Instituto ante la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo.

3

JUSTICIA
Decreto 871/98
Acéptase la renuncia del Juez Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de la Capital Federal, Juzgado Nº 16.

3

Sancionada: Julio 1º de 1998
Promulgada de Hecho: Julio 24 de 1998

ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL
DIA PRIMERO DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
REGISTRADO BAJO EL Nº 24.996
ALBERTO R. PIERRI. CARLOS F. RUCKAUF.
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.
Edgardo Piuzzi.
CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA
ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA
SOBRE TRASLADO DE NACIONALES
CONDENADOS Y CUMPLIMIENTO DE
SENTENCIAS PENALES
El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Bolivia, en adelante denominados las Partes;
DESEOSOS de fomentar la cooperación mutua en materia de justicia penal;
ESTIMANDO que el objetivo de las penas es la reinserción social de las personas condenadas;

Decreto 872/98
Acéptase la renuncia de un Juez de Cámara de los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, Tribunal Nº 3.
Decreto 875/98
Traslado de un Juez a los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, Tribunal Nº 26.
Decreto 876/98
Traslado de un Juez a los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, Tribunal Nº 24.
Decreto 877/98
Traslado de un Juez a los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, Tribunal Nº 30.

1

3

7

Pág.
Decreto 878/98
Traslado de un Juez a los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, Tribunal Nº 23.

8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 873/98
Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Transporte.

4

PROTOCOLOS
Ley 24.997
Apruébase un Protocolo de Integración Educativa para la Prosecución de Estudios de Post-grado en las Universidades de los Países Miembros del Mercosur, suscripto con las Repúblicas Federativa del Brasil, Paraguay y Oriental del Uruguay.

2

SINDICATURA OFICIAL
Decreto 865/98
Cése el funcionamiento de la misma. Mantiénese a la Administración creada por Resolución Nº 709/96MEYOSP. Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 22.229, en representación del Estado Nacional, a celebrar acuerdos con los integrantes del denominado genéricamente ex Grupo Greco.

3

SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD
Resolución Conjunta 547/98-MSAS
y 866/98-MEYOSP
Fíjase el valor del Módulo Funcional establecido en el artículo 8º del Decreto Nº 405/98.

8

DECRETOS SINTETIZADOS

8

CONCURSOS OFICIALES
7

Nuevos Anteriores
10
41

AVISOS OFICIALES
7

Nuevos Anteriores
10
41

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/07/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/07/1998

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9364

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/06/2024

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