Boletín Oficial de la República Argentina del 09/12/1997 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 9 DE DICIEMBRE DE 1997

AÑO CV

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 28.790
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 712.478

1

MUSEOS Y MONUMENTOS
Y LUGARES HISTORICOS
Ley Nº 24.888
Declárase lugar histórico nacional las ruinas del edificio en el que se firmara el tratado de La Banderita el 30 de mayo de 1862, entre el General Angel V. Peñaloza y el Coronel Angel Rivas, en la Provincia de La Rioja.
Sancionada: Noviembre 5 de 1997
Promulgada: Noviembre 28 de 1997

ARTICULO 4º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS
CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
REGISTRADA BAJO EL Nº 24.888
ALBERTO R. PIERRI. EDUARDO MENEM.
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.
Edgardo Piuzzi.

ARTICULO 1º Declárase lugar histórico nacional las ruinas del edificio en el que se firmara el tratado de La Banderita el 30 de mayo de 1862, entre el General Angel V. Peñaloza y el Coronel don Angel Rivas, ubicado en el paraje de La Banderita, distrito de Tama, cercano a la llamada Ruta de Los Caudillos, en el Departamento Angel Vicente Peñaloza de la Provincia de La Rioja.

Bs. As., 28/11/97

ARTICULO 3º La Secretaría de Turismo de la Nación, tendrá a su cargo la puesta en valor y promoción del lugar como sitio de interés turístico.

CON EL DESEO de intensificar la cooperación económica entre ambos a través de la creación de condiciones favorables para la realización de las inversiones por los inversores de una de las Partes Contratantes en el territorio de la otra Parte Contratante.

HAN CONVENIDO LO SIGUIENTE:
ARTICULO 1
DEFINICIONES
A los fines del presente Acuerdo:

RECONOCIENDO que la promoción y la protección recíprocas de tales inversiones, sobre la base de Acuerdos internacionales, contribuirán a estimular la iniciativa de los empresarios e incrementar la prosperidad de los dos países.

1. El término inversión designa, de conformidad con las leyes y reglamentaciones de la Parte Contratante en cuyo territorio se realizó la inversión, todo tipo de activo invertido por un inversor de una Parte Contratante en el territo-

SUMARIO

POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.888, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM.
Jorge A. Rodríguez. Susana B. Decibe.

ACUERDOS
Ley Nº 24.890
Apruébase un Acuerdo suscripto con el Gobierno del Reino de Marruecos para la Promoción y Protección Recíprocas de Inversiones.
Sancionada: Noviembre 5 de 1997.
Promulgada de Hecho: Diciembre 2 de 1997.

ARTICULO 1º Apruébase el ACUERDO
ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DEL REINO DE
MARRUECOS, PARA LA PROMOCION Y PROTECCION RECIPROCAS DE INVERSIONES
suscripto en Rabat REINO DE MARRUECOS
el 13 de junio de 1996, que consta de DIEZ 10
artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS
CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

ALBERTO R. PIERRI EDUARDO MENEM.
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.
Edgardo Piuzzi.
ACUERDO
ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA
ARGENTINA
Y

ARTICULO 2º La Secretaría de Cultura de la Nación adoptará las medidas necesarias para preservar el acervo histórico y cultural del predio.

y por comunicados y suficientemente circulados dentro
Decreto 1303/97

REGISTRADA BAJO EL Nº 24.890
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación
de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

LEYES

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS
PARA LA PROMOCION Y PROTECCION
RECIPROCAS DE INVERSIONES
El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno del Reino de Marruecos, denominados en adelante las Partes Contratantes,
Pág.

Pág.
ACUERDOS
Ley Nº 24.890
Apruébase un Acuerdo suscripto con el Gobierno del Reino de Marruecos para la Promoción y Protección Recíprocas de Inversiones.
CONVENIOS
Ley Nº 24.894
Apruébase el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica suscripto con el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos.
FUERZAS ARMADAS
Y DE SEGURIDAD
Ley Nº 24.892
Extiéndese el beneficio establecido por las Leyes 23.848 y 24.652 al personal de oficiales y suboficiales que se encuentren en situación de retiro o baja voluntaria y no gocen de derecho a pensión, que hubieren estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur. Extiéndese el citado beneficio a los derechohabientes mencionados en el artículo 53 de la Ley 24.241.
HOMENAJES
Ley Nº 24.893
Desígnase a un tramo de la Ruta Nacional Nº 34 con el nombre de Vicente Chente Cipolatti, en el departamento Castellanos de la provincia de Santa Fe.
MUSEOS Y MONUMENTOS
Y LUGARES HISTORICOS
Ley Nº 24.888
Declárase lugar histórico nacional las ruinas del edificio en el que se firmara el tratado de La Banderita el 30 de mayo de 1862, entre el General Angel V.
Peñaloza y el Coronel Angel Rivas, en la Provincia de La Rioja.
PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 769/97
Aféctase el excedente de los fondos recaudados y a recaudar correspondiente a la Superintendencia de Seguros de la Nación en favor del Tesoro Nacional.

TELECOMUNICACIONES
Resolución 1775/97-CNC
Fíjase la equivalencia del franco oro con el objeto de ser utilizada en los servicios internacionales, a partir del 1º de diciembre de 1997.

7

SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL
Ley Nº 24.898
Establécese que el citado Servicio suministrará diariamente, en el período comprendido entre los meses de octubre y marzo, datos referidos a la intensidad de la radiación solar ultravioleta en aquellas zonas en las cuales exista riesgo para la salud humana por exposicón directa a la misma.

5

SERVICIOS POSTALES
Resolución 1718/97-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa Litoral Postal S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

7

Resolución 1719/97-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa Porteña S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

6

Resolución 1720/97-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa Cade-Rap Cooperativa Limitada de Trabajo en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

6

Resolución 1721/97-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa R.D. Postal S.A. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

6

Resolución 1729/97-CNC
Dispónese la baja de la empresa Correspondencia Bancaria S.A. del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

6

Resolución 1730/97-CNC
Dispónese la baja de la empresa NTC
S.R.L. del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

6

1

3

5

5

1

CONCURSOS OFICIALES
8

Nuevos REMATES OFICIALES

5

8

Nuevos PROTOCOLOS
Ley Nº 24.891
Apruébase el Protocolo de Colonia para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones en el MERCOSUR.

AVISOS OFICIALES
Nuevos 4

Anteriores
8 18

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/12/1997 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha09/12/1997

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9364

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 1997>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031