Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 21/10/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 201

21 de octubre de 2019

13

Será necesario obtener un mínimo de ocho puntos sobre veinte en el conjunto de los dos ejercicios para pasar a la fase de concurso. Para determinar la puntuación total obtenida en la fase de oposición, se computará sobre un máximo de diez puntos; es decir, que la suma de puntos obtenida en cada ejercicio se dividirá por dos. En consecuencia, la puntuación máxima de esta fase será de 10 puntos.
7.3 FASE DE CONCURSO. ACREDITACIÓN DE MÉRITOS
Los méritos deben valorarse con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. No se aceptaran méritos presentados una vez finalizado el plazo. La puntuación máxima que se puede obtener será de cinco puntos.
7.3.1.- Experiencia Profesional: Máximo 2,5 puntos.
Para la experiencia profesional, se especificará la categoría profesional en la que se haya trabajado, la duración del contrato y si el mismo es a jornada completa o parcial. Si es parcial se especificará el número de horas de la jornada: diaria, semanal o mensual.
La relación laboral o administrativa se acreditará bien mediante la aportación de certificado de servicios prestados o bien mediante informe de vida laboral acompañado de fotocopia de los contratos de trabajo.
1. Por los servicios prestados en el mismo puesto de trabajo y en la misma categoría profesional objeto de la convocatoria, en una administración pública: 0,08 puntos por mes trabajado.
2. Por los servicios prestados en una entidad o empresa privada, en la misma categoría profesional objeto de la convocatoria: 0,03 puntos por mes trabajado.
3. Experiencia en otro puesto relacionado con el convocado, en una Administración Pública, 0,05 por mes trabajado.
4. Experiencia en otro puesto relacionado con el convocado, en el sector privado, 0,02 puntos por mes trabajado.
7.3.2.- Formación: Máximo 2,5 puntos.
1 Titulación académica.
La titulación académica oficial y acorde a las características del puesto, se valorará conforme al siguiente baremo, no siendo acumulable. No se valorará el título presentado como requisito para el acceso a la convocatoria.
La puntuación máxima por titulación será de un punto.
Doctorado.- 1 punto.
Licenciatura o grado.- 0,80 puntos.
Diplomatura.- 0,60 puntos.
2 Por cursos de formación y perfeccionamiento realizados por los aspirantes, tanto en calidad de alumnado como de impartidores, que versen sobre materia directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, se valorarán cada uno de ellos de la siguiente forma:
Cursos de hasta 20 horas, 0,10 puntos por curso.
Cursos de 21 a 40 horas, 0,20 puntos por curso.
Cursos de 41 a 60 horas, 0,30 puntos por curso.
Cursos de 61 a 80 horas, 0,40 puntos por curso.
Cursos de 81 a 200 horas, 0,50 puntos por curso.
Cursos de 201 horas en adelante, 0,60 puntos por curso.
La puntuación máxima por todos los cursos será de 1,5 puntos.
Para que los cursos de formación sean valorados será necesario presentar el certificado o diploma de asistencia, con indicación del número de horas lectivas. Deberán presentarse en lengua española o con traducción jurada.
Se valorarán los cursos de formación desarrollados por las Administraciones Públicas, Sindicatos, Colegios profesionales o entidades homologadas.
El Tribunal se abstendrá de entrar a valorar aquellos otros cursos de formación y perfeccionamiento no homologados alegados por los concursantes, y los que, aún estándolo, no guarden relación directa con las funciones atribuidas al puesto de trabajo solicitado.
Para cursos cuya duración venga expresada en créditos se establecerá una equivalencia de 10 horas por cada crédito.
7.4- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.5.- La publicación de los sucesivos anuncios se efectuará por el tribunal en los tablones de anuncios de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.
8.-Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición, siempre que se haya superado la fase de oposición. La suma total de los dos apartados no podrá superar los 25 puntos.
9.-Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 21/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha21/10/2019

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones5744

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031